Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 18/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

raciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunalespara estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso,a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento.
12º Fijar el día 21/02/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción a distancia, virtual o en forma presencial, así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos en caso de requerimiento expreso por la sindicatura, firma ológrafa o digital del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación. Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente.
13º Fijar el día 07/03/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.
14º Señalar el día 04/04/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 16/05/2024 para la presentación del Informe General.
15º Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art.132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior.
16º Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.
17º Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe.
18º Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275
inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas.
Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- fdo: Dr. Iván Di Chiazza: juez a/c .- Dra. Viviana Naveda Marcó: Secretaria.
CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 05 de Diciembre de 2023
para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Alejandro Rubén Monti, con domicilio en calle San Martín Nº 3008 - Piso 11, de esta ciudad.
S/C
512134
Dic. 12 Dic. 18


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la-Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima, en los autos caratulados: ALEGRE, JORGE ESTEBAN s/Solicitud Propia Quiebra expte. CUIJ 21-02042412-2 se deja expresa constancia que el Síndico interviniente en autos es el CPN GERARDO ANTONIO BORDA BOSSANA, que los horarios de atención en el domicilio constituido por la Sindicatura, sito en calle Facundo Zuviría Nº 3.675, a los efectos de recibir las solicitudes de verificación de créditos art. 200 Ley 24.522 serán todos los días hábiles judiciales en el horario de 08:00
a 12:30 y de 16:30 a 19:00 horas. Asimismo, se recuerda a los pretensos acreedores que la fecha hasta la cual podrán insinuar sus acreencias es hasta el día 11 de Diciembre del 2023 inclusive. Las mismas, se podrán efectivizar a través de los correos amdespachojuridicol@gmail.com; bbossana.gerardo@coopmail.com.ar indicando los autos de referencia y acompañando el comprobante de transferencia del arancel verificatorio, suma que deberá de transferirse al CBU
1910348255134800241953.24 de noviembre de 2023.Romina Freyre, secretaria.
S/C
512029
Dic. 12 Dic. 18

SAN JORGE


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N 11 de la ciudad de San Jorge, Dr. Daniel Marcelo Zoso, la Secretaría que suscribe hace saber que en los autos: MARTINI, ANALIA CELIA y Otros c/RIVAROLA, MIGUEL ANGEL s/Ordinario CUIJ 21-26256797-1 se ha dispuesto, de conformidad con el 47 del CPCC, citar a los herederos, sucesores de la fallecida, Sra. Clelia Mari Soda, DNI 3.218.533, a fin que comparezcan a estar a derecho en el término de tres días. Caso contrario se procederá a aplicar apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados Judiciales por el término de Ley. San Jorge, 27 de Noviembre de 2023. Santa Fe, 1ra. Circunscripción. Dra. Ma. de los Milagros de la Torre, Secretaria.
$ 33
511741
Dic. 6 Dic. 20


RECONQUISTA


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Pág. 42

El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Coronda, Provincia de Santa Fe, Dr. Hernán Gálvez a/d I. Secretaría Dr. Juan Daniel Roulet en los autos caratulados: ORDOÑEZ SILVIA GRACIELA c/PUMPIDO NELSON ANTONIO y Otros s/Usucapión ordinario CUIJ 21-00726358-6 ha ordenado se publique el edicto tenor en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. CORONDA, Escrito cargo 2965: Téngase presente lo manifestado respecto que los titulares registrales del inmueble son Eduardo Francisco FRATTONI, Redicario Livio WEGHER, Nelson Antonio PUMPIDO y Segundo Ricardo GOBBO. Respeto el Sr. Eduardo Francisco FRATTONI, atento el desconocimiento de su domicilio real y que el edicto oportunamente diligenciado contiene un error en su apellido Vide fs. 130, cíteselo por edictos a comparecer al proceso, bajo apercibimientos de ley. Secretaría, 31/10/23. Juan Roulet, secretario.
$ 855
510781
Nov. 21 Dic. 18

