Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

ARTÍCULO 4.- Suspéndase por el período fiscal 2022 la aplicación de los coeficientes de convergencia creados por tos artículos 5 y 6 de la Ley N 13.750, modificados por los artículos 9 y 10 de la Ley N 13.875 y artículos 4
y 5 de la Ley 13.976 respectivamente, para el Impuesto Inmobiliario Rural, Urbano y Suburbano.
ARTÍCULO 5.- Los contribuyentes del impuesto Inmobiliario Rural, titulares de partidas inmobiliarias cuya sumatoria no supere la cantidad de cincuenta 50 hectáreas y resulten afectadas en forma directa por dichos titulares a la actividad agropecuaria, podrán cancelar el impuesto del año fiscal 2.022 con el mismo valor determinado para el año fiscal 2.019, debiendo solicitar dicho beneficio ante la Administración Provincial de Impuestos conforme al procedimiento que a tal efecto establezca dicho organismo.
ARTÍCULO 6.- Exímese del Impuesto Inmobiliario, hasta el 31 de diciembre de 2022, a los inmuebles sitos en el edificio de calle Salta N 2141, y a los situados en calle Salta N 2127, 2129, 2133 y 2135, de la ciudad de Rosario, afectados por el siniestro acaecido en fecha 6 de Agosto de 2.013.
ARTÍCULO 7.- Los contribuyentes que resulten titulares de partidas inmobiliarias que no hayan registrado deudas al finalizar los periodos fiscales 2.020 y 2.021 inclusive, como beneficio a su buena conducta fiscal, quedaran eximidos del pago de la ultima cuota del impuesto que se emita en el año fiscal 2.022.

CAPÍTULO II
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
ARTÍCULO 8.- Sustitúyese el inciso ñ del artículo 213 del Código Fiscal Ley N 3456 t.o. 2014 y sus modificatorias, por el siguiente:
ñ Las actividades industriales en general de empresas que hayan tenida ingresos brutos anuales totales en el período fiscal inmediato anterior al considerado, que resulten inferiores o iguales a ciento cuarenta millones de pesos $ 140.000.000, excepto para los ingresos que provengan del expendio de productos de propia elaboración directamente al público consumidor, la actividad industrial desarrollada bajo la modalidad de fason y la actividad de transformación de cereales y oleaginosas.
La exención establecida en el presente inciso alcanzará a la actividad de las industrias lácteas únicamente si se han cumplido en forma conjunta las siguientes condiciones:
1. Que todas sus compras de materia prima hayan sido realizadas en el marco de acuerdos lácteos formalizados;
2. Que en los mismos se hayan acatado las cláusulas y condiciones propuestas por la Mesa de Concertación y Determinación del Precio de Referencia de Leche;
3. Que en todos los rasos y por todas las operaciones concertadas se haya pagado un precio al productor igual o superior al precio mínimo de referencia establecido por la Mesa de Concertación y Determinación del Precio de Referencia de Leche;
4. Que hayan cumplimentado con los deberes de información y publicación impuestos en la normativa vigente El cumplimiento de las condiciones que se establecen en el presente inciso será acreditado con certificación emitida por la Mesa de Concertación y Determinación del Precio de Referencia de Leche, bajo el procedimiento que establezca la reglamentación.
Las actividades industriales derivadas de la transformación de cereales y oleaginosas realizadas por cooperativas que hayan tenido ingresos brutos anuales totales, en el período fiscal inmediato anterior al considerado, inferiores a la suma de pesos ciento cuarenta millones $ 140.000.000, y hayan procesado en dicho periodo menos de trescientas sesenta mil 360.000 toneladas de granos.
Los ingresos provenientes de la venta directa de carne, realizada por establecimientos faenadores de animales vacunos, porrinos, ovinos y caprinos, efectuada a cualquier otra operador de la cadena comercial o el Público consumidor, cuando tos ingresos brutos anuales totales generados por esta actividad, en el período fiscal inmediato anterior al considerado, resulten inferiores o iguales a la suma de pesos sesenta y seis millones

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 17/1/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date17/01/2022

Page count53

Edition count728

First edition03/05/2002

Last issue09/08/2024

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