Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 28/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

ciudad de Rosario, Horario de atención 08:30 a 11:30 hs. Y 15 a 18 hs. 2. Fijar el 22/4/24 para la presentación del informe individual sobre los créditos con las exigencias Determinadas en el art. 35 2do parr L.C.- 3. Fijar el 23/5/24 para la presentación del informe general por el Síndico.- 4. Ordenar publicar edictos haciendo conocer lo aquí decidido en el BOLETÍN OFICIAL.- Inserte y hágase saber.
Firmado: Dr. Federico Lema - Secretario - Dr. Ezequiel Zabale - Juez.
514630
Feb. 27 Mar. 4
S/C


La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito de la 5ta. Nominación de Rosario, en la causa: BANCO, MUNICIPAL DE ROSARIO c/MANTELLO, LUCAS ALBERTO s/Demanda Ejecutiva, CUIJ N 21-02909812-0, ha dictado para ser notificado al Sr. LUCAS ALBERTO MANTELLO - DNI: 28.557.146, el siguiente decreto: Rosario, 20 de febrero de 2019.- Por presentado, en el carácter invocado y Con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio EJECUTIVO. Cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Trábese el embargo solicitado sobre los haberes que percibe la demandada, hasta cubrir la suma reclamada de $105.000.- con más la de $35.000.- estimado provisoriamente para intereses y costas, con los límites dispuestos por el decreto ley 484/87. Ofíciese, previo pago de sellos art. 19 inc. 7
L.I.A. Atento lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial mediante resolución nro. 43 del 27-01-10 y lo considerado por la Corte Suprema de Justicia de la provincia según nota nro. 136/10, hágase saber que las sumas que oportunamente se retengan por el embargo deberán ser depositadas en el Banco Municipal de rosario. Suc. 80 Caja de ahogados. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Acredite inscripción de AFIP debidamente actualizada. Notifíquese. CUIJ N 21-029909812-0.
Fdo.: Dr. García Juez en suplencia - Dra. Rubulotta Secretaria. Rosario, 03 de Mayo de 2019. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula, debiendo el oficial notificador proceder a notificar solamente en caso de comprobar que el demandado efectivamente se domicilia allí y dejará constancia de ello en el informe pertinente. Fdo.: Dra. Mantello Juez - Dra. Rubulotta Secretaria. Rosario, 28 de Marzo de 2022. Téngase presente. Concédase al demandado el término de diez días a los unes del comparendo oportunamente ordenado. Notifíquese por cédula. Ofíciese a efectos de la notificación. Fdo.: Dra.
Juez - Dra. Rubulotta Secretaria. Rosario, 18 de Octubre de 2023.
S/C
514333
Feb. 27 Feb. 29