Segunda Circunscripción
++

REMATES ANTERIORES


POR
MARCELO ROLDAN

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados FORMULAGRO SRL C/ OTRO S/ APREMIO Expte 2102940392-6, se ha dispuesto que el Mart. MARCELO ROLDAN venda por licitación pública el día 22 de Diciembre de 2023 a las 10:00 hs, los siguientes rodados, a saber: a camión: Chasis con cabina, marca IVECO, dominio OPH692, modelo 2015, Nro. de motor F4AEE681F8017350, Nro. de chasis 8ATA1PJH0FX095995
d; y b acoplado, marca DZ GROSS, Modelo: 04 Baranda volcable 9.30 mts., chasis 8E9101203DA333040, conforme a las siguientes condiciones, a saber: 1
La misma se realizará vía plataforma digital Zoom con intervención del Martillero y todos los interesados, cuyas ofertas superen la base. 2 Los rodados saldrán a la venta en el estado en que se encuentran, conforme las siguientes bases únicas, a saber: $ 40.000.000 el camión ut supra señalado, y de $ 10.000.000 el acoplado ut supra detallado.- para ser adjudicados al mejor postor respecto de cada uno de esos bienes. 3 Los interesados en la adquisición del bien licitado deberán presentar sus ofertas consistentes en escrito firmado y escaneado enviado al mail del juzgado:
civil3ros@justiciasantafe.gov.ar. con datos que se describen a continuación: -Tratándose de personas físicas: apellido, nombre, número y fotocopia del documento, domicilio real y uno especial dentro de la ciudad, celular, mail, constancia de cuit, situación ante Afip CBU y cuenta corriente. -Tratándose de personas jurídicas: copia certificada contrato social, poder para comprar en licitación y/o subasta, así como decisión societaria para la realización de oferta, N de cuit, situación ante AFIP, CBU
y cuenta corriente. Ello, desde que quede firme el edicto hasta el día 21/12/2023 a las 12:45. El oferente deberá depositar como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado, en sobre cerrado, la suma de Pesos Cuatro Millones $4.000.000.-, por el camión y la suma de Pesos Diez Millones $1.000.000.- por el acoplado. El depósito será realizado a la cuenta judicial abierta en el Banco Municipal Sucursal del Colegio de Abogados a la orden de este juzgado y para estos autos, debiendo acompañarse con la oferta constancia del comprobante del mismo. Toda oferta que no esté acompañado del comprobante del deposito de la mencionada suma será automáticamente descartada.- 4 En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, el bien objeto de licitación se retirará de la venta. 5 El día y hora de la audiencia ZOOM, se procederá a dar comienzo al acto con presencia física del Actuario y el martillero únicamente, quienes efectuarán el acto desde el Tribunal de manera presencial y todo los oferentes deberán conectarse de manera puntual por ZOOM a la reunión cuyos datos se informarán a los interesados luego de la presentación de la oferta, con DNI
en mano para ser exhibido y con el nombre en el ZOOM consignado de manera correcta. Una vez comenzado el acto se cotejarán las ofertas presentadas separando, en primer lugar, las ofertas que no llegan a superar el monto mínimo, las cuales quedarán fuera del acto. 6 No está prevista la mejora de ofertas; salvo que se produzca igualdad de las mismas entre los oferentes de mayor valor, en cuyo caso el martillero actuante procederá a tomar el mejoramiento de ofertas, solo entre estos oferentes, con la presencia del Actuario.- El bien será adjudicado a quien realice la mejor oferta, y una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida, en el caso de existir instancia de mejora por igualdad de ofertas. Asimismo, se labrará acta de todo lo actuado y se incorporará al expediente. Que asimismo se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a Pesos Doscientos Mil $200.000.- para el camión, y Pesos Cincuenta Mil $50.000.- para el acoplado.- 7 No esta permitida la compra en comisión ni la cesión de los bienes y/o derechos adquiridos, que deberán inscribirse en el Registro pertinente a nombre del adquirente en licitación; el interesado deberá estar presente en el acto de apertura.- 8 Se hace saber que de las constancias del expediente se pueden observar a través de la web en la página del poder judicial de Santa Fe con la presente carátula y clave del expediente N 9356. De este modo, no se aceptarán reclamos algunos cuyo fundamento sea no haber tenido acceso al expediente. La presentación de ofertas implica la conformidad con las presentes condiciones de venta. 9 El oferente a quien se le hubiere adjudicado uno o ambos rodados deberá depositar dentro de los dos 2 días hábiles judiciales, el diez por ciento 10% del precio de la adjudicación, con más el tres por ciento 3% de comisión al Martillero, en la cuenta judicial a nombre de los presentes. A tal fin, deberá comparecer al juzgado a fin de acompañar el comprobante de depósito y suscribir el acta efectuada AL DÍA SIGUIENTE, DE 8 A 12 HS. AL JUZGADO, como así también obtener una copia de esta última. Respecto al diez por ciento 10% del precio de la oferta, sólo deberá abonar la diferencia con el monto depositado como garantía de oferta, el que se tomará a cuenta del pago del precio. 10 El saldo de precio deberá ser pagado íntegramente dentro del plazo de diez 10 días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando por correo electrónico boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos.- 11 Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto. Ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.12 Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judi-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 18/12/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date18/12/2023

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