Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / LUNES 13 DE NOVIEMBRE DE 2023

forma una línea quebrada, cuyo primer tramo es segmento L-K de seis metros cincuenta y ocho centímetros, lo sigue la línea K-J de un metros cincuenta centímetros:
luego el segmento J-I de veintinueve metros sesenta y cinco centímetros, desde aquí la línea I-H de cuatro metros veintidós centímetros; desde este extremo: diecinueve metros diecisiete centímetros, entre los puntos H-G; al sud/Oeste, diecinueve, metros diecisiete centímetros, segmento G-B y el lado Nord/Oeste, en línea quebrada, cuyo primer tramo es de veinte metros setenta y cuatro centímetros, entre los puntos B-C; desde aquí el segmento C-D de diecinueve metros ochenta y cinco centímetros y cierra el perímetro con la línea D-E de treinta y un metros sesenta y seis centímetros: superficie de QUINIENTOS SESENTA Y UN METROS SETENTA
Y NUEVE CENTMETROS CUADRADOS, en el polígono E-L-K-J-I-H-G-B-C-D-E;
linderos: al Norte/Este, calle Juan de Garay; Sud/Oeste calle Mariano Moreno;
Sud/Este; fracción b, del mismo plano; y al Nord/Oeste, con los lotes 4 y 5 de la Manzana S, descripción según título antecedente.- Dominio subsistente a nombre del accionado anotado al Tº 223 Impar, Fº 1174, Nº 85389 de fecha 22 de Agosto de 2006 Dpto. San Cristóbal del Registro General, cuyo informes F 103, Aforos Nº 1-1-0191479 y Aforo N 1-1-0191481, manifiestan que el dominio no registra hipotecas ni embargos. Informe F 401, Aforo N 1-1-0191480, manifiesta que las personas de referencia no registran inhibiciones. Informe Oficio Positivo Ley 5.110, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 20 de la Ley 5110, se procede a informar que la siguiente persona, maría Graciela Flores DNI N 16.201.420, ha sido pensionada de la C.P.S. LEY 5110. Alta: Marzo 2005, Baja: Septiembre 2022. Informadas en autos deudas -: A.P.I., por Imp. Inmob. Part. Nº 07-02-00-034534/0002-0, períodos Año 2018 2,3, 2019 t, 2020 t, 2021 t, 2022 3,4,5,6 Deuda $
5.009,81.-; Part. N 07-02-00-034534/0003-9, periodos Año 2018 t, 2019 t, 2020
t, 2021 t, 2022 3,4,5,6 Deuda $ 17.342,60.- No registra deuda en gestión judicial. - COMUNA DE HERSILIA, en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, Tasa General de Inmueble Urbano, deuda el monto $ 138.727,49.-; EL
SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL, certifica que las propiedades empadronadas bajo las Partidas Inmobiliarias Nos. 07-02-00-034534/0003
y 07-02-00-034534/0002, se encuentran fuera de la zona contributiva que fije la Ley N 8896 TO. DE LA CONSTATACION JUDICIAL, surge -: me constituyo en el inmueble sito en zona urbana de esta localidad, cuyo resumen de datos del dominio y descripción del inmueble obran en el oficio de referencia, para proceder a la inspección ocular del mismo y producir el informe de constatación, siendo recibido por el señor Luis Adolfo GUITIERREZ, a quien entero de mi cometido dándole amplia lectura al oficio de referencia, franqueada que me es la entrada a la vivienda frente por calle Avda. Juan de Garay, procedo a cumplimentar la diligencia ordenada, detallo: inciso 1º Este inmueble posee dos frentes uno hacia calle Av. Juan de Garay y otro hacia calle Mariano Moreno, ambas arterias poseen la mejora de ripio. Dista a cien 100 metros aprox. de arteria pavimentada más cercana Joaquín del Rio y a quinientos 500 metros aprox. de la arteria principal de este pueblo Avda. Sarmiento Dirección postal 2352. Inciso 2º Posee cerco perimetral mayoritariamente, salvo la parte lindante a calle Mariano Moreno. Sus características: parte de ladrillos cerámicos rojos de aprox. dos metros de alto tapial en muy buen estado de conservación-, parte de tejido tipo rombo en mal estado de conservación y parte por las construcciones existentes lindantes. Solo posee vereda de ladrillos en su frente. Avda. Juan de Garay. Inciso 3º Edificación: vivienda compuesta por: una 1
hab. destinada a local comercial de aprox. 5,50 mts por 5,50 mts., una 1 hab. de aprox. 8,00 mts. por 4,00 mts. dividida por maderas de machimbre formando un pasillo, destinada una parte a dormitorio y otra a cocina y, una 1 hab. destinada a baño instalado lavadero de aprox. 2,50 mts. por 3.00 mts. sus materiales de construcción son paredes de ladrillos revocados, pisos de mosaicos, cemento lechinado y algunos cerámicos, techo de chapa con tirantes de madera y cielorraso de ladrillos. El estado de uso y conservación observado es regular a malo, por tratarse de una construcción antigua, por ejemplo, su techo con goteras. Posee instalación eléctrica. El agua la extraen de una perforación, pero no es buena su calidad para el consumo. Salimos al patio en dirección hacia calle mariano Moreno y, constatamos la existencia de una 1 hab. pequeña y un 1 baño retrete, sus materiales de construcción paredes de ladrillo, techo de chapas y piso de ladrillos. Presenta un estado precario de uso y conservación. - Les corresponden los servicios comunales y de alumbrado público. - Inciso 4º El atendiente, señor Luis Adolfo GUTIERREZ, declara ser propietario, dejando constancia que una persona, mayor de edad, sexo masculino, ocupa la habitación pequeña y baño retrete con salida hacia calle mariano Moreno, en su calidad de préstamo.- Titulos no agregados a autos. Los inmuebles, a saber LOTE N 72, Superficie 411,69 m2.- Partida Impuesto Inmobiliario N 07-02-00-034534/0002-0, Dominio T 223 I. F 1174, N 85389, Fecha 29/08/2006, saldrá a la venta con la Base del Avaluo Fiscal de $ 148,01.-, y LOTE
N 62, Superficie 150,10 m2.- Partida Impuesto Inmobiliario N 07-02-00034534/0003-9, Dominio T 223 I. F 1174, N 85389, Fecha 29/08/2006, saldra a la venta con la Base del Avaluo Fiscal de $ 21.691,24.-, de no existir postores saldrán a la venta con una retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes, saldrán a la venta sin base y al mejor postor, debiendo quien resulte comprador abonar en el acto del remate el 10% del precio de la compra en concepto de seña y a cuenta del total, con más el 3% de la comisión del martillero actuante, con dinero en efectivo, con más los impuestos y/o sellados nacionales y/o provinciales y el IVA si procediere y que estarán a cargo del adquirente al aprobarse la subasta. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado. Las tasas, impuestos municipales y provinciales, y/u otro que grave el inmueble, serán a cargo del comprador a partir de la fecha de remate. El comprador deberá conformarse con las constancias que expida el Juzgado, no admitiéndose reclamo alguno por deficiencia de título y estará a su cargo los gastos que impliquen la inscripción del bien y transferencia del mismo. Asimismo se hará saber a quien resulte adquirente que en caso de compra en comisión en el acto de subasta deberá informar el nombre del comitente en el término de cinco días de efectuado el remate y bajo apercibimiento de considerar la compra efectuada a su nombre. Informes en Secretaría, y/o martillero en Pringles Nº 720, ciudad.- T.E. 03408 15671432. San Cristóbal, Noviembre de 2023.-

