Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 30/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

que comparezca a estar a derecho dentro del término de 10 días, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese en garantía a la compañía de seguros denunciada con los alcances del art. 118, Ley 17.418. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado.
Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de Marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de Marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Fdo. Juez: Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA Secretaría: Dr. JAVIER MATIAS CHENA y Otro: ROSARIO, 18 de Abril de 2024. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto, que la parte emplazada SEGUROMETAL SA no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde.
Siga el proceso sin dársele representación art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial. Respecto de la demandada MIRTA STAFORTE, atento lo informado en la cédula oportunamente acompañada, notifíquese a la misma por Edictos, por el término de ley Fdo. Juez: Dr. EDUARDO H. ARICHULUAGA. EN CONSECUENCIA
queda usted debidamente NOTIFICADO/A.
$ 100
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Abr. 30 May. 3


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos lo que se consideren con derecho respecto del inmueble dejado por el causante, demandado Sr.
ANTONIO BARUFFI, ubicado dicho inmueble en calle 9 de Julio N 56 de la localidad de Piñero, departamento de Rosario, entre las calles Belgrano y Mitre, el que se describe a continuación: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en la localidad de Piñero, departamento de Rosario, provincia de Santa Fe, designado en el plano N 3386 R del año 2007 como lote A y mide 30 metros de frente al Este sobre calle 9 de julio por 40 metros de fondo, linda al norte con Domingo Perfectto, al sud con Alberto Lazzari y al oeste con Isabel Martellucci, encierra una superficie total de 1.200 metros cuadrados, partida del impuesto inmobiliario N 161000-344979/0000-4, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos, en cumplimiento del artículo 1905 del CC y CN atento no ser posible la anotación litigiosa. Actores: LAZZARI, ALBERTO DANIEL DNI 5.078.239 LAZZARI DANIELA ALEJANDRA DNI 23.811.128 LAZZARI NATALIA VANESA DNI
26.606.048 y LAZZARI SANTOS ARIEL DNI 27.786.312 Autos caratulados: LAZZARI, ALBERTO DANIEL Y OTROS c/BARUFFI, ANTONIO - SUCESORESs/Usucapión, CUIJ Nº 21-02864205-6 de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario. Fdo: Dra. MARIA
JOSE CASAS Secretaria. Dr. LUCIANO D. JUAREZ Juez.
$ 50
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Abr. 30 May. 3


Por disposición del Juez de Circuito en lo Civil y Comercial de la 3ra Nominación de Rosario, se ha ordenado Rosario 08 de Junio de 2023. A los fines de reordenar el procedimiento y encontrándose acreditado el fallecimiento de del demandado conforme partida de defunción obrante a fs 86, citese y emplácese a los herederos y/o legatarios de del Sr. ALDO NIEVES SARRA a comparecer a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de conformidad con lo previsto por el art. 597 del CPCC.-. Autos caratulados:
CORDOBA ALEJANDRA GABRIELA y otros CI SARRA ALDO NIEVES s/ Desalojo CUIJ 21-12325922-7 Fdo: Dra Ana Belén Cura Secretario Rosario 08/06/2023.
$ 50
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Abr. 30 May. 3

El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2 a Nominación de Rosario; a cargo de la Dra. Mónica Klebcar Jueza, hace saber que dentro de los autos Nuevo Banco de Santa Fe S.A c/ Bondesio, Fernandoo Ignacio s/Juicios OrdinariosCUIJ: 21-02905617-7, se dictó el siguiente decreto: Rosario, 05/12/2023.
Cargo 16846 Agréguese. Cítese y emplácese a los herederos de Fernando Ignacio Bondesío para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de rebeldía art 597 CPC. Fdo. Dra. Mónica Klebcar Jueza - Dra. Marianela Godoy Secretaria.
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Abr. 30 May. 3


