Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 6

RIO GALLEGOS, 18 de Marzo de 2021.-

RESOLUCION Nº 007
PROYECTO Nº 027/2021
SANCIONADO: 11/03/2021
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- SOLICITAR al Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Santa Cruz, la implementación de los medios que considere necesarios para la efectiva creación y puesta en marcha de una Oficina de Violencia Doméstica OVD, con sus respectivos equipos interdisciplinarios y profesionales de abordaje, en la ciudad de Pico Truncado.Artículo 2º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 11 de marzo de 2021.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS DE
TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N 007/
2021.Sra. KARINA ALEJANDRA NIETO
Vicepresidenta 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Sr. PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________

RESOLUCIONES
SINTETIZADAS
H.D. I.D.U.V.
RESOLUCION N 1175
RÍO GALLEGOS, 10 de Agosto de 2020.Expediente IDUV N 047.869/09/2012.ADJUDICAR EN VENTA la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Parcela 12 Manzana 51 correspondiente a la Obra: CONSTRUCCIÓN DE
CATORCE VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD PICO
TRUNCADO, UBICADAS EN LAS PARCELAS N 01
A LA PARCELA N 14 DE LA MANZANA 51 DE LA
SECCIÓN A, a favor de la señora Mirta Alejandra HELFER DNI N 30.252.306, de nacionalidad argentina, nacida el día 10 de agosto de 1983, de estado civil soltera, en condominio con el señor Juan Eduardo LEIVA
DNI N 17.428.354, de nacionalidad argentina, nacido el día 25 de octubre de 1965, de estado civil soltero.
ACEPTAR al señor Elido HELFER DNI N M7.329.069, como garante solidario respecto del pago de las cuotas de amortización de la vivienda, correspondiente a la unidad habitacional individualizada en el Artículo precedente.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional indicada en el Artículo 1º de la presente Resolución, se fijó en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTAY DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS
$ 652.284,82, el que será abonado por los Compradores, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio; una amortización de ciento ochenta 180 cuotas o Convenio particular que se suscriba con los adjudicatarios, procediendo a efectuar descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleados de Entes con los que el IDUV tenga Convenios para tal fin.SUSCRIBIR el respectivo Boleto de Compraventa entre los adjudicatarios y este Instituto de acuerdo a la normativa vigente.AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio con hipoteca en primer grado a favor de este Instituto.AUTORIZAR la suscripción de un 1 Convenio de Ocupación con Canon de Uso Amortizable, por el término de dos 2 años, entre este Instituto y los señores Pablo Daniel AGUERO DNI N 21.819.041 y Diolinda Cris-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5541 DE 12 PAGINAS

