Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MARTES 14 DE MAYO DE 2024

mueble embargado cuya descripción registral continúa -: Mide: 12 m. de frente al Nord Este en igual medida en su contrafrente al Sur Oeste y 35 m. en cada uno de sus lados Sur Este y Nord Oeste. Lindando: al Nord Este con calle Publica; al Sur Este con el lote 93; al Sur Oeste con lote 103 y al Nord Oeste con lote 91, 108 y 107.- Dominio subsistente a nombre del accionado anotado bajo la Matricula Nº 1641963 Dpto. San Cristóbal Registro General, cuyo informe F 401 I, Aforo Nº 1-10340746, manifiesta que el demandado no registra inhibiciones, F 103, Aforo Nº 11-0340745, manifiesta registra una hipoteca en primera grado a favor del Banco de la Nación Argentina por $ 750.000 Pesos Setecientos cincuenta mil. Escritura 131
del 04/07/2017. Presentación 98625 del 07/07/2017, el embargo -: Presentación 185399 A del 23/06/2023 que corresponde a estos autos motivo de la subasta. Informadas en autos deudas -: A.P.I., por Imp. Inmob. Part. Nº 07-14-00-041016/00118, períodos años 2024 1 a 2019 4 Total Deuda $ 863,11.-; Comuna actora, en concepto de Impuesto Inmobiliario a la fecha solo posee la deuda de $ 1.042.- EL
SERVICO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL, la Dirección de Tierras y Contribuciones, informa, que la propiedad se encuentra FUERA de la zona contributiva que fija la Ley Nº 8896. DE LA CONSTATACION JUDICIAL, surge -: que el que suscribe junto con el martillero C.C. Cristian R. Sanchez, nos constituimos en el inmueble ubicado en calle M. Basaldea N 638 de la Manzana N6, lote N 92, Plano N 154721/2010, Partida de Impuesos Inmobiliarios N 07-14-00-041016/0011
de esta Localidad, y a fin de das cumplimientos al mandamiento de constatación adjunto, librado en los autos de referencia, somos atendio por quien dice llamar JUAN
RAMON CERDA y dándole conocimiento de nuesto cometido le solicitamos nos permita el ingreso a la vivienda, lo que nos es negado argumentando que su Sra.
Esposa no se encuentra y que el debe ir a trabajar, por lo que realizamos la inspección ocular desde el exterior del inmueble,pudiendo determinar que -:1- La calle con que linda su frente se denomina M. Basaldea N 638, no esta pavimentada, es de tierra, y la calle asfaltada mas cercana se encuentra a unos 300 mts. aprox.
y dista a unos 600 mts. del centro urbano de esta ciudad. 2- se trata de un lote de forma regular de 12 mts. de frente por 35 mts. de fondo aproximadamente, la edificación de la vivienda, tipo familiar que, ocupa todo el frente del lote, sus paredes se encuentran revocadas, sin pintar, con aberturas de aluminio color blanco. Cuenta con vereda de hormigon, no cuanta con verja en su frente y no se puede determinar si cuenta con cerca perimetral ya que no se nos permitió el ingreso. 3- Sobre el lote se encuentra construida una vivienda tipo, familiar, no podemos describir su integración ni detallar sus mejoras ni estado de uso y conservación por no permitirnos su acceso. 4- No podemos determinar. El inmueble saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal de $ 17,53.-, de no haber postores, con la retasa del 25%. En caso de continuar sin ofertas, sin base y al mejor postor. El comprador abonará en el acto el 10% del precio en concepto de seña, la comisión de ley del martillero 3%
o mínimo legal, I.V.A. si correspondiere y el impuesto a la compraventa de inmuebles. Quedarán a su cargo, la realización del plano de mensura -previo a la inscripción de dominioy las deudas provenientes de contribuciones de mejoras. Las tasas, impuestos y/o gravámenes de cualquier otra naturaleza que recaigan sobre el bien subastado, serán a cargo del adquirente a partir de la fecha de subasta. Publíquense los edictos en la cantidad y forma que la ley establece, en el Boletín Oficial, un periódico local y, puertas de los juzgados de Villa Trinidad y Ceres. Autorízase a los fines de la publicidad del remate, la impresión de 500 volantes con la foto del frente del inmueble, así como también la publicidad en redes sociales, páginas web y/u otro medio digital de difusión de subastas. Notifíquese a la demandada por cédula y a los acreedores embargantes y/o inhibientes y/o acreedores hipotecarios, si los hubiere, por cédula, debiendo procederse con posterioridad a la subasta, conforme lo dispone el art. 506 C.P.C.C.. Informes en Secretaría, Municipalidad y/o martillero Sarmiento Nº 246 Ceres.- T.E. 03408 15679437. Ceres, de Mayo de 2024.- S./C.S/C
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May. 13 May. 15

