Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 04 DE OCTUBRE DE 2023

7 de agosto de 2023, se hace saber que: SERGIO DARIO MARINONI, argentino, estado civil soltero, nacido el 29 de Julio de 1966, de profesión comerciante, con domicilio en Av. Aristóbulo del Valle Nº 10610 de la ciudad de Santa Fe, quien acredita identidad con DNI N 17.820.903, CUIT
20-17820903-6, y EXEQUIEL DAVID MARINONI, argentino, estado civil soltero, de profesión comerciante, nacido el 19 de Noviembre de 1993, DNI N 37.711.774, CUIT 20-37711774-4, resuelven de común acuerdo constituir una Sociedad Anónima cuyo Estatuto en lo principal y pertinente se transcribe:
Fecha del Acta constitutiva: 7 de agosto de 2023.
Denominación de la sociedad: S.D.M ADMINISTRACIONES S.A.
Domicilio Social: Av. Ignacio Crespo N 982, de la localidad de Recreo, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
Plazo: Treinta años contados desde la inscripción en el Registro Público.
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar Las siguientes actividades: ADMINISTRACION: Actuar como fiduciarios en fideicomisos de cualquier tipo, y administrador de consorcios de todo tipo conforme lo estable el Código civil y Comercial de la Nacían y lo Ley 24.441. La Sociedad para el cumplimiento de su objeto podrá importar o exportas bienes, realizar por cuenta propia y/o de terceros; y/ o asociada a terceros los actos que hacen al objeto social. Participar con otras empresas en Uniones Transitorias. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones como así también ejercer todos los actos que no sean prohibidos por Las leyes o por éste estatuto.
Capital Social: El capital social es de Pesos Cien Mil $ 100.000,00, divididos en diez mil acciones de pesos diez 5 10,00 nominal cada una.
El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley 19550.
Administración: La administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije La Asamblea, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de tres 3, quienes durarán en sus funciones tres 3 ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar tas vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. La Asamblea designará el Presidente. El Directorio funciona con la presencia de a mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por la mayoría de Los votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.
Autoridades: Se designa para integrar el primer Directorio: Presidente:
SERGIO DARIO MARIONI - CUIT N 20-17820903-6 - Soltero - Av. Aristóbulo del Valle 10610 - Santa Fe.
Director suplente: EXEQUIEL DAVID MARINONI - CUIT N 2037711774-4. Soltero - A. Storni 1043 Recreo - Santa Fe.
Representación Legal: Corresponde al Presidente del Directorio.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los accionistas, prescindiéndose de la sindicatura.
Fecha de cierre de ejercicio: 30 de septiembre de cada año.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley. Santa Fe, 6 de Setiembre de 2023. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.
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Oct. 4


