Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/2/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Artículo 3ro.: Intimar a los nominados responsables para que, dentro de los treinta 30 días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, procedan a reintegrar el importe correspondiente al cargo formulado en el artículo precedente, bajo apercibimiento de dar intervención a la Fiscalía de Estado conforme a lo dispuesto por el artículo 224º de la Ley N.º 12.510. Dicho importe deberá depositarse en la Cuenta Corriente Oficial N.º 599-0009001/04 Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU N.º 3300599515990009001042 CUIT
30-67461985-1 Superior Gobierno de Santa Fe Rentas Generales, y remitir la constancia bancaria de la operación realizada a este Tribunal de Cuentas. Artículo 4to.: Dejar establecido que la aprobación de la rendición de cuentas realizada en el artículo 1º de la presente resolución, en modo alguno significa liberar de responsabilidad administrativa patrimonial a los cuentadantes o a los terceros, si como consecuencia de otros procedimientos se manifestaren otros elementos probatorios, errores o falsedades en la documentación considerada conforme al artículo 218º de la Ley n.º 12510. Artículo 5to.: Hacer saber, de conformidad a la Ley nº 12.071, que: Contra los fallos y resoluciones dictados por las Salas en los Juicios de Cuentas y Responsabilidad, procederá el Recurso de Revocatoria ante la Sala que dictó la resolución y de Apelación ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario, los que deben interponerse dentro de los diez 10 días de notificada la resolución impugnada y fundamentarse en el mismo acto artículo 238º de la Ley nº 12.510, reglamentado por este Tribunal de Cuentas mediante Resolución nº 006/2006. Artículo 6to: Regístrese, notifíquese a los responsables y resérvese hasta el vencimiento del plazo acordado.
S/C 38801 Feb. 14 Feb. 16


EDICTO

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Guillermo Luis Ceratto, Director en el Complejo Penitenciario U16 Rosario y a la Ex Habilitada Marcela I. Gonzalez, que en autos caratulados: Expediente Nro.
00901-0109573-9 -TCP-SIE S/ Resolución de S.II Nro. 0868 de fecha 09/09/2022, referida al Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Julio a Septiembre de 2021, la cuál en su parte pertinente establece: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 quince días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.:
Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado FDO.: CPN Sergio O. Beccari
Presidente Dr. Lisandro Mariano Villar Vocal CPN Maria del Carmen Crescimanno Vocal CPN Claudia E. Aragno Sec. Sala II C.F. Secretaria Sala II.
S/C 38802 Feb. 14 Feb. 16


EDICTO

Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Pablo Ariel Alonso, Director en el Complejo Penitenciario U16 Rosario y a la Ex Habilitada Marcela I. Gonzalez, que en autos caratulados: Expediente Nro.
00901-0111714-5 -TCP-SIE S/Resolución de S.II Nro. 1203 de fecha 20/10/2022, referida al Balance de Movimiento de Fondos del MINISTERIO DE SEGURIDAD, correspondiente al período Octubre a Diciembre de 2021, la cuál en su parte pertinente establece: Artículo 1º: Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 quince días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo con más sus intereses los que serán calculados conforme lo establecido por la Resolución Nº 48/03 TCP y modificatoria Resolución R Nº 10/16 TCP y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado FDO.:

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 14/2/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date14/02/2023

Page count76

Edition count702

First edition03/05/2002

Last issue02/07/2024

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