Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 15/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES15 DE MARZO DE 2024

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N 7, a cargo de la Dra. Laura Babaya Juez y Secretaría a cargo del autorizante se ha dictado en autos: ROGANI RODRIGO ALEJANDRO c/MARTINEZ, JOSE MARIA s/Demanda Ejecutiva, CUIJ 21- 23291179-1, el siguiente auto a MARTINEZ JOSE MARIA Casilda, 05 de febrero de 2024. FALLO: Hacer lugar a la pretensión demandada y en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución hasta que la actora perciba íntegramente su crédito en concepto de capital reclamado con más los intereses calculados conforme los considerandos precedentes.- Costas a la demandada Art.
251 del C.P.C.C.. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla definitiva de capital, intereses y costas. Insértese y hágase saber. Dra. Virginia L. Giani, Secretaria.
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Mar. 13 Mar. 15


CASILDA


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral N 7 de la 2
Nom. Casilda, dentro de los caratulados: BANCO CREDICOOP CL c/RASSOL ALBERTO ANTONIO s/Demanda Ejecutiva; 635/2022 - 21-23281752-3, hace saber a los herederos de Rassol Alberto Antonio, que se ha dictado la sentencia N 726 del 3 de mayo de 2023, Y VISTOS Y CONSIDERANDO Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra Alberto Antonio Rassol, hasta tanto el actor Banco Credicoop Cooperativo Limitado, se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos de la presente. Costas a la vencida artículo 251 del CPCC. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Sandra S. González, Secretaria; Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretario Juez. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Casilda, Febrero de 2024. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria Subr.
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Mar. 14 Mar. 18


CAÑADA DE GÓMEZ


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación del Distrito N 6 de la ciudad - de Cañada de Gómez, Dra. María Laura Aguaya Juez, Secretaría del autorizante, en autos MIGONI MARTIN LUIS
ALFREDO c/MARRANGHELLO ANTONIO y Otros s/Escrituración, Expte. N 2125974828-0; se hace saber lo siguiente: Cañada de Gómez, 22 de febrero de 2024.
Téngase presente el informe que antecede; De acuerdo al mismo, a las constancias de autos de las que se desprende debidamente realizado el emplazamiento a herederos del actor cfme. decreto del 09/11/2023 y adjuntos al escrito Cargo 23126/23 y en razón de no constar en autos comparendo de sujeto alguno que haya invocado el carácter de heredero, como se solicita, declárese rebeldes a herederos y/o sucesores del actor en autos Martín Luis Alfredo Migoni Art. 76 inc. 2
CPCC Notifíquese la presente por edictos, Firmado: Dra. Aguaya Juez Dr. Navarro Secretario. Cañada de Gómez, 1 MAR 2024 Dr. Mariano Navarro Secretario.
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Mar. 13 Mar. 19


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Cañada de Gómez Provincia de Santa Fe, el Secretario que suscribe comunica, que se cita de remate a TERRADEZ EMILIO CUIT 20-02290727-2 en su carácter de titular de la Partida de Impuesto Inmobiliario N 141000-185644-0002-4, por el término y bajo apercibimientos de ley, conforme la resolución que se transcribe: N 1439. Cañada de Gómez, 12 de setiembre de 2022. AUTOS Y VISTOS: Proveyendo escrito inicial Cargo N
16676/20: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, a mérito del Poder General acompañado y que se agrega. Por iniciada demanda de Ejecución Fiscal contra TERRADEZ EMILIO, con domicilio en calle Moreno 414 de ésta ciudad de Cañada de Gómez, Pcia de Santa Fe. Agréguense las constancias acompañadas.
Cítese de remate a los accionados con la prevención de que si no oponen excepción legítima alguna dentro del término de diez 10 días se llevará adelante la ejecución por la suma de Pesos Un millón ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos sesenta con sesenta y dos centavos $ 1.884.560,62 con más la suma de Pesos Trescientos setenta y seis mil novecientos doce $ 376.912 estimada provisoriamente para intereses y costas. Como se solicita, líbrese mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes de la parte demandada suficiente hasta cubrir la suma reclamada más la estimada provisoriamente para intereses y costas. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. - Fdo. Dra. Julieta Gentile Jueza - Dr. Guillermo Coronel Secretario. Cañada de Gómez, 07 de Agosto de 2023. Agréguese la cédula de notificación debidamente diligenciada acompañada. Atento lo informado por el Oficial Notificador; previo a todo trámite, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Fdo. Dr. Guillermo Coronel Secretario. Todo ello dentro de los autos:
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/TERRADEZ EMILIO s/Apremios Fiscales API Expte. N 21-26025630-8. Publíquese sin cargo por cinco 5
días artículo 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe. Cañada de Gómez, 4 de Marzo de 2024. Dra. Carolina L. Kaffeler, Secretaria S.
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MELINCUE