tina FLORES DNI N 31.386.129, ocupantes de la unidad habitacional identificada como Parcela 08 - Manzana 51 correspondiente a la Obra: CONSTRUCCIÓN DE
CATORCE VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD PICO
TRUNCADO, UBICADAS EN LAS PARCELAS N 01
A LA PARCELA N 14 DE LA MANZANA 51 DE LA
SECCIÓN A.DEJAR ESTABLECIDO que el valor mensual por el Canon de uso amortizable de la vivienda citada en el Artículo precedente, se fijó en la suma de PESOS NOVECIENTOS $ 900,00.NOTIFICAR a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución a los señores Mirta Alejandra HELFER y Juan Eduardo LEIVA, en el domicilio sito en calle Olindo BUSTOS N 755 y a los señores Pablo Daniel AGUERO y Diolinda Cristina FLORES, en el domicilio sito en Juan Manuel QUINTEROS N 778, ambos de la localidad de Pico Truncado.REMITIR por el Departamento Despacho, copia de la presente Resolución, a la Municipalidad de Pico Truncado para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegación IDUV con asiento en esa misma Localidad.________
RESOLUCION N 1176
RIO GALLEGOS, 10 de Agosto de 2020.Expediente IDUV N 052.490/48/2020.ACEPTAR LA RENUNCIA presentada por el señor Marcelo Adrián CEREZO DNI N 32.955.953 en condominio con la señora Sabina Alexandra ALVARADO
DNI N 35.658.910, sobre la adjudicación en venta de la unidad habitacional de un 1 dormitorio, identificada como Casa N 38, correspondiente a la Obra: PLAN 100
VIVIENDAS PARA TRABAJADORES PETROLEROS
EN CALETA OLIVIA RENGLÓN N 3, y que fuera otorgada mediante Resolución IDUV N 0242 de fecha 11 de abril de 2016.
DEJAR SIN EFECTO la adjudicación en venta, a favor del señor Marcelo Adrián CEREZO DNI N 32.955.953
en condominio con la señora Sabina Alexandra ALVARADO DNI N 35.658.910, dispuesta oportunamente mediante Resolución IDUV N 0242 de fecha 11 de abril de 2016.
RESOLVER todo Contrato y/o instrumento legal oportunamente suscripto entre el señor Marcelo Adrián CEREZO DNI N 32.955.953 y la señora Sabina Alexandra ALVARADO DNI N 35.658.910 y este Instituto.NOTIFICAR a través de la Dirección General de Promoción Social de la Vivienda, los términos de la presente Resolución a los señores Marcelo Adrián CEREZO y Sabina Alexandra ALVARADO.REMITIR copia de la presente Resolución, a la Municipalidad de Caleta Olivia, para conocimiento de sus Autoridades y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.________
RESOLUCION N 1177
RIO GALLEGOS, 10 de Agosto de 2020.Expediente IDUV Nº 059.599/2019.DEJAR SIN EFECTO la preadjudicación dispuesta mediante Resolución IDUV N 0549 de fecha 25 de marzo de 1982, a favor del señor Juan José FORQUEIRA DNI
N M8.355.867, sobre el inmueble de tres 3 dormitorios identificado como Casa N 25, correspondiente a la Obra:
PLAN 82 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN PUERTO DESEADO.
AUTORIZAR el cambio de vivienda del señor Juan José FORQUEIRA DNI N M8.355.867 de estado civil casado con la señora Susana Beatriz LOBONES DNI
N 13.400.413, desde el inmueble de tres 3 dormitorios identificado como Casa N 25, correspondiente a la Obra:
PLAN 82 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN PUERTO DESEADO, al inmueble de dos 2 dormitorios identificado como Lote 7 Manzana 312a, correspondiente a la Obra:
ADICIONAL VIVIENDAS APAREADAS - DESOCUPADOS, destinada a la familia FORQUEIRA - enmarcada dentro del PROGRAMA DE COGESTIÓN SOLIDARIA.
ADJUDICAR EN VENTA la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Lote 7 Manzana 312a, correspondiente a la Obra: ADICIONAL VIVIENDAS APAREADAS DESOCUPADOS, destinada a
BOLETIN OFICIAL
la familia FORQUEIRA enmarcada dentro del PROGRAMA DE COGESTIÓN SOLIDARIA, a favor del señor Juan José FORQUEIRA DNI N M8.355.867, de nacionalidad argentina, nacido el día 24 de octubre de 1944
y de estado civil casado con la señora Susana Beatriz LOBONES DNI N 13.400.413, de nacionalidad argentina, nacida el día 11 de mayo de 1958.
DEJAR ESTABLECIDO que los montos abonados por el señor Juan José FORQUEIRA DNI N M8.355.867 y la señora Susana Beatriz LOBONES DNI N 13.400.413, en concepto de pagos de las cuotas de amortización de la vivienda identificada como Casa N 25 correspondiente a la Obra: PLAN 82 VIVIENDAS FO.NA.VI. EN
PUERTO DESEADO, al día 31 de diciembre de 2019, ascienden a la suma total de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y SEIS
CENTAVOS $ 5.450,66.DEJAR ESTABLECIDO que se deberán reconocer los montos abonados por el señor Juan José FORQUEIRA
DNI N M8.355.867 en concepto de cuotas de amortización, descriptos en el Artículo precedente.DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, indicada en el Artículo 3º de la presente Resolución, se fijó en la suma de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y CUATRO MIL
$ 1.084.000,00, el que será abonado por los Compradores, a los que se le adicionarán los Seguros por Riesgo de Fallecimiento, e Incendio; una amortización de ciento ochenta 180 cuotas o Convenio particular que suscriba con los adjudicatarios, procediendo a efectuar descuentos de haberes y/o débito automático en caso de resultar ser empleados de Entes con los cuales el IDUV tenga Convenios para tal fin.SUSCRIBIR el respectivo Boleto de Compraventa entre los adjudicatarios y este Instituto de acuerdo a la normativa vigente.AUTORIZAR la suscripción oportuna de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio con hipoteca en primer grado a favor de este Instituto.NOTIFICAR, a través del Departamento Despacho, de los términos de la presente Resolución a los adjudicatarios, en el domicilio sito en calle Segundo A. GAUNA N 2113
- Lote 7 - Manzana 312 de la localidad de Puerto Deseado.REMITIR, copia certificada de la presente Resolución, a la MUNICIPALIDAD de Puerto Deseado, y a la Delegación IDUV, con asiento en la misma Localidad, para conocimiento de sus Autoridades.________

RESOLUCION N 1178
RIO GALLEGOS, 10 de Agosto de 2020.Expediente IDUV N 046.568/57/2019.DESADJUDICAR por transgresión al Artículo 17º - incisos b y c del Decreto Provincial Nº 211/78 - Artículo 18º del mismo plexo legal, y la causal de falta de ocupación estable y permanente, y mora, de la unidad habitacional de dos 2 dormitorios, identificada como Casa N 349 de la Obra: PLAN 44 VIVIENDAS SECTOR IX EN CALETA OLIVIA, cuyos titulares fueran el señor Néstor Ramón PINTOS DNI Nº 20.501.521 y la señora Miriam PALMA DNI N 22.055.107.
RESOLVER todo Contrato y/o instrumento legal oportunamente suscripto entre el señor Néstor Ramón PINTOS
DNI Nº 20.501.521 y la señora Miriam PALMA DNI
N 22.055.107 y este Instituto.NOTIFICAR fehacientemente, a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución al señor Néstor Ramón PINTOS DNI Nº 20.501.521 y la señora Miriam PALMA DNI N 22.055.107, en el domicilio sito en calle Isabel Mercerat N 2353 - Casa N 349 Barrio Rotary 23 - del Plan 44 Viviendas en Caleta Olivia.INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ 10 días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección General de Promoción Social de la Vivienda, sita en Avenida Juan Manuel GREGORES N 480 de esta ciudad Capital, o en la oficina de la Delegación IDUV en Caleta Olivia, bajo apercibimiento de proceder mediante mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.REMITIR copia de la presente Resolución, a la Municipalidad de Caleta Olivia, para conocimiento de sus Autoridades, y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date18/03/2021

Page count12

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First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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