Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 21/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

$ 52,50 471560 Feb. 21 Feb. 23


Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7, Dra. Gabriela Topino, Secretaría de Vulnerabilidad a cargo de la Dra. Lorena Bottini, en autos caratulados: RIOS, JUAN ZOILO s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967, CUIJ N 21-11365184-6, se ha dispuesto notificar por edictos al Sr. Juan Zoilo Ríos, D.N.I. 14.687.903, la siguiente resolución: N 134 Rosario, 9 de Febrero de 2022. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: 1- Ratificar la Disposición Nro. 142 de fecha 16 de septiembre de 2021
mediante la cual se resuelve definitivamente la Medida de Protección Excepcional adoptada en relación a las niñas Analía Melina Marcela Rojas, DNI 47.762.486, nacida en fecha 15 de febrero de 2007 y Sol Regina Ivana Ríos, DNI 50.061.190, nacido en fecha 30 de enero de 2010, hijas de la Sra. Nilda Patricia Rojas, DNI 26.070.337
fallecida y la niña Sol Ríos es hija también del Sr. Juan Zoilo Ríos DNI 14.687.903; 3- Prorrogase la misma y la intervención de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia hasta tanto se determine una nueva situación jurídica de las niñas. 4- Declarar en situación de adoptabilidad a Analía Melina Marcela Rojas, DNI 47.762.486 y Sol Regina Ivana Ríos, DNI 50.061.190; 5- Requerir a la Dirección Provincial informe en el plazo de 48 hs. los datos requeridos, en caso de no constar en autos, en el artículo 2 del decreto 517012016. 6- Firme que se encuentre la presente Resolución, oficiar al Registro Único Provincial de aspirantes a guarda con fines Adoptivo en los términos del art. 8 del Anexo Único del Decreto 401/11 a que en el plazo de 72 hs. remitan legajos de personas con disponibilidad de la adopción requerida. 7- Reiterar a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de observar estrictamente los plazos establecidos en la Ley 12.967. 8- Dar intervención a la Sra. Defensora General a los fines previstos en el artículo 6 bis de la Ley 12.967 cuatro párrafo. 9- Dar intervención a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines de revisar lo actuado e intervenir en la actual situación de las niñas. 10- Notifíquese al progenitor de las niñas y a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2º Circunscripción. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Topino Jueza Dra. Bottini Secretaria. Rosario, 11 de Febrero de 2022.
S/C 471484 Feb. 21 Feb. 23


Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N 71 Dra. Gabriela Topino, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados: PECA, NAZARENO SAMUEL y Otros s/Control de legalidad de medidas excepcionales y urgentes Ley 12.967 - CUIJ N 21-11347589-4, se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. Agustina Peca, DNI 39.369.858, la siguiente resolución: N 171 - Rosario, 10 de febrero de 2022. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: 1- Ratificar la Disposición Nro. 159 de fecha 21 de octubre de 2021
mediante la cual se resuelve definitivamente la Medida de Protección Excepcional adoptada en relación al niño de autos; 2- Prorrógase la misma y la intervención de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia hasta tanto se determine una nueva situación jurídica del niño; 3- Declarar en situación de adoptabilidad a Nazareno Samuel Peca, D.N.I. 55.310.751 nacida en fecha 28 de diciembre de 2015
siendo hijo de la Sra. Agustina Peca, D.N.I. 39.369.858; 4- Requerir a la Dirección Provincial informe en el plazo de 48 hs. los datos requeridos , en caso de no constar en autos, en el artículo 2 de decreto 5170/2016. 5- Firme que se encuentre la presente Resolución, oficiar al Registro Único Provincial de aspirantes a guarda con fines Adoptivo en los términos del art. 8 del Anexo Único del Decreto 401/11 a que en el plazo de 72 hs. remitan legajos de personas con disponibilidad de la adopción requerida. 6-Reiterar a la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia la necesidad de observar estrictamente los plazos establecidos en la Ley 12.967. 7- Dar intervención al Sr. Defensor General a los fines previstos en el artículo 66 bis de la Ley 12.967 cuatro párrafo. 8- Dar intervención a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines de revisar lo actuado e intervenir en la actual situación del niño. 9- Notifíquese a la progenitora y ala Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2º Circunscripción. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Topino Jueza - Dra. Bottini Secretaria. Rosario, 11 de febrero de 2022.
S/C 471485 Feb. 21 Feb. 23


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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 21/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date21/02/2022

Page count53

Edition count720

First edition03/05/2002

Last issue29/07/2024

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