Se hace saber que dentro de los autos caratulados AGROFEDERAL SA s/CONCURSO PREVENTIVO, CUIJ 21-02961506-0, Expte. N 606/22 de trámite ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N 2 de Rosario, se dictó la siguiente resolución: N 80. ROSARIO, 2713/2024. Y VISTOS y CONSIDERANDO: Estos autos caratulados AGROFEDERAL SA s/Concurso Preventivo;
Expte. N 21-02961506-0 EXP 606122, Lo peticionado en e/c 3036/24 y los motivos allí esgrimidos que resultan atendibles fs 766 y la respuesta favorable del síndico resaltando las características particulares del concurso y que la medida beneficiaria a la masa de acreedores. RESULVO: prorrogo la fecha de vencimiento de periodo de exclusividad por 45 días. Publíquense edictos por el término de ley haciéndose conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL Y DIARIO el Jurista siendo carga de la sindicatura acreditarlo en autos. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Marianela Godoy, Secretaria - Dra. Mónica Klebcar, Jueza.
$ 250
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Abr. 30 May. 8


Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 28 de agosto de 2023. Atento constancias de autos y del sucesorio conexo BORELLO, RODOLFO ANTONIO s/Sucesorio CUIJ 21-02918039-0, conforme lo decretado en fecha 30/03/2021 fs. 52, no habiendo comparecido herederos del demandado RODOLFO ANTONIO BORELLO, declárese la rebeldía del demandado y prosiga el juicio sin su representación. Para sorteo de curador ad-hoc desígnase la audiencia del primer día hábil
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posterior a que quede firme el presente oficiándose - vía correo electrónico por Secretaría - a la presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Autos:
CONSORCIO EDIFICIO CALLAO Nº 1451 - CIBORELLO, RODOLFO ANTONIO
s/JUICIO EJECUTIVO CUIJ 21-12634750-9. Fdo.: Dra. María Fabiana Genesio Jueza en suplencia - Dra. Maria Sol Sedita secretaria. Rosario, 3 de abril de 2024.
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Abr. 30 May. 3


Se hace saber que dentro de los autos caratulados ARNOLFO, MARIA LAURA 5/
CONCURSO PREVENTIVO CUIJ 21-02964824-4 de trámite ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N 2 de Rosario, se dictó la siguiente resolución: N 82. ROSARIO, 27/3/2024. Y VISTOS y CONSIDERANDO:
Estos autos caratulados ARNOLFO, MARIA LAURA S/CONCURSO PREVENTIVO
- 21-02964824-4. Lo peticionado en e/c 3062/24 y los motivos allí esgrimidos, que resultan atendibles Es 163 y la respuesta favorable del síndico resaltando las características particulares del concurso y que la medida beneficiaría a la masa de acreedores RESUELVO: Prorrogo la fecha de vencimiento de período de exclusividad por 45 días. Publíquense edictos por el término de ley haciéndose conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL y Diario El Jurista, siendo carga de la sindicatura acreditarlo en autos. Insértese y hágase saber. Firmado: DRA. MARIANELA GODOY Secretaria - DRA. MONICA KLEBCAR Jueza.18 de abril de 2024.
$ 250
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Abr. 30 May. 8


Se hace saber que dentro de los autos caratulados MONTI, VICTOR PABLO SI
CONCURSO PREVENTIVO, CUIJ 21-02964717-5 de trámite ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N 2 de Rosario, se dictó la siguiente resolución: N 8 1. ROSARIO, 27/3/2024. Y VISTOS y CONSIDERANDO:
Estos autos caratulados: MONTI, VICTOR PABLO s/ Concurso Preventivo 21029647175 826/2022. Lo peticionado en e/c 3061/24 y las razones allí esgrimidas, las cuales resultan atendibles fs 342 y lo manifestado por el Síndico de que resultaría beneficioso para la masa concursal FS. 419 E/C 3234/24 Resuelvo: Prorrogo la fecha de vencimiento del periodo de exclusividad por 45 días. Publíquense edictos por el término de ley haciéndose conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN
OFICIAL y Diario EL Jurista, siendo carga de la sindicatura acreditarlo en autos. Insértese y hágase saber Firmado:
DRa. Marianela Godoy Secretaria. Dra. Mónica Klebcar Jueza.
$ 250
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Abr. 30 May. 8

