Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/12/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 20

RÍO GALLEGOS, 21 de Diciembre de 2021.-

19550 correspondiente a los ejercicios iniciados el 01 de Enero de 2010 hasta el finalizado el 31 de Diciembre de 2016. 6to. Tratamiento del supuesto mal desempeño de los administradores Art. 59 y 274 ley 19550 y/o aprobación de las gestiones desde la última aprobada. 7mo.
Tratamiento general de la Sociedad; 8vo. tratamiento del estado de cesación de pagos, convocatoria de acreedores y/o quiebra; 9no. Tratamiento de la integración de aportes de capital de los socios para hacer frente a las obligaciones; 10mo. Tratamiento de la disolución Social en los términos del Art. 94, inc. 6, Ley 19550 y nombramiento de un socio liquidador con facultades de la ley para realizar completa de la Sociedad y realizar el informe respectivo; 11avo. Designación de un profesional de las Leyes para la realización o continuación de cualquier tipo de Juicio o representación de la Sociedad.
La acreditación de cada socio se efectuará como de costumbre social y en cumplimiento de lo establecido en el Art. 238 Ley 19550, deberán comunicar asistencia llamando al presidente en ejercicio al tel.: 297 154626208.CAÑADÓN SECO, 20 de Noviembre de 2021.-

P-2

JUSTO R. HERRERA
Presidente ________
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

El Consejo Directivo del Colegio de Trabajadores de la Higiene y Seguridad de la provincia de Santa Cruz, Ley Provincial 3610/18, informa y convoca a sus colegiados al acto de ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA que se realizará el día 08 de Enero del año 2022 a las 10:45 horas, en el Teatro Municipal Héctor Marinero sito en calle Avenida San Martín N 835.
ORDEN DEL DÍA
Lectura del acta.
Designación de un Presidente y un Secretario de la Asamblea.
Revisión del Código de Ética Profesional.
Revisión del Reglamento Electoral.
Elección de dos asambleístas para refrendar el acta.
Formalidades de la convocatoria:
El colegiado deberá exhibir su documento.
Se deberá respetar los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria.
En caso de no lograrse, el quórum necesario, se convoca en 2da convocatoria a las 11.00 horas, en la misma modalidad y fecha, para considerar el orden del día que antecede.

