Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023

liado realmente en calle Dr. Puccio N 6080 de la localidad de Monte Vera y legalmente en calle San Jerónimo N 3194 oficina 14 de la ciudad de Santa Fe.
2. Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes.
3. Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla.
4. Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86
L.C.Q.
5. Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.
6 Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Sindico.
7. Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.
8. Disponer que el inventario que prevé el inc. 10 del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13 de la presente.
9. Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación.
10.Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 08/11/2023 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial.
11 .Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2 del art. 177 L.C.Q.Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco e Santa Fe S.A. Sucursal Tribunalespara estos autos a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos códigos de descuentos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento.
12.Fijar el día 05/02/2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, facúltase a la Sindicatura a recibir los pedidos de verificación mediante correo electrónico, el cual habrá de ser consignado al aceptar el cargo, junto a un número telefónico directo de contacto y CBU para un eventual depósito de los aranceles de ley. Deberá, en tal caso, establecer claramente en los edictos a publicarse conforme al art. 89 LCQ, cuál será la modalidad de dicha recepción a distancia, virtual o en forma presencial, así como el mecanismo a adoptar para la presentación de los títulos justificativos en caso de requerimiento expreso por la sindicatura, firma ológrafa o digital del presentante, constitución de domicilio procesal y la fecha de presentación Puede igualmente disponer un entorno virtual a los fines de publicar los pedidos de verificación al que podrán acceder los demás acreedores, posibilitando la visualización y control de los créditos insinuados para, en su caso, formular las observaciones pertinentes. Se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. El mismo, deberá hacerse efectivo directamente ante el órgano sindical, en efectivo o mediante transferencia bancaria del importe a la CBU indicada por el mismo, que bastará como recibo correspondiente.
13.Fijar el día 20/02/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.
14.Señalar el día 19/03/2024 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/04/2024 para la presentación del Informe General.
15 .Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos, se librarán oficios y/u oficio ley 22.172. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la persona fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art.
132 -y por su remisión el art. 21- ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos 10, expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior.
16.Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q
en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.
17.Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe.
18.Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275
inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas.
Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- fdo: dr. Diego Raúl Aldao:
juez a/c.- dra. Viviana Naveda Marco: secretaria.
CONSTE: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 08 de Noviembre de 2023
para estos autos, resultó sorteada Síndica la C.P.N. María Delia Prono con domicilio en calle San Martín N 3008 piso 11 de esta ciudad.
S/C
510690
Nov. 17 Nov.24


Por disposición del Titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la OCTAVA Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los codemandados Juan Carlos Arrioti y/o Severo a. Gómez y/o sus Sucesores Y/O Herederos y/o contra quienes resulten titulares registrales del inmueble objeto de autos, sito en calle Avellaneda 3442 de la localidad de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe, Partida Impuesto Inmobiliario 100500-135363/000-35 a comparecer a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de rebeldía arts. 72, 76 y ss. del CPCC, en los autos caratulados: GOMEZ, CATALINA RAMONA CIARRIOTI JUAN CARLOS Y OTROS s/ Juicio Ordinario CUIJ 2102040646-9. Publíquense Edictos en el BOLETÍN OFICIAL, y también se exhibirán en el Hall Central de Planta Baja de estos Tribunales.Santa Fe,10 de Noviembre de 2023.Dra. Mariana Nelli, secretaria.
$ 50
510691
Nov. 17 Nov.22


Pág. 50

Por disposición del Sr. Juez, Dr. Hernán G. Gálvez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N 28 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, Secretaría única a cargo de la firmante, en autos: ANDRIERI, ROSA
BEATRIZ Y STRINA, JULIO CESAR c/ NEWBERY SRL Y-O QRJR s/ Usucapión JUICIO ORDINARIO CUIJ N 21-02032546-9, se hace saber a la accionada NEWBERY SRL, que el Sr. Juez ha decretado en los autos caratulados de la referencia la REBELDIA de la misma y según el decreto que a continuación se transcribe: Santo Tomé, 18 de agosto de 2023. Agréguense la cédula diligenciada y edicto publicado que acompaña. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a la accionada. Notifíquese.. Firmas: Juez: Dr.
Hernán G. Gálvez; Secretaria: Dra. María Alejandra Serrano. Santo Tome 28 de agosto de 2023-11-16.
$ 40
510620
Nov. 17 Nov. 22


