Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024

La Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario hace saber que en autos: Layme Jancco, Luz Raquel s/Medida de Protección Excepcional; CUIJ N 21-11415234-7, ha ordenado notificar mediante edictos que se publicarán gratuitamente a DANIELA LUZ RAQUEL LAYME JANCCO, DNI Nº 94.922.486, de lo resuelto en autos, para ello se transcribe textualmente parte pertinente de la resolución N 904 del 16/4/24: Y VSTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: 1 Declarar a la niña Luz Raquel Layme Jancco, nacida el 22/6/23, DNI
59.907.533, en situación de adoptabilidad. 2 Notificar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, la que deberá remitir informe actualizado de la niña Luz Raquel Layme Jancco con la finalidad de requerir postulantes para su guarda preadoptiva al RUAGA y deberá continuar su actuación respecto de la niña Luz Raquel hasta tanto sea asignada a una familia en guarda. 2 Notificar al Registro Único de Aspirantes a Guarda Preadoptiva de la Provincia a efectos de comunicar la presente y requerir la remisión de legajos de inscriptos a efectos de acceder a la guarda preadoptiva de Luz Raquel Layme Jancco.
4 Notificar a la progenitora, a la Defensoría Provincial de Niños, Niñas y Adolescentes y a la Defensoría General. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Sabina Sansarricq, Jueza; Dra. María A. Marcyniuk, Secretaria. Se ha ordenado notificar por edictos que se publicarán gratuitamente en el Boletín Oficial y en el Hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última Publicación Rosario, 17 de abril de 2024.
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Abr. 25 Abr. 29
$ 50


El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta. Nominación de Rosario, provincia de Santa Fe, Sra. Sabina M. Sansarricq y Secretaría de la Dra. Alejandra Wulfon en los autos: Costas Cataleya c/Rose Leonardo Martín s/Filiación Post Mortem; CUIJ 21-41418805-8, dispuso la publicación del siguiente edictos:: ROSARIO, 30 de Octubre de 2023. Agréguense constancias. Habiéndose cumplimentado con el decreto que antecede, se provee el escrito inicial: Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción de filiación que expresa. Jueza de trámite: SABINA M. SANSARRICQ. Imprímase a los presentes el trámite de juicio oral, de conformidad con lo establecido por el art. 68 inc. 1 ley 10.160. Dése intervención a la Defensoría General. Téngase presente la prueba ofrecida. Agréguese la documental acompañada. Cítese a los presuntos herederos de Leonardo Martín Rose para que en el término de veinte 20 días comparezcan a estar a derecho, contesten demanda y ofrezcan prueba, bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial. Notifíquese por cédula a los hermanos del progenitor Sergio F. Rose y Carina N. Rose y a sus 3 tres hijos Priscila, Jackeline y Tomas en los domicilios denunciados en el escrito cargo N
40356/23. De no ser hallados los nombrados en los domicilios denunciados, el notificador deberá requerir informes de quien lo atienda o de vecinos con el objeto de determinar si se domicilian allí y únicamente en caso afirmativo, procederá a efectuar la notificación. ALEJANDRA WULFSON DRA. SABINA M. SANSARRICQ. Secretaria Jueza.
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Abr. 25 Abr. 29


En los autos: DEGIULE, NICOLAS ERNESTO Y OTROS c/ANGELONE, CLAUDIO ALEJANDRO Y OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11890271-5, Nº Expediente: 312/2023 en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - 2da. Nominación, Secretaria 2 de la ciudad de Rosario, se hace saber que se ha declarado a MOSI S.R.L. en rebeldía. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 13 de Marzo de 2024. Atento que el demandado MOSSI S.R.L. no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. NOTIFIQUESE POR EDICTOS. Fdo. Dr. CHRISTIAN BITETTI
SECRETARIO; Dra. JORGELINA ENTROCASI JUEZA EN SUPLENCIA. Rosario, 26 de marzo de 2024
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Abr. 25


La Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario, Dra. Milca Bojanich, en autos: Núñez, Brian Daniel Javier s/Medida De Protección Excepcional; CUIJ N 21-11405276-8, ha ordenado notificar mediante edictos que se publicarán gratuitamente a NILDA ROSARIO NUÑEZ, DNI
39.949.935, de lo resuelto en autos, para ello se transcribe textualmente parte pertinente de la resolución N 908 del 17/4/24: Y VISTOS Y CONSIDERANDO
RESUELVO: 1 Ratificar la Orden 66/222 del 13/12/22 por la que la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2da Circunscripción adoptó la Medida de Protección Excepcional respecto a Brian Daniel Javier Núñez; la Disposición N 8/23 del 25/1/23 que la regularizó y la Disposición Administrativa N 240/23 del 21/9/23 por la que tuvo por resuelta definitivamente dicha medida excepcional. 2 Determinar que la propuesta de medida definitiva es declaración en situación de adoptabilidad de Brian Daniel Javier Núñez, DNI 52.831.549 y privación de responsabilidad parental de Nilda Rosario Núñez. 3
Citar a Nilda Rosario Núñez, DNI 39.949.935, a comparecer a estar a derecho, expedirse sobre la propuesta de medida definitiva y ofrecer prueba, en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación art. 66 bis Ley 12.967. 4 Dar intervención a la Defensora General. 5 Comunicar a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes. Insértese, agréguese copia y hágase saber. DRA. ALEJANDRA MARCYNIUK Secretaria DRA. MILCA BOJANICH Jueza. Se ha ordenado notificar por edictos que se publicarán gratuitamente en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación.
Rosario, 17 de abril de 2024.
S/C
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Abr. 25 Abr. 29

En los autos: CASTELLA, AGUSTINA Y OTROS c/QUIÑONES, ERVIN NAIM Y
OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-11889763-0, en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual - 2da. Nominación, Secretaria 2, de la ciudad de Rosario, se hace saber que se ha declarado en rebeldía a el Sr. ERVIN
NAIM QUIÑONES y a la Sra. TRONCOSO SOLEDAD BEATRIZ. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: ROSARIO, 13 de Marzo de 2024 Atento que el demandado QUIÑONES, ERVIN NAIM y TRONCOSO SOLEDAD BEATRIZ no compareció a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificado y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde. Notifíquese por edictos. Fdo. DR. CHRISTIAN BITETTI SECRETARIO; DRA
JORGELINA ENTROCASI JUEZA.5 de abril de 2024.
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Abr. 25 Abr. 29

Pág. 49

Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados GARCETE VICENTE ARIEL c/DOS
SANTOS RUBIM VANESA JUDITH s/Divorcio CUIJ 21-11408745-6, se ha ordenado publicar edictos por tres veces, conforme Articulo 73 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe ARTICULO 73. Si el domicilio fuese desconocido o la persona incierta, el emplazamiento se efectuará por edictos, que se publicarán tres veces.
El término vencerá cinco días después de la última publicación del decreto que a continuación se transcribe: ROSARIO, 16 de Marzo de 2023. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, y con patrocinio letrado. Acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. Silvina 1. García.
Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora. Agréguense las constancias acompañadas. A los efectos de fijar la fecha de retroactividad de la sentencia, especifiquen las partes día, mes y año en que se produjo la separación de hecho. En caso de existir discordancia y/o incontestación, se aplicará el primer párrafo del art. 480 del CCC. De la petición de divorcio: hágase saber. De la propuesta reguladora: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con copia y transcripción del artículo 438 del CCCN. Hágase saber a las partes que la falta de contestación a la propuesta efectuada habilita la articulación por separado y por el trámite correspondiente, previo cumplimiento de la Ley 13.151, de las pretensiones vinculadas a los efectos del divorcio. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el mismo vive o trabaja allí y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, dejando asentado en la diligencia efectuada dicho informe. OTRO: ROSARIO, 21 de Febrero de 2024.
Téngase presente lo manifestado. Atento constancias de autos, se provee: Cítese a la parte interesada a hacer valer sus derechos, por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación arts. 73 CPCC. Fdo. DRA. SILVINA ILEANA GARCIA Jueza - DRA. ANALIA DANIELA PERRULLI Secretaria.
El presente edicto se publicará SIN CARGO en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la de Defensoría Civil Nº 8. Rosario, de 2024. Dra. Analía Perrulli, secretaria.
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Abr. 25 Abr. 29
S/C