NISTA, HECTOR DANIEL c/SPADANI CONCEPCION ESTHER y Otros s/Usucapión, 21-02845944-8 Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 14ta. Nom.. Rosario, 226-23. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CSJSF, Acta no. 14 del 13-5-20 pto. XV. Proveyendo el escrito cargo 8559/23, atento al estado de autos y a fin de ordenar el proceso: 3 Habiendo advertido que mediante informe del RPU fs. 182 Vlta se denunció el fallecimiento de Guillermo Francesio Spadani, emplácese por edictos a los herederos del mencionado para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley Art.597 CPCCSF. En consecuencia se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de GUILLERMO FRANCESIO SPADANI para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL venciendo el término cinco días después de la última publicación bajo apercibimientos de ley. Firmado Dr. Marcelo C. M. Quaglia - Juez -Dra. Ma.
Karina Arreche - Secretaria. Secretaría, 8 de noviembre de 2023.
$ 50
514497
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia y en autos: BALDOMIR CALVET, AGUSTINA s/Sumaria Información CULI N 21-02977518-1, se hacer saber que la Sra. AGUSTINA BALDOMIR CALVET, D.N.I. Nº 34.277.456, argentina, mayor de edad, soltera, hija de Don CARLOS MARIO BALDOMIR, DNI
13.814.268 y de doña ADRIANA GRACIELA CALVET, DNI 16.086.555, con domicilio real en calle Rioja 539 1 A de Rosario, provincia de Santa Fe, y con domicilio legal en calle Dorrego 1.063 PB A de Rosario, con título de Escribana expedido por la Universidad Nacional de Rosario el día 25 de junio de 2015, ha solicitado su inscripción en la Matricula de Escribanos de la Segunda Circunscripción. Publíquense edictos de ley por tres veces en el término de diez días conforme art. 2 del reglamento de la Ley Orgánica del Notario N 6.898. Secretaría, 5
de Febrero de 2024. Fdo.: Dra. Ma. Karina Arreche, Secretaria.
$ 50
514491
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo Quaglia en los autos caratulados: GRAFEIGNA PATRICIA RAMONA y OT c/BARRERA
JUAN ISMAEL y OT s/Acción Reivindicatoria CULI 21-02877107-7, se hace saber que se ha ordenado: En la ciudad de Rosario y en fecha asignada en el sistema de gestión SISFE CSJSF, Acta n 14 del 13/05/20 pto XV. Asimismo emplácese por edictos a los herederos del Sr. JUAN YSMAEL BARRERA para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley art 597 CPCCSF
Firmado: Dr. Quaglia Juez Dra. Arreche Sec. en Sup.. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de JUAN
YSMAEL BARRERA, DNI 6177675 para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicaran tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término de cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley.
Rosario, 28 de diciembre de 2023. Dra. Arreche, Secretaria Subr.
$ 50

514489
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos: NUEVO BANCO SANTA FE
S.A. C/GIL MARCELO S/DEMANDA EJECUTIVA, Expte. N 21-02966042-2.- Se hace saber al demandado GIL MARCELO, DNI: 25.505.023, que se ha dictado el siguiente fallo Nro. 647: ROSARIO, 07/12/2023. Y VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: 1. Mandar llevar adelante la ejecución contra MARCELO GIL
DNI 25.505.023 por el cobro de la suma de PESOS CIENTOO ONCE MIL SESENTA Y CUATRO c/56ctvs $ 111.064,56, con más los intereses determinados en los considerandos precedentes, e IVA sobre intereses. 2 Imponer las costas a
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la vencida. 3. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez.
$ 50
514544
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3
de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos: IOSIS S.R.L. s/Concurso Preventivo 21-01125769-8 747/2013, se ha dispuesto lo siguiente: Resolución n 705. ROSARIO, 28/12/2023 RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de IOSIS S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario al 193, F. 19, Nro. 3 con DOMICILIO REAL en calle Montevideo 1717 de Rosario. 2 Anótese la inhibición general del fallido en el Registro General de Propiedades. 3 Ordenar la liquidación de los bienes de la fallida por el sistema que proponga la sindicatura dentro del término de diez días. 4 Ofíciese a los Registros Público de Comercio y de Procesos Concursales y efectúe las comunicaciones de ley art. 132 LCQ. 5
Cumpliméntese con la realización de un inventario de bienes de la fallida. 6 Intímese al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquel a ponerlos a disposición de la Sindicatura. 7 Intímese al deudor para que dentro de las 24 horas haga entrega de los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 8 Prohíbese hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9 Líbrese los despachos que fuera menester a los fines de interceptar la correspondencia del fallido y entregarla al Síndico. 10 Hágase saber a la fallido y/o sus administradores que no podrán ausentarse del país sin autorización judicial hasta la presentación del informe general por la sindicatura. Ofíciese a los organismos pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento de la mencionada prohibición. 11 Postérgase el sorteo de martillero a la fecha de presentación del informe general.- 12 Ordenar que continúe actuando en los presentes el síndico ya designado en autos para el trámite del concurso preventivo. 13 Desígnese funcionario incautador en el presente proceso falencial a la Sindicatura quien a tal efecto tendrá facultad de allanar domicilio y requerir el uso de la fuerza pública, otorgándosele la credencial correspondiente 14 Notifíquese a la API, a la AFIP y Municipalidad de Rosario. 15 Líbrense los despachos que fuere menester para hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley 24.522.- 16 Hágase saber al fallido y/o sus administradores que cualquier enajenación, simulación, ocultamiento o disminución al valor de bienes que componen su activo será considerada incursión en el delito de quiebra fraudulenta y se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación.
17 Publíquense edictos de ley. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Federico Lema Secretario - Dr. Ezequiel Zabale Juez. Otra resolución: Resolución N
709. Rosario, 28/12/2023. RESUELVO: Aclarar a los fines del sistema de autoconsulta, el Auto N 705 de fecha 28/12/23, en sus Y VISTOS: CONSIDERANDOS: y RESUELVO, en los términos señalados precedentemente. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Federico Lema - Secretario - Dr. Ezequiel Zabale
Juez.
S/C

