Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 6
NOTIFICAR al prestador Sra. CUSCÓ María Julieta, D.N.I. N 29.700.745 con domicilio indicado en el Artículo 1.PABLO GODOY
Secretario de Estado de Turismo Ministerio de Producción, Comercio e Industria Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICIÓN N 037
RÍO GALLEGOS, 15 de Abril de 2021.Expediente Nº 445.263 M.P.C.I./2021; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 769/85 y el Decreto Provincial Nº 2185/09.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el Nº 2063, en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO, al establecimiento denominado CABAÑAS RINCON DE LOS POETAS propiedad del Sr.
QUEVEDO Rodolfo Rafael, C.U.I.T. N 20-13585109-5, con domicilio comercial en Patagonia Argentina N 226, de la localidad de Los Antiguos.CLASIFICAR como CABAÑAS y CATEGORIZAR con 1 ESTRELLA, al establecimiento citado en el Artículo 1º.La presente categoría de acuerdo al Artículo Nº 146 del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.De acuerdo al Decreto Provincial 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.NOTIFICAR al Prestador Sr. QUEVEDO Rodolfo Rafael, C.U.I.T. N 20-13585109-05 en el domicilio indicado en el Artículo 1.PABLO GODOY
Secretario de Estado de Turismo Ministerio de Producción, Comercio e Industria Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICIÓN N 038
RÍO GALLEGOS, 15 de Abril de 2021.Expediente Nº 445.162-M.P.C.I./2021; la Ley Provincial de Turismo Nº 1.045, el Decreto Provincial Nº 2.185/09, el Decreto Reglamentario Nº 769/85.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el N 2054 en el rubro ALOJAMIENTO
TURISTICO, al establecimiento denominado HOSPEDAJE LO DE GUILLE, sito en Halvorsen N 65, de la localidad de El Chaltén, propiedad del señor RONCAROLO Hugo Gastón, C.U.I.T. N 20-23816015-05.CLASIFICAR como ALBERGUE TURISTICO y CATEGORIZAR como ESTANDAR B, al establecimiento citado en el Artículo 1.La presente categoría de acuerdo al Artículo 146 del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5590 DE 14 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 02 de Septiembre de 2021.turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.NOTIFICAR al Prestador señor RONCAROLO Hugo Gastón, C.U.I.T. N 20-23816015-05 en el domicilio indicado en el Artículo 1.PABLO GODOY
Secretario de Estado de Turismo Ministerio de Producción, Comercio e Industria Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICIÓN N 039
RÍO GALLEGOS, 15 de Abril de 2021.Expediente Nº 404.451-M.E.O.P./05; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Provincial Nº 769/85 y el Decreto Provincial Nº 2185/09.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 2064, en el rubro ESTABLECIMIENTO TURISMO RURAL, al establecimiento denominado comercialmente ESTANCIA NIBEPO AIKE, cuya explotación comercial se encuentra a favor de la firma NIBEPO AIKE S.C. C.U.I.T. N 30-50792634-3, con domicilio comercial en Ruta Provincial 15 KM 56 en cercanías de la localidad de El Calafate, provincia de Santa Cruz.La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su Artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 2534/04 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.NOTIFICAR la firma NIBEPO AIKE S.C. C.U.I.T. N
30-50792634-3, en el domicilio indicado en el Artículo 1.PABLO GODOY
Secretario de Estado de Turismo Ministerio de Producción, Comercio e Industria Provincia de Santa Cruz ________

EDICTOS
EDICTO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia Nro. DOS en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería con asiento en Río Gallegos - Pje. Kennedy Casa Nº 3 -, siendo su Juez titular el Dr. MARINKOVIC Francisco Vicente, Secretaría Nro.
UNO a mi cargo, se ordenó la publicación de edictos por tres 3 días en los autos caratulados: AYANCAN JOSE
ADALIO Y MUÑOZ MUÑOZ MARÍA IDA S/ SUCESION AB - INTESTATO Expte. Nº 21107/2021;
se citan y emplazan a herederos y acreedores de los causantes: AYANCAN JOSE ADALIO, DNI 18.835.428, y MUÑOZ MUÑOZ MARÍA IDA, DNI 18.646.603, para que dentro del plazo de treinta 30 días, lo acrediten -art.
683 del C.P.C.C.-.