Por disposición de la Señora Jueza Dra. Lucrecia Mantello, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de Distrito de la 5º Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, Secretaria de la Dra Silvina Rubulotta, quien suscribe hace saber que en los autos: GONZALEZ SERGIO RAUL c/ AVIOTTI ORESTE PABLO DOMINGO
s/ Juicio Ejecutivo CUIJ 21-23382352-7se publiquen edictos art 475 CPCCSF, se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 12 de septiembre de 2023.- Atento no haberse dispuesto a tenor del art. 457 C.P.C.C., a lo solicitado, no ha lugar. Sin perjuicio de ello, ofíciese al Registro de Procesos Universales a efectos de que informe sobre eventual sucesión abierta a nombre del codemandado Pedro Diez así como también concurso preventivo ó quiebra a su respecto. Asimismo, y a efectos de reordenar el procedimiento y evitar futuras y eventuales nulidades, y advirtiendo además que la notificación de la rebeldía al codemandado Oreste Pablo Domingo Aviotti operó con posterioridad a su fallecimiento, procédase a citar a los herederos del mismo a tenor del art. 597 C.P.C.C., por el término de tres días, bajo apercibimientos de declararse su rebeldía y ordenar el sorteo de un Defensor de Oficio. Firmado: Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria y Dra. Lucrecia Mantello, jueza. Rosario 7/3/24.
$ 50
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Abr. 30 May. 3


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N 33 de Villa Gobernador Gálvez, dentro de los autos caratulados: SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO c/ FRIGORIFICO LITORAL ARGENTINO SOCIEDAD
ANONIMA s/ Apremio, CUIJ 21-22899829-7, se ha ordenado notificar a la parte demandada lo siguiente: N 221. VILLA GDOR. GALVEZ, 08/04/2024. Y VISTOS DE
LOS QUE RESULTA Y CONSIDERANDO FALLO: 1 Ordenar en corolario a los fundamentos explicitados, se lleve adelante la ejecución contra FRIGORIFICO LITORAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, CUIT 30-517541237 hasta tanto la parte actora SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO perciba íntegramente el capital reclamado, que asciende a la suma de $ 135.344,14 en concepto de cuotas omitidas al Fondo de Garantía previsto en el punto 3 del art. 28 de la ley 24.557, con más los intereses que se cuantificarán a la sazón de las pautas expresadas en los considerandos que anteceden. 3 Imponer las costas a la parte demandada art. 251 del CPCC. 4 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla de capital e intereses. Insértese y notifíquese por cédula electrónica por secretaría de este juzgado la presente resolución Fdo. Dr. Sebastián Rupil Juez Dra. María Georgina Conde Prosecretaria. N 268. VILLA GDOR.
GALVEZ, 16/04/2024. AUTOS Y VISTOS:. ..Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1
Corregir el error material de la Resolución N 221, de fecha 08/04/2024 -a la que la presente accede como parte integra, precisando que en el FALLO: de la misma, donde se menciona 1u desdemora el día 16106/2023 y hasta su efectivo pago 15
hábiles desde la apelación de regularización resolución SRT n141/200 correspondiendo el rigor de verdad: desde la mora el día 08/06/2018 y hasta su efectivo pago 2 Firme que estuviere el presente auto de aclaratoria, practique planilla.
Insértese y hágase saber. Notifíquese por cédula Fdo. Dr. Sebastián Rupil Juez Dra. María Georgina Conde Prosecretaria. Fdo. Villa Gdor. Gálvez, Abril de 2024.
S/C

518960
Abr. 30 May. 3


El JUZG. DE 1ra.INSTANCIA DE DISTRITO CIVILY COMERICIAL de la 1º Nominación de ROSARIO, a cargo del. Dr. LUCIANO D. CARBAJO hace saber que dentro de los autos BANCO MACRO S.A. c/ PERLA DEL PACIFICO S.A s/ Ejecutivo CUIJ 2102908688-2 se decretó: Rosario, 30 de noviembre de 2023.- Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que el /los demandado/s hayan comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. Notifíquese.
Dr. Sergio González Secretario Dr. Luciano Carbajo, Juez.
$ 50

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Abr. 30 May. 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 30/4/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date30/04/2024

Page count62

Edition count727

First edition03/05/2002

Last issue07/08/2024

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