Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

BOLETÍN OFICIAL
RÍO GALLEGOS, 04 de julio de 2023.-

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

AÑO LXVIII N 5789

Artículo 11 REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial; Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General de Administración, Dirección de Despacho, Notifíquese al Interesado. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz _______
DISPOSICIÓN N 00016
RÍO GALLEGOS, 02 de marzo de 2023.VISTO:
El Expediente Nº 493.059/2019, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fojas N 119, del presente expediente el Sr. Jorge Eduardo Jaramillo, solicita la renovación del Permiso para la captación y uso especial del agua pública del pozo ubicado en las coordenadas S463454,8 O 705544,1, con fines comerciales en la Localidad de Perito Moreno;
Que Obra en el presente expediente en forma actualizada, los correspondientes Protocolos de agua y las publicaciones de la solicitud de renovación, toda información oportunamente solicitado por esta Dirección Provincial;
Que la dotación que se autorizará es de 6,5m3/día, según lo requerido por el titular del emprendimiento y teniendo en cuenta la capacidad de la bomba de extracción, por un período de doce 12 meses, desde el día de la fecha;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición N 020/2013 de la Ley 1451 o la que en un futuro la reemplace;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado en boca de pozo;
Que obra informe a fojas N 129, en el presente expediente;
Que asimismo obra en el presente expediente, dictamen favorable por parte de Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, ante lo cual se sugiere otorgar los permisos solicitados;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002
delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Renovar el permiso a favor de Jaramillo Jorge Eduardo, titular del emprendimiento, con domicilio Real en Agustín Osses 1018, de la Ciudad de Perito Moreno, provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua pública del pozo denominado P1, ubicados en las coordenadas S 463454,8 O 705544,1.Artículo 2 La dotación de extracción de agua subterránea que se autoriza es de 6,5 m3/día, por un período de doce 12 meses, desde el día de la fecha.Artículo 3º La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura del caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación de caudales.Artículo 4º.La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 Sistema tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz a la Cuenta Corriente N 03-1416055/2 CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, Cuit N 30-65694983-6, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Dicho pago deberá ser acreditado en esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dentro de los 30 días siguientes a la correspondiente certificación emitida.Artículo 5 Que sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoría General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la provincia en lo concerniente a la calidad del agua para el consumo humano y ser acreditado ante esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la presente.Artículo 6º Para realizar la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 treinta días de anticipación a la fecha de vencimiento.Artículo 7 En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerará como habitual el máximo caudal autorizado.Artículo 8º Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que dieran origen a dicha infracción.Artículo 9º El presente fue elaborado a partir de documentación suministrada por la parte interesada en Pág. 16

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date04/07/2023

Page count38

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031