EDICTOS DEL DIA


SANTA FE


TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N 2, Primera Secretaria, sito en calle Tucumán N 2846 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
C/LOPEZ, TAMARA GUADALUPE Y OJEDA, SERGIO RAUL S/CONTROL DE
LEGALIDAD DE RESOLUCION DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL
C.U.I.J. 21-10762175-7, se notifica por edictos a la Sra. Tamara Guadalupe Lopez, D.N.I. 37.420.889, que en dichos autos se ha corrido el siguiente traslado:
SANTA FE, 6 de febrero de 2024.- Proveyendo escrito cargo nro. 196/2024:
Atento la integración subjetiva del Tribunal Colegiado de Familia N 2, desígnase como Jueza de Trámite a la Dra. Liliana Lourdes MICHELASSI Art 543 CPCC.
Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Al punto 1: Por promovida Formal Notificación de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, ordenada por Disposición Nº 000184 de fecha 28/11/2023 respecto al niño JOSUE MIQUEAS OJEDA, DNI nro. 53.033.028, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes y concordantes de la Ley N 12967. Cítese a la Sra. Tamara Guadalupe LOPEZ, DNI nro. 37.420.889 y el Sr. Sergio Raúl OJEDA, DNI nro. 34.618.761, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaria de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto Al punto 2: Agréguese la documental acompañada. Al punto 3: Téngase presente la autorización efectuada a favor de los profesionales mencionados a tenor del apartado V del presente. Al punto 4: Atento la conexidad invocada en la foja 0, y en la presente demanda, y dado la identidad objetiva y subjetiva, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones al expedientetramitado por ante este mismo Tribunal, caratulado SECRETARIA DE
LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA C/ LOPEZ, TAMARA GUADALUPE Y
RAMIREZ, JUAN CARLOS S/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL CUIJ 21-10734168-1. Al punto 4: Téngase presente lo peticionado para su oportunidad, y en caso de corresponder, se proveerá.
Dese intervención a la Defensoría General. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo
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65 de la Ley 12967 ref. Por Ley 13237, por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Notifíquese.- Fdo. Dr.
Rubén Angel Cottet Juez a cargo Dra. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria.
Santa Fe, de mayo de 2024.
S/C
42722
May. 14 May. 16


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N 2, Primera Secretaria, sito en calle Tucumán N 2846 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
C/LOPEZ, TAMARA GUADALUPE Y OJEDA, SERGIO RAUL S/CONTROL DE
LEGALIDAD DE RESOLUCION DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL
C.U.I.J. 21-10762175-7, se notifica por edictos a la Sra. Tamara Guadalupe Lopez, D.N.I. 37.420.889, que en dichos autos se ha dictado la siguiente sentencia: SANTA FE, 29 de Abril de 2024. Y VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Declarar en estado de adoptabilidad a JOSUE
MIQUEAS OJEDA, DNI nro. 53.033.028, oficiándose al RUAGA, a los fines de que adjunte legajos de aspirantes a guarda con fines de adopción. 2 Comunicar a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38
de la Ley 12.967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Sra.
Defensora nro. 1. Notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dra. Liliana Lourdes Michelassi - Jueza Dra. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria. Santa Fe, .. de mayo de 2024.
42723
May. 14 May. 16
S/C