S/C
510466
Nov. 09 Nov. 13

EDICTOS DEL DIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


CATAMARCA


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Quinta Nominación de la Primer Cir-

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cunscripción de la Provincia de Catamarca, sito en Republica Nº 436, a cargo de la Dra. Maria Sol Martínez Bombelli Jueza en comisión cita por diez 10 días a la demandada Agroinversiones Estrella S.A. para comparecer en juicio en Expte Nº 107/2018 caratulado BARROS MIGUEL ANGEL c/AGROINVERSIONES ESTRELLA S.A s/Acción de Consumo bajo apercibimiento de designarle Defensora Oficial para que la represente. Publíquese dos días. San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de agosto de 2023. Dra. María Lucia Cano, Secretaria.
$ 50
510195
Nov. 13 Nov. 16


SANTA FE


TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición de los Sres. Jueces, en el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extra contractual N 1 -Sec. 2-, no habiendo comparecido en autos pese a estar debidamente notificado, declárase rebelde al codemandado Marcelo Fabián Donnet, DNI Nº 20.148.127, conforme lo dispuesto en el siguiente decreto: SANTA FE, 18
de Octubre de 2023. Agréguense los edictos acompañados. Atento las constancias de autos, no habiendo comparecido en autos pese a estar debidamente notificado, declárase rebelde al codemandado Marcelo Fabián Donnet. A los fines de la notificación del presente, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de estos Tribunales, por el término y bajo apercibimientos de ley art. 77 de/ CPCC.
Notifíquese. Fdo. DRA. MARIA CECILIA MAINE, secretaria; DRA. NERINA GASTALDI Jueza, por el término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de tribunales. Santa Fe, de 24 de octubre de 2023.DR. Santiago Furno, prosecretario.
510250
Nov. 13 Nov. 16
$ 50


Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia N 5 - 2da. Secretaría, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, se hace saber al Sr. Hugo Ricardo Aimará. DNI Nº 16.818.013, que en autos caratulados: LUNA POTO MARTA
SONIA c/ALMARA HUGO RICARDO s/Divorcio CUIJ 21-10757613-1, tramitados por la Defensora General Civil N 5 por ante el Tribunal Colegiado de Familia N 5
- 2da. Secretaría, se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 03 de Octubre de 2023.
Hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la Dra. Claudia Brown. art.
543 del C.P.C.C. Notifíquese. Otro decreto: Por presentada, domiciliada, con el patrocinio letrado de la Defensora General Civil N 5 Dra. RODRIGUEZ OCAMPO, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por interpuesta petición de divorcio y formulada propuesta reguladora en los términos expresados. Agréguese la documental acompañada. De la petición de divorcio formulada por la Sra. Marta Sonia Luna Poto, hágase saber al Sr. HUGO RICARDO ALMARA. De lo manifestado en cuanto a la propuesta reguladora, córrase traslado a la contraria, por el plazo de diez días y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente lo manifestado respecto del domicilio del demandado. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. Dese intervención al Defensor General que por turno corresponda. Notifiquen los empleados: Blanco, Diburzi, Calabrese, Garibay y/o Cristobal. Notifíquese. Otro decreto: Santa Fe 12 de Octubre de 2023.
Téngase presente. Atento lo peticionado, y las constancias de autos, notifíquese al demandado por edictos que se publicarán de conformidad a las previsiones del art.
73 C.P.C.C. Fdo: Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. Dra. Claudia Brown, Jueza. ARTICULO 438 del Código Civil y Comercial. Requisitos y procedimiento del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Maria Gioda, secretaria. Santa Fe, 26 de octubre de 2023.
S/C
510335
Nov. 13 Nov. 21


Por disposición de la Jueza a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extra contractual N 4 Secretaria 1, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: SCIARRA, DIEGO URIEL c/OLIVER, ALAN JOEL Y
OTROS s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-12158311-6, se notifica al Sr. OLIVER
ALAN JOEL, DNI 40646968, por el término y bajo apercibimientos de ley. Se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: SANTA FE, 03 de Abril de 2023 Habiendo asumido como Jueza integrante de éste Tribunal, la Dra. María Georgina Rodríguez, desígnase a la misma como Jueza de trámite art. 543 del C.P.C
y C. Notifíquese por cédula Fdo. Dr. German Romero, Secretario. Dra. Nora Gloria Abello, Jueza. DR. Gabriel Scaglia, Juez. Dra. Maria G. Rodríguez, Jueza. OTRO
DECRETO: SANTA FE, 03 de Abril de 2023 Por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, y en mérito al poder especial acompañado, acuérdaseles la participación legal que corresponda respecto a DIEGO URIEL SCIARRA. Atento a lo manifestado en el escrito de demanda por el actor, a lo preceptuado por el art. 333
del Código Procesal en lo Civil y Comercial, modificado por la ley 13.615 de la Provincia de Santa Fe, declárase pobre para litigar sin gastos a DIEGO URIEL SCIARRA, DNI 43.955.534, contra ALAN JOEL OLIVER, y/o citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA. Notifíquese por cédula a las partes y a la Administración Provincial de Impuestos. Notifíquese. Fdo.
Dr. German Romero, Secretario. Dra. Maria G. Rodríguez, Jueza. OTRO DECRETO: SANTA FE, 26 de Septiembre de 2023 Agréguese el oficio acompañado.
Como lo solicita, y atento a lo informado, publíquense edictos por el término de Ley en el BOLETÍN OFICIAL y conforme Ley 11.287. Notifíquese. Fdo. Dr. German Romero, Secretario. Dra. Maria G. Rodriguez, jueza.
$ 100
510349
Nov. 13 Nov. 16
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: GONZALEZ, FABIAN ANDRES c/MONTENEGRO, OSCAR MAURICIO s/Pedido De Quiebra;
CUIJ 21-02041379-1, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 6/11/23, AUTOS Y

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/11/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date13/11/2023

Page count58

Edition count727

First edition03/05/2002

Last issue07/08/2024

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