Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 8

RIO GALLEGOS, 13 de Octubre de 2020.-

RESOLUCIÓN N 156
PROYECTO Nº 443/2020
SANCIONADO 24/09/2020
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz R E S U E LV E :
Artículo 1º.- SUGERIR a las Entidades Bancarias de la provincia de Santa Cruz, generen los acuerdos necesarios para establecer un cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero según lo establece el Decreto Nacional N 721/2020.Artículo 2.- ENVIAR copia a las Entidades Bancarias de la provincia de Santa Cruz.Artículo 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 24 de septiembre de 2020.CON LA APLICACIÓN DE PLATAFORMAS
DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN DIGITAL Y VIRTUAL.
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N
156/2020.Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz Sr. PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz ________

RESOLUCIONES
sinTetizadas m.s.g.g.
RESOLUCION Nº 036
RIO GALLEGOS, 29 de Enero de 2020.Expediente MSGG-N 334.813/20.ACEPTAR a partir del día 1º de febrero del año 2020, la renuncia al cargo de Jefe de Departamento Gestión Operativa, dependiente de la Subsecretaría de Función Pública del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, presentada por el señor Marcelo Alejandro FLORES Clase 1986 - D.N.I. Nº 32.197.053, quien fuera designado mediante Decreto Nº 0710/17 y confirmado por Decreto Nº 0160/19, en los términos establecidos en el Artículo 4 de la Ley Nº 1831.DEJAR ESTABLECIDO que el agente mencionado en el Artículo anterior se reintegrará a su situación de revista escalafonaria en Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría: 10, en la JURISDICCIÓN: Ministerio Secretaría General de la Gobernación - SAF: 810, Subsecretaría de Función Pública.________
RESOLUCION Nº 041
RIO GALLEGOS, 31 de Enero de 2020.Expediente MSGG-N 334.812/20.ACEPTAR a partir del día 31 de enero del año 2020, la renuncia a la Administración Pública Provincial, presentada por la agente Planta Permanente Agrupamiento:
Profesional Categoría: 20, señor Mariano Gabriel BUSTOS Clase 1981 - D.N.I. Nº 28.821.682.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5500 DE 12 PAGINAS

RESOLUCION Nº 048
RIO GALLEGOS, 07 de Febrero de 2020.Expediente MSGG-N 334.831/20.ACÉPTAR a partir del día 1º de febrero del año 2020, la renuncia al cargo de Jefa de Departamento Despacho y Personal, dependiente de la Dirección Coordinación Técnica Administrativa de la Subsecretaría de Función Pública del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, presentada por la señora Carolina Elizabeth AGUILA BISTRITSKY D.N.I Nº 35.567.487, quien fuera designada mediante Decreto Nº 0264/19, conforme a los términos establecidos en el Artículo 4 de la Ley Nº 1831.________