P-2

MATIAS HERNANDEZ
Presidente LUCAS ROMANOS
Tesorero ________

NOTIFICACIÓN
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A:
LA R/S HWT TRANSPORTE S.R.L
Hago saber Ud., que autos caratulados CALEUTRU DOMINGO FELISARIO SOBRE RECLAMO LABORAL CONTRA HWT TRANSPORTE
S.R.L., que se tramita ante la Dirección de Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Caleta Olivia dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz, bajo Expediente N
517.572/2019, se ha dictado Resolución N 293/21 que transcripta en sus partes pertinentes dice así Rio Gallegos 28 de Junio del 2021; VISTO CONSIDERANDO: Que, a fs. 02 obra Acta Denuncia formulada por el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI
N 12.834.767 con domicilio en la calle Maipú N 1282
de la localidad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz formulando un reclamo laboral contra la razón social
HWT TRANSPORTE S.R.L. con domicilio en calle Alvear N 617 de la misma localidad por adeudarle los siguientes rubros: Entrega de certificado de trabajo art. 80 LCT, certificación de servicios y remuneraciones, manifestando que ingresó en relación de dependencia con la firma mencionada a partir del día 01/02/2011 hasta el día 30/05/2017 en calidad de chofer cumpliendo un horario de 06:00 a 10:00 horas y 18:00 a 22:00 horas. El funcionario actuante convoca a una audiencia de conciliación para el día 07 de Noviembre de 2018 a las 10:00 horas; Que, a fs. 03/10 obra Documentación que hace al derecho de defensa de la parte denunciante; Que, a fs. 11/13 obran Cédula de Notificación debidamente diligenciadas a la parte demandada citándola a la audiencia fijada para el día 07 de Noviembre de 2018 a las 10:00 horas; Que, a fs. 14 obra Acta donde se presenta ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Caleta Olivia dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la parte denunciante, el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI N 12.834.767. Abierto el acto se le cede la palabra al denunciante quien ratifica la demanda formulada en todos sus términos y ante la imposibilidad de notificar fehacientemente a su empleador solicita que se fije nueva fecha de audiencia y se cite a la Empresa HWT TRANSPORTE S.R.L. El funcionario actuante manifiesta que se fija una audiencia para el día 13 de Noviembre 2018 a las 10:00 horas; Que, a fs. 16 obra Acta donde se presenta ante la Dirección Policía de Trabajo, Empleo y Seguridad e Higiene Caleta Olivia dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social por la parte actora el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI N 12.834.767.
Abierto el acto la parte actora toma la palabra manifestando que reitera su reclamo en todo y cada uno de sus términos y solicita se cite a la demandada por la fuerza.
El funcionario actuante fija una nueva audiencia para el 23 de Noviembre de 2018 a las 10:00 horas; Que, a fs 17 obra Nota dirigida al señor jefe Seccional Segunda de Policía solicitando arbitre los medios a su alcance para notificar a la Empresa HWT TRANSPORTE S.R.L.
de la audiencia para el día 23 de Noviembre de 2018 a las 10:00 horas; Que a fs. 18 obra Acta donde se presenta ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Caleta Olivia el señor dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social por la parte actora el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI N 12.834.767, y por la parte demandada HWT TRANSPORTE S.R.L. lo hace el señor Marcelo Fabián WILLIAMS titular del DNI N
22.203.057. Abierto el acto toma la palabra la parte demandada quien manifiesta que toma vista del reclamo y compromete a traer la documentación solicitada para el viernes 30 del corriente mes. Toma la palabra la parte actora manifestando que no pone objeción a lo manifestado por la demandada y que una vez que se encuentre dicha documentación procederá a retirarla; Que, a fs. 23
obra Acta donde se presenta en forma espontánea ante la Dirección Policía de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI N 12.834.767. Abierto el acto toma la palabra la parte actora quien manifiesta que se presenta a efectos de informar a que el señor Marcelo Fabián WILLIAMS en su calidad de responsable de la Empresa HWT TRANSPORTE S.R.L. no procedió a dejar el Certificado de Trabajo, certificación de servicios y remuneraciones Art. 80 LCT como se comprometió en audiencia de fs. 18, es por ello que solicita una nueva audiencia y que se cite a la demandada por la fuerza pública. El funcionario actuante fija una nueva audiencia para el día 21 de Diciembre a las 10:00 horas; Que, a fs.
24 obra Nota dirigida al señor Jefe Seccional Segunda de Policía solicitando arbitre los medios a su alcance para lograr el comparendo de la Empresa HWT
TRANSPORTE S.R.L. de la audiencia para el día 21
de Diciembre de 2018 a las 10:00 horas; Que, fs. 25
obra Acta donde se presenta ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Caleta Olivia dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el señor Domingo Felisario CALEUTRU titular del DNI N 12.834.767. Abierto el acto la parte actora manifiesta que ante la incomparecencia de su ex empleador estando debidamente notificado y siendo esta la cuarta audiencia solicita el Decaimiento de derecho Art.