BOLETIN OFICIAL
Publíquese edictos en el Boletín Oficial de ésta ciudad.
RÍO GALLEGOS, 15 de Julio de 2021.-

P-1

VARELA SILVANA RAQUEL
Secretaria ________
EDICTO

Por disposición de S.S. el Sr. Juez del Juzgado Provincial de Primera Instancia, en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº Dos de Río Gallegos, a cargo del Sr. Juez Dr. Francisco Marinkovic, Secretaría Nº Dos, a cargo de la Dra. Silvina R. Varela, sito en calle Pasaje Kennedy Casa Nº 3 de la Ciudad de Río Gallegos, se cita y emplaza en los términos del Art. 683 del C.P.C. y C. a herederos y acreedores del Sr. MARGINET RICARDO ERNESTO
DNI N 16.894.091 para que en el término de 30 días acrediten su derecho en los autos caratulados: MARGINET RICARDO ERNESTO S/ SUCESION ABINTESTATO Expte. Nº 21173/21.
Publíquense edictos por tres 3 días en el Boletín Oficial y en el Diario La Opinión Austral.
RIO GALLEGOS, 13 de Julio de 2021.

P-1

VARELA SILVANA RAQUEL
Secretaria ________
EDICTO Nº 064/2021
PETICIÓN DE MENSURA

Se hace saber por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días que se ha proveído el Registro de Petición de Mensura de la Mina: LAURA conforme lo establece el Artículo 81º del Código de Minería para aquellos que se creyeren con derecho a deducir oposición la efectúen de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 84º del citado Código.- PETICIONANTE: MINERA MINAMALU S.A.
UBICACIÓN: COORDENADAS DE LA LABOR LEGAL: X: 4.668.905,00 Y: 2.518.108,00. Las pertenencias se ubicaron de la siguiente manera: COORDENADAS
DE LOS ESQUINEROS DE LAS PERTENENCIAS:
A1.X: 4.670.057,74 Y: 2.509.201,00 B13.X: 4.670.057,74
Y: 2.523.645,00 C38.X: 4.668.500,00 Y: 2.523.645,00
D26.X: 4.668.500,00 Y: 2.509.201,00. SUPERFICIE
TOTAL: 2.249Has 99a 96 ca. Ubicación: Lotes: 19-1822-23 Fracción: XI Departamento: Deseado, de la Provincia de Santa Cruz, en predios de las estancias LOS
PIRINEOS MAT 892 T 47 F 30/31 FINCA 122214. EL
TRANQUILO MAT 91. LA RECONQUISTA MINA:
LAURA EXPEDIENTE Nº 4312.315/BE/06.- PUBLÍQUESE. - Fdo. Gerardo TERRAZ Secretario de Estado de Minería Autoridad Minera de 1º Instancia de la Provincia de Santa Cruz.-

P-1

Esc. JAQUELINA EDITH SZACHRAJ
Escribana de Minas Provincia de Santa Cruz ________
EDICTO Nº 065/2021
PETICIÓN DE MENSURA

Se hace saber por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días que se ha proveído el Registro de Petición de Mensura de la Mina: 9 DE JULIO conforme lo establece el Artículo 81º del Código de Minería para aquellos que se creyeren con derecho a deducir oposición la efectúen de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 84º del citado Código.- PETICIONANTE: MINERA MINAMALU S.A.
UBICACIÓN: COORDENADAS DE LA LABOR LEGAL: X: 4.632.260,00 Y: 2.473.233,00. Las pertenencias se ubicaron de la siguiente manera: COORDENADAS
DE LOS ESQUINEROS DE LAS PERTENENCIAS:
A1.X: 4.637.111,00 Y: 2.472.650,00 B4.X: 4.637.111,00
Y: 2.475.650,00 C21.X: 4.632.111,00 Y: 2.475.650,00

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/9/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date02/09/2021

Page count14

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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