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la localidad de Melincué, a cargo del Dr. Alejandro H. Lanata, Secretaría de la Dra. Analía M Irrazábal, en autos caratulados:
COMUNA DE SANCTI SPIRITU, STA. FE c/JOSE MARÍA MARTIN Y/O SEVERINO
PUJOL Y/O DORINA OFELIA CHIAPPARÁ DE FONTANELLA Y/O MARÍA ESTHER
FURCADA DE SENUY Y/O CONTRA QUIEN RESULTE JURÍDICAMENTE RESPONSABLE POR LA DEUDA CONTRAÍDA CON MI DEMANDANTE Y/O CONTRA
QUIEN FUERE TITULAR REGISTRAL s/APREMIOS FISCALES MUNICIPALES;
CUIJ 21-26472446-2, se ha dispuesto NOTIFICAR a los Sres. JOSE MARIA MARTIN, SEVERINO PUJOL DORINA OFELIA CHIAPPARA DE FONTANELLA y MARÍA
ESTHER Y/O ESTHER FURCADA DE SENUY con domicilio fiscal en calle LUCIANO MOLINA S/N de la Localidad de SANCTI SPIRITU, y/o HEREDEROS Y/O
SUCESORES Y/O RESPONSABLES FISCALES Y/O TITULAR REGISTRAL DEL
DOMINIO INSCRIPTO AL TOMO 216 FOLIO 499 Nº 134514, por medio de Edicto la siguiente providencia: MELINCUÉ. 21 de Febrero de 2024. Proveyendo escrito cargo N 775/2024: Agréguese. A los efectos de efectuarse la subasta se establecen como condiciones de celebración de la misma las siguientes: Punto 1: Dispóngase la venta en pública subasta de un un terreno identificado como el TERRENO
BALDIO LOTE 21 DE LA MANZANA 2 CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 225 M2
cuyos rumbos se describen como; mide 10 metros de frente por 22,50 metros de fondo. Linda al NO con lotes 22 y 23; al NE con lote 24, al SE con lote 20, todos del mismo plano, inscripto registralmente bajo el TOMO 216 FOLIO 499 N 134514 ubicados, en el Distrito SANCTI SPITIRU, PARA EL DÍA MIERCOLES 27 DE MARZO
DE 2024 Y/O DIA HABIL POSTERIOR SI EL DIA DESIGNADO FUESE INHABIL, A
LAS 10:00 HS POR ASI ORDENARLO EL ART 87 DE LA LEY 7547, a realizarse conforme lo normado por el art 493 del CPCC ante el Juzgado Comunitario. Punto 2: El acto se realizará de acuerdo con PROTOCOLO DE TRABAJO SEGURO PARA
LA REALIZACION DE VENTAS EN SUBASTA - COVID.19 emitido durante el año 2020 del COLEGIO DE MARTILLEROS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, vigente hasta el presente. Punto 3: Con base jurídica en los dispuesto en el art 46 inc b de la Ley 7547, se establece como Base de Venta la suma de $13.000.000 considerándose los valores de mercado actual, ubicación y tratándose de un bien sin condominio, con la siguiente retasa de ley: Primera de no haber oferta por la base con retasa 20% menos, es decir, $ 10.400.000 y de persistir la falta de ellas con una última base, Segunda Retasa del 20% de la primogénita es decir $8.320.000. y de no haber interesados en la última base se obrará conforme el art. 496 del CPCC ultima parte. Punto 4: Los bienes se subastarán en el estado de ocupación que surge del mandamiento de constatación agregado en autos. Punto 5: Quien resulte comprador en la Subasta abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial que a los efectos será abierta oportunamente, el 10% del valor de compra y abonará al Martillero el 3% de la comisión de ley, todo ellos conforme la comunicación A 5147
BCRA de fecha 23/11/10. En el caso de compra de comisión deberá aclarar los datos completos que requiera del Comitente. El sado del 90% restante se abonara de igual manera una vez aprobada la subasta en el plazo y bajos los apercibimientos de ley. Punto 6: Ofíciese al Nuevos Banco de Santa Fe para que proceda a la apertura de la cuenta judicial a la orden de este Tribunal y vinculada a estos autos.