4 Ley 2450, ya que esto resulta un perjuicio para iniciar los trámites para su jubilación, por lo expuesto solicita que esta autoridad resuelva, adjunta en este acto copia
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5622 DE 22 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
del traspaso de la empresa a nombre a ADELAIDA
AGUIRRE a HWT TRANSPORTE S.R.L. obrante a fs. 26; Que, a fs. 28 obra Dictamen N 42/DALZN/19
por el cual se determina el Decaimiento de sus derechos a la razón social HWT TRANSPORTE S.R.L.; Que, a fs. 33 obra Nota de la señora Adelaida AGUIRRE
titular del DNI N 5.139.885 mediante la cual informa al ANSES fecha desde la cual prestó servicios el señor CALEUTRU; Que, a fs. 34/37 obran Cartas Documentos notificado el Decaimiento de Derecho a formular descargo en virtud a las reiteradas incomparecencias injustificadas a las audiencias fijadas por esta autoridad laboral de acuerdo a Dictamen N 042/DALZN/2019
obrante a fs. 28 Que, a fs. 39 obra Acta donde se presenta ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Caleta Olivia dependiente de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el señor DOMINGO Felisario CALEUTRU titular del DNI N
12.834.767 quien manifiesta que se presenta para informar el nuevo domicilio de su ex empleadora: Barrio Bella Vista calle Larralde N 114; Que, a fs. 40/43 obra Cédula de Notificación y Carta Documento debidamente diligenciada a la parte demandante al nuevo domicilio notificado Decaimiento de Derecho a formular descargo en virtud a las reiteradas incomparecencias injustificadas a las audiencias fijadas por esta autoridad laboral de acuerdo a Dictamen N042/DALZN/2019
obrante a fs. 28 Que, a fs. 46/48 obra Nota dirigida al señor Jefe Seccional Cuarta de Policía según Dictamen N 452/DALZN/2019 obrante Fs. 44, solicitando arbitre los medios a su alcance para notificar de la Cédula de Notificación N 368 en la cual se dan por decaído sus derechos a formular descargo; Que, elevado el expediente de marras a la Asesoría Letrada Zona Norte y analizado el mismo, teniendo en cuenta la actitud dilatoria y obstruccionista por parte de la empleadora, en virtud al hecho de no comparecer a las audiencias, notificándolo así, del decaimiento de derechos; y visto la verosimilitud de los derechos del trabajador en el reclamo incoado, correspondería que pase al Departamento de Liquidaciones para efectuar la cuantificación, teniendo en cuenta que esta Asesoría Letrada, considera que resulta pasible la Razón Social de la aplicación de la multa prevista en el art. 80 de la LCT., al no dar cumplimiento a la notificación cursada por el trabajador obrante en telegrama a fs. 04. Por ello y por la aplicación de los artículos 4 y 8 de la Ley 2450, corresponde Dejar Expedita la Vía Judicial, previo depósito o caución que garantice de manera suficiente el presente crédito laboral; Que, a fs. 55
remitidas las actuaciones al Departamento de Liquidaciones, la misma practica la cuantificación de la multa Art. 80 LCT en base a los recibos obrantes a fs.08 por la suma total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y TRES con 60/100 $
99.963,60; Que, conforme a las facultades conferidas por los Art. 4 y 8 de la Ley 2450 de procedimiento administrativo en lo laboral, en concordancia con el Dictamen N 590/DALZN/19 emitido por la Dirección de Asesoría Letrada Zona Norte de este Ministerio obrante a 51, debe dictarse el Acto Administrativo correspondiente; POR ELLO: EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE ARTICULO 1: DEJAR EXPEDITA LA VIA
JUDICIAL a la Razón Social: HWT TRANSPORTE S.R.L. con domicilio en Barrio Bella Vista calle Larralde N114 de la localidad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz, en el Expediente Administrativo N
517.572/2019, previo deposito o caución que garantice de modo suficiente sus obligaciones laborales, conforme los considerandos de la presente.- ARTÍCULO 2: DETERMINAR que el depósito previo asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS $ 99.963,60 la que deberá ser depositada dentro de los tres 3 días hábiles a partir de su notificación, en la Casa Central del Banco Santa Cruz S.A. y/o Sucursales, Cuenta Corrientes caución 343136/3 - C.B.U. N 0860001101800034313636 CUIT N 30-71611032-6 perteneciente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Art. 54 de la Ley N 2450/96, debiendo presentar el comprobante de depósito, dentro de las 48 hs de efectuado el mismo.-ARTÍCULO 3: La falta de acreditación de la constancia de depósito ante este Organismo, dentro del plazo estipulado en el Artículo anterior, dará lugar a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a lo dispuesto en el Anexo II Capítulo 2 Artículo 8 del Pacto Federal del Trabajo ratificado por Ley 25.212 y Ley Provincial

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/12/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date21/12/2021

Page count22

Edition count1770

First edition19/02/2002

Last issue23/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2021>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031