Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Privar de la responsabilidad parental a los progenitores señora Ybarra Aimara Agustina y el señor Sebastián Emanuel Monzón, en los términos dispuestos por el art. 700 inc. b del CCyCN. 3 Otorgar a la señora Estefanía Isabel Barrera, D.N.I. Nº 41.057.410 la Guarda Judicial de Nicolás Matías Monzón, D.N.I. Nº 57.140.212, de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 4 De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12.967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley N 13.237, respecto a la Tutela sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a los progenitores señora Ybarra Aimara Agustina y el señor Sebastián Emanuel Monzón, a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma.
5 Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a los progenitores. 6 Sin perjuicio de la determinación de la Guarda en cabeza de la señora Estefanía Isabel Barrera, la Dirección Provincial de Niñez, deberá acompañar a la guardadora y al niño, para continuar los trámites que se encontraren pendientes. 7 Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 8 Notifíquese a la Defensora General. 9 Insértese y hágase saber. Autos caratulados:
MONZON NICOLAS MATIAS s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes LEY 12.967; CUIJ
21-11333421-2. Dra. María José Diana Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho Secretaria.
S/C 484568 Sep. 13 Sep. 15


Por disposición de la Dra. María José Diana, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Aimará Agustina Ybarra, D.N.I. 42.130.462, la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: MONZON, NICOLAS MATIAS -NIÑOy otros s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes LEY 12.967; 21-11333421-2 3093/2018, la que a continuación se transcribe: N 1604.. Rosario, 20
de Mayo de 2022. Y Vistos Y Considerando Resuelvo: 1 Legitimar el acto administrativo de resolución definitiva de la medida de protección excepcional decidida por Disposición N 99/21 del 16 de Julio de 2021 de fs. 100/102 por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos del Niño, Adolescencia y Familia, con respecto al niño Nicolas Matias Monzón, D.N.I. N 57.140.212, nacido en fecha 28 de Junio de 2018, hijo de la señora Ybarra Aimara Agustina, D.N.I. N 42.130.462 y de Sebastián Emanuel Monzón, D.N.I. N 34.938.054, ambos con último domicilio conocido en calle Nicaragua N 137 de la ciudad de Rosario. 2 Privar de la responsabilidad parental a los progenitores señora Ybarra Airnara Agustina y el señor Sebastián Emanuel Monzón, en los términos dispuestos por el art. 700 inc. b del CCyCN. 3 Otorgar a la señora Estefanía Isabel Barrera, D.N.I. Nº 41.057.410 la guarda judicial de Nicolás Matías Monzón, D.N.I. Nº 57.140.212, de conformidad con lo establecido por el art. 104 y ccdtes. del CcyCN, quien deberá aceptar el cargo ante el Actuario en debida forma. 4 De conformidad con lo establecido por el art. 66 bis de la Ley 12.967, Decreto Reglamentario y su modificatoria Ley N 13.237, respecto a la Tutela sugerida por la Dirección Provincial de Niñez, cítese a los progenitores señora Ybarra Aimara Agustina y el señor Sebastián Emanuel Monzón, a estar a derecho, expedirse sobre la medida definitiva propuesta y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación, tal como lo ordena la mencionada norma.
5 Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y a los progenitores. 6 Sin perjuicio de la determinación de la Guarda en cabeza de la señora Estefanía Isabel Barrera, la Dirección Provincial de Niñez, deberá acompañar a la guardadora y al niño, para continuar los trámites que se encontraren pendientes. 7 Notifíquese a la Dirección Provincial dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. 8 Notifíquese a la Defensora General. 9 Insértese y hágase saber. Autos caratulados:
MONZON NICOLAS MATIAS s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes LEY 12.967; CUIJ
21-11333421-2. Dra. María José Diana Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho Secretaria.
S/C 484570 Sep. 13 Sep. 15


Por disposición de la Dra. María José Campanella, jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Romina Ayelén Martínez Blanco, D.N.I. 33.335.826, la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: FANDI ISABELLA s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes LEY 12.967; 21-23586148-5, la que a continuación se transcribe: N 970. Rosario, 08 de abril de 2022. Y Vistos y Considerando Resuelvo: 1 Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 13/9/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date13/09/2022

Page count117

Edition count716

First edition03/05/2002

Last issue23/07/2024

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