disposicion s.p.c.
DISPOSICION Nº 007
RÍO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2020.VISTO:
El Expediente MS-N 780.262/2020;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del sistema de seguridad pública de la Provincia de Santa Cruz en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que a partir de la implementación de la Ley de Seguridad Pública, se ha impulsado un nuevo modelo de gestión integral de la seguridad instituyendo principios y responsabilidades del Estado con el objetivo de ampliar su capacidad de respuesta, permitiéndonos mejorar las instancias de elaboración, implementación y evaluación de las políticas de seguridad referidas a estrategias sociales de prevención de la violencia y el delito, así como a las estrategias institucionales de persecución penal, de seguridad preventiva, comunitaria, compleja y la asistencia integral ante emergencias;
Que de acuerdo al artículo 8 de la Ley Provincial N 3523, modificada por el artículo 4 de la Ley N 3680, el SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA
PROVINCIA DE SANTA CRUZ está integrado por la Gobernadora; el Poder Legislativo Provincial; el Poder Judicial Provincial; el Pueblo de la Provincia a través de las diferentes instancias de participación comunitaria en los asuntos de seguridad; el Consejo Provincial de Seguridad Vial; el Ministerio Público Fiscal;
el Ministerio de Seguridad; la Policía de la Provincia de Santa Cruz; el Servicio Penitenciario Provincial; la Agencia Provincial de Seguridad Vial y la Protección Civil Provincial;
Que por Ley N 3680 se sustituyó el artículo 1 de la Ley Orgánica de Ministerios N 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N 1165/19;
Que el Ministerio de Seguridad, tiene como función asistir a la Gobernadora en todo lo concerniente a la Seguridad Pública Provincial, a la preservación de la libertad, de la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático;
Que entre sus funciones particulares, tiene la de entender en la planificación estratégica basada en la elaboración y formulación del diagnóstico institucional y de los planes de reforma y modernización de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Provinciales, así como de las
BOLETIN OFICIAL
estrategias de contención social e institucional de la violencia y de las diferentes modalidades delictivas;
Que mediante la Resolución Ministerial MS-N 063/20
de fecha 15 de abril del año 2.020, se estableció la prohibición de todo tipo de red social perteneciente al SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA PROVINCIAL, que no fuera homologada por la SUBSECRETARÍA
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA dependiente de este Ministerio;
Que por la mentada resolución se facultó a la SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, a emitir el dictado de normas complementarías y aclaratorias para el cumplimiento de la medida establecida en lo que respecta a su homologación;
Que asimismo, se dejó establecida la limitación, para todo el personal perteneciente al SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA PROVINCIAL, de efectuar la publicación de contenidos sobre información pública e institucional, como así también la creación de perfiles públicos que vulneren la imagen institucional o copia de la misma, asimismo la publicación en redes sociales sobre acciones propias del desempeño de su actividad profesional, acciones de las instituciones que conforman el sistema público de seguridad de la provincia y de todo acto que quiebre la imparcialidad en lo atinente a la participación en actividades políticas o que de ellas procedan;
Que en el mismo sentido, es importante circunscribir ello a toda publicación que en el mismo sentido vulnere la imagen institucional en redes sociales propias de acciones del desempeño de su actividad profesional, acciones de las áreas de seguridad y fuerzas de seguridad, en general y de todo acto que quiebre la imparcialidad en lo atinente a la participación en actividades públicas políticas o que de ellas procedan;
Que la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
tiene como misión asistirla en todo lo atinente a la organización, coordinación y gestión de la información correspondiente al Ministerio de Seguridad, y posibilitar una adecuada proyección de la imagen institucional y el conocimiento de las actividades llevadas a cabo;
Que entre sus funciones particulares, debe diseñar y desarrollar protocolos y legislación en referencia a la comunicación institucional, asistir en el diseño de políticas de difusión, comunicación social y sistematización de la información de las acciones de gobierno en materia de participación ciudadana y participar en el cumplimiento de los objetivos de comunicación institucional en redes, plataformas y medios, entre otras;
Que atento a ello, la DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL comunica e informa a toda la ciudadanía el trabajo diario que se realiza en las áreas que comprenden el SISTEMA DE
SEGURIDAD PÚBLICA;
Que para hacer cumplir estas misiones y funciones, se propone crear la página WEB del Ministerio de Seguridad, que tendrá información de la Subsecretaría de Protección Civil y Abordaje Integral de Emergencias y Catástrofes, el Servicio Penitenciario Provincial, la Agencia Provincial de Seguridad Vial, la Policía de la Provincia de Santa Cruz y todas las áreas que dependen del organismo, como lo son la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, Subsecretaría de Participación Ciudadana, Subsecretaría de Gestión Administrativa y la Subsecretaría de Formación, Capacitación y Análisis de la Información Criminal, entre otros;
Que de manera articulada con la Dirección de Informática dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Seguridad, se procedió a crear y recopilar información correspondiente de cada una de las áreas nombradas que participarán de dicha web;
Que la finalidad de la plataforma, será comunicar, difundir a la comunidad y medios de comunicación el trabajo que realizan cada una de las áreas, casos resonantes de la sociedad, instrumentos legales emitidos, compras y contrataciones vigentes, entre otros de esta cartera ministerial;
Que en virtud de alcanzar a toda la comunidad en su conjunto, se dispondrá articular con todas las redes sociales y digitales, tales como INSTAGRAM, FACE-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/10/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date13/10/2020

Page count12

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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