Punto 7: Los impuestos, tasas y/o contribuciones que adeuda los inmuebles serán a cargo exclusivo del comprador, como así también los gastos totales de escrituración y/o protocolización de actuaciones judiciales, regularización de planos y lo que ello conlleve, etc. como así también cualquier rubro de cualquier naturaliza que debe abonarse como consecuencia de la venta, siendo de estricta aplicación el art 494
inc 3 CPCC. Punto 8: Previo a la aprobación judicial de gastos le martillero deberá oficiar al Registro General Inmueble con copia certificada del acta de subasta a los fines de que se tome razón marginalmente el acto judicial realizada, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Punto 9: Cumplido los trámite de rigor, y siendo el art 505 párrafo 2 del CPCC de carácter supletorio, la escritura traslativa de dominio en favor del adquirente se efectuará por medio de una Notaria o Escribanía Publica a elección del comprador, todo si registralmente fuere posible. Punto 10: Cumplido con los requisitos y condiciones de la subasta, el comprador realizara las gestiones judiciales que correspondan para tomar la posesión de los bienes que comprara. Punto 11: Se ordena la publicación de edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en otro diario que sea el de mayor circulación zonal, debiéndose exhibir copia en este Juzgado autorizante mediante la publicación de Edictos de Remate en el Tablero de este Juzgado, tal como lo solicita la martillera. Autorícese a la Martillera designada en autos a efectuar la publicidad de la subasta mediante Volantes de publicidad y en el Diario zonal debiendo la actora efectuar el adelanto de gastos respectivo.-Punto 12: Designase los dos días previos a la subasta para la exhibición del bien a coordinar con la Martillera interviniente, publicándose los debidos datos de contacto y oficiándose al Juez de Pequeñas Causas con competencia en la localidad de Sancti Spiritu para que garantice la exhibición del inmueble de 10 a 12
hs. Punto 13: Ofíciese, en su caso y de corresponder, a los juzgados embargantes e inhibientes conforme lo establece el art 506 del CPCC. Punto 14: Notifíquese en persona a la demandada de modo personal por medio de Juez Comunitario en autos como así también a su curial que procesalmente los representa, con copia del escrito que se provee, de la subasta a realizarse así como por edictos de notificación en el boletín oficial. Punto 15: El expediente deberá encontrarse en el Juzgado cinco días antes de la Subasta a los fines de los arts 494 y 495 del CPCC y permanecer en Secretaría. Bajo apercibimiento de suspensión de la misma. Fdo. Dr. Alejandro H. Lanata Juez; Dra. Analía Mónica Irrazábal Secretaria.
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Mar. 14 Mar. 20


VILLA CONSTITUCION


JUZGADO CIVIL,COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

En los autos: MUNICIP. VILLA CONSTITUCION c/IGLESIAS, GUILLERMO AVELIN s/Apremios; CUIJ 21-23486547-9 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N 14 de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Dr.

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 15/3/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date15/03/2024

Page count67

Edition count708

First edition03/05/2002

Last issue11/07/2024

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