Por disposición de Gustavo Antelo, Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Cuarta Nominación de Rosario, se ha dispuesto notificar a ÁNGEL OSCAR URRELLI, DNI 31.520.720 lo siguiente: Rosario, 09/04/24: Nº 1107. Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVE: 1 Ratificar la Disposición Nº 246 Bis/23 en cuanto dispuso la resolución definitiva de la medida de protección excepcional dispuesta en relación a LAUTARO NAHUEL URRELLI, titular del DNI 47.444.903, nacido el 29.01.2007, hijo de Alejandra Viviana Sánchez, titular del DNI 26.066.336 y de Ángel Oscar Urrelli, DNI 31.520.720. II Disponer que el Programa de Fortalecimiento de la Autonomía Progresiva dependiente de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia continúe con el acompañamiento del adolescente LAUTARO NAHUEL URRELLI; y luego de arribada a la mayoría de edad, continuar el acompañamiento conforme lo dispone la Ley 27.364 Ley del Programa de acompañamiento para el egreso de jóvenes sin cuidados parentales. III Privar aAlejandra Viviana Sánchez, titular del DNI 26.066.336 y a Ángel Oscar Urrelli, DNI 31.520.720, de la responsabilidad parental de su hijo LAUTARO NAHUEL URRELLI, titular del DNI 47.444.903. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr Antelo juez, Dra Barbieri secretaria.
S/C
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Abr. 25 Abr. 29

Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2 Nominación de la ciudad de Rosario, Juez de Trámite: Dr. EDGARDO BONOMELLI, Secretaría de la Dra. MAYRA IBAÑEZ, en los autos NUÑEZ MARCELA
ADRIANA c/LIDERAR CIA GRAL DE SEG SA Y OTROS s/Daños Y Perjuicios 2111677850-2, se ha dispuesto mediante decreto de fecha 19/03/2024: Atento que los herederos del Sr. NARDONE ANTONIO ENRIQUE CARMELO DNI N 6.023.450
no comparecieron a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificados, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselos rebeldes, por medio de edictos a publicarse en el diario BOLETÍN OFICIAL y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario conforme lo ordenado en el art. 597 CPCC.
El presente litiga con beneficio de pobreza.
S/C
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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 1 Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados MONSANTO, PABLO SEBASTIAN c/CAMACHO BORJAS, MALVI KATHERINE Y
OTROS s/Daños Y Perjuicios 21-11890770-9, se ha ordenado notificar la resolución de fecha 20 de Marzo de 2024. Y VISTOS: Los autos caratulados: MONSANTO, PABLO SEBASTIAN c/CAMACHO BORJAS, MALVI KATHERINE Y
OTROS s/Daños Y Perjuicios; EXPTE. Nº 478/23, lo solicitado y constancias de autos; RESUELVO: No habiendo comparecido a estar a derecho la demandada CAMACHO BORJAS, MALVI KATHERINE, declárasela rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar. Notifíquese el presente por edictos y por cédula a la contraria. Insértese y hágase saber. Dra. ANDREA G. CHAPARRO Dra. SUSANA
TERESITA IGARZABAL.26 de Marzo de 2024.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 13
Nominacion de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb en los autos caratulados: BANCO MACRO SA c/LM IMPLANTES SRL Y OTROS s/Juicio Ejecutivo;
Expte. CUIJ Nº 21-02914801-2, se hace saber a LM IMPLANTES S.R.L., CUIT 3071183884-4 que en autos se ha dictado lo siguiente: Rosario, 19/06/19. Por presentados, con domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder acompañado. Otórgasele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Trábese inhibición general de bienes de los codemandados LM IMPLANTES SRL, CUIT
N 30-71183884-4, y DENISE LORENA BURUCULLU, D.N.I. N 36.005.242, hasta cubrir la suma de $ 51.000 con más $ 15.300, en concepto de intereses y costas provisoriamente estimados. Líbrense los despachos correspondientes. Fdo. Dra. Gotlieb - Dr. Menossi. Y también: Rosario, 05/07/22. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que la codemandada LM IMPLANTES SRL no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo: Dra. Gotlieb - Dr. Menossi. Rosario, Dr. Lucas Menossi, Secretario.03/04/24.
$ 100
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Abr. 25 Abr. 29

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 25/4/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date25/04/2024

Page count61

Edition count725

First edition03/05/2002

Last issue05/08/2024

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