TECNOLOGIA TOTAL S.R.L.
CONTRATO

Por disposición del señor Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N 4 en lo Civil y Comercial - segunda nominaciónDr. Fabián Lorenzini, a cargo del Registro Público de Reconquista, se hace saber que en los autos caratulados: TECNOLOGÍA TOTAL S.R.L. s/Constitución de Sociedad, Expte. N 289/2023 - CUIJ: 21-05292503-4, se ha ordenado la siguiente publicación: El día cuatro del mes de septiembre de 2023, Marcelo Paduan y Mariela Alejandra Cainelli, han celebrado el contrato de la sociedad TECNOLOGIA TOTAL S.R.L., la que quedó constituida según lo siguiente:
1 Socios: PADUAN MARCELO de apellido materno Pividori, D.N.I.
21.683.433, CUIT: 20-21683433-0, nacido el 08 de noviembre de 1970, domiciliado en calle 19 N 776 de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe, soltero, de profesión comerciante y la Sra. CAINELLI MARIELA
ALEJANDRA, de apellido materno Vicentín, D.N.I. 21.642.131, CUIT 2721642131-6, nacida el 19 de mayo de 1970, domiciliada en calle 19 N
776, de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe, soltera.
2 Fecha del Contrato Constitutivo: 04 de septiembre de 2023
3 Denominación: TECNOLOGIA TOTAL S.R.L.
4 Domicilio: Calle 18 N 916 - Avellaneda SF.
5 Objeto: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de las siguientes actividades: a Construcción: construcción, reforma y reparación de redes de distribución de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones y de otros servicios públicos, b Comercial: venta al por mayor y por menor de equipos de telefonía y comunicaciones; e Servicios: servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones.
6 Plazo; El término de duración de la Sociedad es de cincuenta 50
años contados desde la inscripción en el Registro Público.
7 Capital Social: El capital social se fija en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000, dividido en tres mil 3.000 cuotas sociales
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de PESOS CIEN $ 100.- de valor nominal cada una, que los socios suscriben totalmente en este acto de la siguiente forma: Marcelo Paduan dos mil setecientas 2.700 cuotas sociales por un valor total de pesos doscientos setenta mil $270.000 en dinero en efectivo, de los que se integran pesos sesenta y siete mil quinientos $ 67.500 correspondiente al 25 % del total del aporte. Manda Alejandra Cainelli, trescientas 300 cuotas sociales por un valor total de pesos treinta mil $30.000 en dinero efectivo, de los que se integran pesos siete mil quinientos $ 7.500 correspondiente al 25% del total del aporte. El saldo restante se integrará en un plazo de dos años.
8 Administración: la administración, representación y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no. El gerente tiene facultad para refrendar en forma individual con su firma personal, precedida de la razón social adoptada y seguida de la enuncación Gerente, toda la documentación relacionada con el giro social, con la prohibición absoluta de comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas al giro de la misma o en prestaciones, garantías o. fianzas gratuitas a favor de terceros. En el ejercicio de la administración el gerente podrá constituir depósitos de dinero o de valores en los bancos, extraerlos total o parcialmente, solicitar y obtener créditos, endosar, descontar o vender valores, girar sin suficiente provisión de fondos de acuerdo con las disposiciones vigentes y efectuar toda clase de operaciones con las instituciones bancarias oficiales, privadas o mixtas del país o del extranjero, ofrecer o aceptar garantías reales o personales, adquirir y/o transferir el dominio de bienes muebles, desarrollar cualquier actividad anexa o conexa con el objeto social, aceptar y/o, transferir poderes especiales en la medida que no se superponga con el régimen de administración ordinario de la sociedad, sustituirlos y/o revocarlos, actuar ante los poderes públicos del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, presentarse en licitaciones públicas y/o privadas y practicar cualquier otro acto y celebrar cualquier contrato que la buena marcha de los negocios sociales aconseje y que se relacionen con el objeto social, a cuyo efecto la enumeración precedente deberá entenderse como meramente enunciativa y no taxativa. Para la compraventa de inmuebles y fondos de comercio, como para el otorgamiento de avales y/o garantías, se requiere la firma de todos los socios. El gerente que se designe garantizará su desempeño depositando una suma de dinero. Dicha garantía deberá consistir en bonos, títulos públicos, depósitos de sumas de dinero de moneda nacional o extranjera en la sociedad o depósitos en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la entidad. Asegurándose en todos los casos su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad de los administradores -término no menor de tres 3 años contados desde el cese del gerente en el desempeño de sus funciones. Se prescinde de la Sindicatura en los términos del art. 158
de la Ley General de sociedades.
Designar gerente titular a MARCELO PADUAN, DNI 21.683.433, CUIT:
20-21683433-0, quien en este acto acepta el cargo y manifiesta en carácter de declaración jurada no estar comprendido en las prohibiciones previstas en el Art. 264 de la ley general de sociedades. Para caso de vacancia, se designa como gerente suplente a MARIELA ALEJANDRA CAINELLI, DNI 21.642.131, CUIT: 27-21642131-6, quien en este acto acepta el cargo y manifiesta en carácter de la declaración jurada no estar comprendido en las prohibiciones previstas en el Art. 264 de la Ley General de Sociedades.
9 Fiscalización: será conforme lo establecido por el art. 55 de la Ley General de Sociedades.
10 Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de Junio de cada año. Dra. María Antonieta Nallip, Secretaria subrogante. Reconquista, 26 de Septiembre de 2023.
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Oct. 4


TECHAARG S.R.L.
PRORROGA

Se hace saber que en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe en fecha 1510812023 y por acta adicional de fecha 08/09/2023 se reúnen los socios que representan el total del capital social de Techaarg S.R.L., Sres. LEANDRO EZEQUIEL FEDERICO PIEDRABUENA, argentino, soltero, DNI 30.757.521, CUIT 20-30757521-4, nacido en fecha 03 de abril de 1984, de profesión comerciante, y el Sr. LEONEL JAVIER PIEDRABUENA, argentino, soltero, DNI 29.234.188, CUIT 2O29234288-2, nacido en fecha 17 de marzo de 1982, de profesión comerciante, ambos con domicilio en calle Corrientes N 1405 de la localidad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, y manifiestan que, teniendo en cuenta que se decidió una modificación a la cláusula segunda del contrato social en razón de su prórroga, resulta necesario en este acto ratificar la prórroga por ciento nueve años 109 años a partir de su inscripción en este Registro, modificando así el punto 1 del acta de reunión de socios y formulando en forma definitiva el texto de la cláusula segunda a fin de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario, el que quedará redactado de la siguiente manera: 1. Modificación de la Segunda Cláusula

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date04/10/2023

Page count72

Edition count707

First edition03/05/2002

Last issue10/07/2024

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