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N 2, Primera Secretaria, sito en calle Tucumán N 2846 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados SECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
C/ LOPEZ, TAMARA GUADALUPE Y RAMIREZ, JUAN CARLOS S/ CONTROL
DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL CUIJ 2110734168-1, se notifica por edictos a la Sra. Tamara Guadalupe Lopez, D.N.I.
37.420.889, que en dichos autos se ha dictado la siguiente resolución: SANTA
FE, de Febrero de 2024.- Y VISTOS: RESULTA: RESUELVE: 1 Declarar el estado de adoptabilidad de los niños MARCOS JESUS RAMIREZ, DNI nro.
55.356.556, JOSE NICOLAS LOPEZ, DNI nro. 56.380.621 y XIOMARA MARGARITA RAMIREZ, DNI nro. 57.328.040.- 2 Firme la presente, ofíciese al Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos R.U.A.G.A. de la Provincia de Santa Fe, acompañando a sus efectos 2 dos copias certificadas de la presente resolución. Asimismo, y a los fines de que se proceda a realizar una adecuada búsqueda de familias con deseos de prohijar, córrase vista de las presentes actuaciones a dicho organismo administrativo por el plazo de 5 cinco días, debiendo posteriormente remitir a éste Tribunal al menos 5 cinco legajos de aspirantes a guarda con fines de adopción. 3 Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967.
Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese al Sr. Defensor General N
1. Notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dra. Liliana Lourdes Michelassi, Jueza Dra. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria".- OTRO DECRETO: SANTA
FE, 04 de Abril de 2024. Proveyendo escrito cargo nro. 8720/2024: Por recibido.
Agréguese a autos. Atento a que la progenitora no pudo ser notificada en virtud de contar con un domicilio que no existe y no poder dar con su paradero, procédase a notificarla mediante edictos en el boletín oficial y por el término de ley.
Atento a que los niños se encuentran institucionalizados y a los fines de evitar seguir vulnerando sus derechos, otórgase a la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia un plazo de cinco días para cumplimentar con la publicación de edictos, bajo apercibimientos de desobediencia a un mandato legal. Notifíquese.- Fdo. Dra. Liliana Lourdes Michelassi, Jueza Dra. Silvana Carolina Fertonani, Secretaria".Santa Fe, de abril de 2024.S/C
42724
May. 14 May. 16

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Exp.: 21-00729103-2 LAMINADOS INDUSTRIALES S.A. s/ Concurso Preventivo. Por disposición del Sr. Juez de 1ra. instancia de Distrito en lo Civil, y Comercial de la 2da Nominación de la ciudad de Santa Fe se hace saber que en autos LAMINADOS INDUSTRIALES S.A. s/ Concurso Preventivo se dictó la resolución de fecha 19 de abril de 2024 disponiendo: RESUELVO: 1 Declarar cumplido el acuerdo preventivo de LAMINADOS INDUSTRIALES S.A. 2 Dar por finalizada la intervención de la Síndica CPN MARIA LUCIA ADUR. 3 Disponer el cese de las medidas trabadas que refieren los artículos 15 y 16 de la ley 24522. 4 Publíquese conforme lo dispuesto en el quinto párrafo del artículo 59 de la ley citada.
5 En la suma de $2.663.349,57 equivalente a 42,19 jus a la que deberá adicionarse el 10% en concepto de aportes Arts. 289 LCQ- 361 ley 10160, y 32 ley 6767, regúlanse los honorarios profesionales de la Síndica CPN MARIA LUCIA
ADUR, por su labor de contralor del acuerdo preventivo homologado en autos.
Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de mora, firme y consentido que sea el presente, fíjase la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina para sus operaciones de descuento a 30 días. Insértese. Hágase saber.
Agréguese copia y oportunamente archívese. Fdo: Dr. PABLO SILVESTRINI Dr.
CARLOS FEDERICO MARCOLIN. CUIT DE LA CONCURSADA 3071007146-9.
S/C

519705
May. 14


Por disposición del Sr. Juez en autos caratulados:DIP, ENRIQUE RODOLFO
C/GASTRICINI Y ROMANI SOCIEDAD MERCANTIL COLECTIVA Y OTROS s/
Prescripción Adquisitiva CUIJ N 21-01985045-2, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha dictado resolución N525, F420, T56, Año 2023, en los siguientes términos: SANTA FE, 29 de Diciembre de 2023 AUTOS Y VISTOS: RESULTA ; CONSIDERANDO: RESUELVO:
I.Hacer lugar a la demanda y en consecuencia, declarar que se ha operado la prescripción adquisitiva del inmueble objeto de la acción -individualizado en el plano de mensura y antecedentes obrantes en autosa favor del Sr. Enrique Rodolfo Dip. II. Imponer las costas a la actora. Expídase copia, insértese el original y hágase saber. Fdo. DRA. MA. ROMINA BOTTO Secretaria - DR. GABRIEL O.
ABAD Juez A/C. Santa Fe 11 de abril de 2024.
$ 50 518336 May. 14 May. 16

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/5/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date14/05/2024

Page count65

Edition count707

First edition03/05/2002

Last issue10/07/2024

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