514469
Feb. 27 Mar. 4


En los autos caratulados: LUGO MARIANO DANIEL c/BALMACEDA LUCAS
PABLO s/Medidas preparatorias, Expte. N 21-12624049-7, que tramitan ante el Juzgado de V Instancia de Circuito 4 Nominación, a cargo de la Dra. Claudia Alejandra Ragonese, Secretaría de la Dra. Paula Marina Heltner, se le hace saber al Sr. Lugo Mariano Daniel, DNI 34.046.048, que se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 01 de Septiembre de 2022. Puestos los autos a despacho en el día de la fecha, se provee. Por planteado incidente de caducidad de la instancia. Traslado a la contraparte. Dra. Claudia Alejandra Ragonese Jueza; Dra. Paula Marina Heltner Secretaria. Y otro Rosario, 26 de Diciembre de 2023. Téngase presente lo manifestado. A lo peticionado, acompañado que fuere, líbrese edicto como lo solicita. Dra. Paula Marina Heltner secretaria. Rosario, 2 de Febrero de 2024.
$ 50
514562
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décimo primera Nominación de la ciudad de Rosario, Secretaría a cargo de la Dra. Sergio A. González, que no habiendo comparecido a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificado dentro de los autos: ACOSTA, JUANA
BEAT c/ DIAZ, MARTHA -SUS SUCESORESs/ Escrituración. CUIJ N 210296172-1, y vencido el termino sin que el/los demandados/s hayan comparecido a estar a derecho se declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. . Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL.
$ 50
514681
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina Rubulotta, dentro de los autos caratulados: CREDITO
NACIONAL S.A c/ AQUINO CRISTIAN ARIEL s/Demanda Ejecutiva; CUIJ N 2102961469-2, se ha dictado lo siguiente: TOMO: 122, FOLIO: 86, RESOLUCIÓN:
955. Rosario, 07/11/2023.- Y VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: 1 Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más sus intereses pactados, expresando que de conformidad a las facultades conferidas por el art.771 del C.C.C.N., se estima que los mismos no podrán exceder la tasa activa capitalizada del Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2 Imponer las costas a la parte demandada art. 251 C.P.C.C. 3 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. CUIJ 2102961469-2.- Fdo Dra. Lucrecia Mantello Jueza Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria. Rosario, 9/11/23.
$ 40

514662
Feb. 27 Feb. 29


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaria de la Dra. Patricia Andrea Beade , dentro de los autos caratulados:
CREDITO NACIONAL S.A c/ FIGUEROA FLAVIA SABRINA s/ Demanda Ejecutiva; CUIJ N 21-02957646-4, se ha dictado lo siguiente: TOMO:126 FOLIO: 117, RESOLUCIÓN: 1495.- ROSARIO, 14/11/2023.- Y VISTOS Y CONSIDERANDO FALLO: Ordenando seguir adelante la ejecución contra FLAVIA SABRINA FIGUEROA hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada de $ 120.000, con más los intereses fijados en los considerandos. Imponiendo las costas al demandado Art. 251 C.P.C.C.. Difiriendo la regulación de

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 28/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date28/02/2024

Page count60

Edition count701

First edition03/05/2002

Last issue01/07/2024

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