Por disposición del Juzgado de 1era Instancia del Circuito Judicial Nro. 28 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: RODRIGUEZ, MIRTA GRACIELA c/ HEREDEROS DE DESCALZI, AGUSTIN PEDRO s/
Juicio Ordinario De Prescripción Adquisitiva Expediente CUIJ Nº 21-22628722-9
por medio del presente se hace saber que se ha ordenado lo siguiente: SANTO
TOME, 30.10.2023. Agréguense las copias de cédulas y edicto diligenciados. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a la parte demandada. Notifíquese mediante edictos Hágase saber a la profesional que se ha procedido a la corrección de la carátula de autos, en la fecha en la que fuera ordenada. Notifíquese. Fdo.: Dra Maria Alejandra Serrano, Secretaria; Dr. Hernan g.
Galvez, Juez. Lo cual se notifica mediante edictos a los herederos del Sr. Descalzi, Agustin Pedro, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a los 02 días, del mes de Noviembre de 2023.DRa. Serrano, secretaria.
510674
Nov. 17 Nov. 22
$ 40
En los autos caratulados: Expte. Cuij 21-24537738-7 - NUEVO BANCO DE
SANTA FE SA c/ GILL, Luis Santiago s/Ejecutivo, en trámite ante este Juzgado de 1Instancia de Circuito N 31 de Sunchales SF; se cita y emplaza a herederos de Luis Santiago GILL DNI N 20.789.169 a fin de que comparezcan a estar a derecho, en término y bajo los apercibimientos previstos en el art. 597 del C.P.C.C.- Fdo . Dr. José Ignacio Pastore-JuezDra. Juliana Foti -SecretariaSUNCHALES.09 de Agosto de 2023.
$ 50
510708
Nov. 17 Nov. 22
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE GENERAL ARENALES

El Juzgado de Paz Letrado de General Arenales, Departamento Judicial Junín, sito en calle Arias N 10 de la ciudad de General Arenales, a cargo de la Dra. Elida Rosa Cirelli, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Ignacio Scaletta, cita y emplaza por diez 10 días a estar en derecho en los autos: BENGOLEA PATRICIA MONICA
c/PANTIGA VENANCIO y Otros s/Usucapión, Expte. ZGR-10304-2016, a los sucesores de VENANCIO, ANGELICA, MARIA ESTHER, RAUL EDMUNDO, LUISA, EDUARDO, HECTOR DAVID, ELENA, HUMBERTO PRIMO, RAMON MARCIAL y OLGA ROSA PANTIGA, ORABILE BERNOLDI y ALICIA BEATRIZ CAVAGNARO y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir: compuesto de una casa ubicada sobre calle Tucumán N45 de la ciudad de Ascensión, Partido de General Arenales, designado catastralmente como Circunscripción IV , Sección B Manzana 6 Parcela 17 partida inmobiliaria Nro. 2238, Inscripto el Dominio bajo el Folio 254/1958-DH 12345/1962-DH 1183/1976 035, la superficie total 1097,52 m2. Todo ello bajo apercibimiento de dignarse defensor oficial en caso de incomparecencia. General. Arenales, 16 de Marzo de 2021.
$ 52,50
510854
Nov. 17 Nov. 22


TOSTADO


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: CLODOMIRO SATURNINO
s/TUTELA 21-26213681-4 Juzg. Distr. Civil, Comercial y Laboral - Tostado ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 15 en lo Civil, Comercial y laboral, de la ciudad de Tostado, por lo que se ha decretado: Tostado, 15 de Mayo de 2023. Por promovida demanda de TUTELA de los menores JENIFER AGUIRRE y GUILLERMO AGUIRRE, que se tramitará por vía sumarísima. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derechos sobre la tutela de la menor, por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y espacio destinado a tal fin, por el término de ley.
Dra. MARCELA BARRERA DRA. HAYDE REGONAT Secretaria Jueza por lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe y lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia a sus efectos. Tostado,2 de octubre de 2023.Marcela Barrera, secretaria.
$1
510407
Nov. 17 Nov. 22


SAN CRISTOBAL


JUZGADO CIVIL,COMERCIAL
Y DEL TRABAJO

Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: VILLALBA, CRISTINA E.
s/Quiebra; Expte. N 21-26139363-5, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N 10 en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, Secretaria de la autorizante Dra. Cecilia V. Tovar, se hace saber por 2 dos días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el informe Final y Proyecto de Distribución, de acuerdo a lo establecido por el art. 218 de la Ley 24.522. Asimismo, que se han regulado los honorarios de la C.P.N. José Ernesto Pedro Síndico en la suma de $
198.813,88 y los del Dr. Esteban N. Cattaneo apoderado fallida, en la suma de $
85.205,95. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: SAN CRISTÓBAL, 09 de Marzo de 2022. Proveyendo escrito con cargo actuarial N
1238/2022. Atento lo solicitado y constancias de la causa, líbrese oficio al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal San Cristóbala los fines de que proceda a constituir un plazo fijo renovable automáticamente cada 30 días por la suma existente en

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 22/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date22/11/2023

Page count66

Edition count709

First edition03/05/2002

Last issue12/07/2024

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