Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/2/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

1520 - 2020: 500 Años Primera Misa en Territorio Argentino. Celebración y Encuentro y 2020 - Año Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXV Nº 5421

publicacion bisemanal Martes y Jueves
decretos DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1177
RÍO GALLEGOS, 06 de Diciembre de 2019.VISTO:
El Expediente MG-N 508.926/19, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de los hechos de público conocimiento que sucedieron en la localidad de Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de las irregularidades en la percepción de los salarios de los trabajadores que integran la Fundación Santa Cruz Sustentable, con fecha 18 de Diciembre de 2015, el titular de la ex Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, ahora Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social señor Teodoro CAMINO, suscribió un Acta Acuerdo con los señores Daniel HERNÁNDEZ, Guadalupe FERNÁNDEZ y Jesica CONSTANCIO en representación de la Fundación referida, donde se acordó el pago de la nómina salarial al personal comprendido en el Anexo que integra el Acta Acuerdo y la reorganización inmediata del funcionamiento de la Fundación;
Que tal instrumento fue aprobado mediante Resolución Ministerial MG-N 004 de fecha 18 de diciembre de 2015 y luego ratificada por Decreto N 127 de fecha 18
de diciembre de 2015;
Que el Interventor de la Fundación Santa Cruz Sustentable informó que durante el mes de Diciembre de 2016 el Banco de la Provincia de Santa Cruz habilitó la cuenta N 10319698001 a nombre de la Fundación Santa Cruz Sustentable;
Que en conjunto con la apertura de esta cuenta, se ha procedido a bancarizar a todo el personal en relación de dependencia con la Fundación Santa Cruz Sustentable, el cual percibe sus haberes mediante las cuentas sueldos creadas en el Banco Santa Cruz;
Que en consecuencia, corresponde dictar el presente instrumento legal a fin de efectivizar el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de PESOS SEIS
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON SIETE
CENTAVOS $ 6.298.380,07, a la Fundación para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios comerciales, aportes y contribuciones sociales del personal comprendido en los ANEXOS que forman parte integrante del presente y con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión;
Que el presente acto se enmarca en las excepciones establecidas en el Artículo 4º del Decreto N 1260/18;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-N
204/19, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno obrante a fojas 109/110 y SLyT-GOB N
772/19, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 122/123;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5421 DE 12 PAGINAS

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. JUAN CARLOS NADALICH
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- OTÓRGASE un Aporte no Reintegrable del Tesoro Provincial, por la suma de PESOS SEIS
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON SIETE
CENTAVOS $ 6.298.380,07, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a la Fundación Santa Cruz Sustentable para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios comerciales, aportes y contribuciones sociales, del personal comprendido en los ANEXOS que forman parte integrante del presente.Artículo 2.- AFÉCTASE el presente gasto al ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Ministerio CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias Corrientes - PARTIDA
PRINCIPAL: Transferencias - PARTIDA PARCIAL:
Transferencias al Sector Privado para financiar Gastos Corrientes - PARTIDA SUBPARCIAL: Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro - Fundación Santa Cruz Sustentable, del Ejercicio Presupuestario 2019.Artículo 3.- ABÓNASE, por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, a favor de la Fundación Santa Cruz Sustentable, la suma total citada en el Artículo 1 del presente, a la Cuenta N
1031969898001, CBU -0860010301800031969894.Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 5- PASE al Ministerio de Gobierno quien remitirá copia ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Dr. Fernando Miguel Basanta
Río Gallegos, 06 de Febrero de 2020.DECRETO Nº 1178
RÍO GALLEGOS, 06 de Diciembre de 2019.VISTO:
El Expediente IESC-Nº 001.954/19, elevado por el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz; y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N 3067, se creó el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz como entidad autárquica de derecho público y personaría jurídica propia;
Que conforme surge del Artículo 7 - Inciso g del cuerpo normativo aludido, será el propio Organismo quien proyecte, con aprobación de este Poder Ejecutivo, la Estructura Orgánica funcional de dicho Instituto;
Que en ese sentido se dictó oportunamente el Decreto N 1114/17, que aprobó la Estructura Orgánica Sectorial vigente;
Que a los fines de reordenar la labor del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz acorde al desarrollo que ha tenido la actividad hidrocarburífera y eléctrica en estos últimos años, resulta necesario rediagramar la Estructura Orgánica del mismo para satisfacer y acompañar eficientemente ese crecimiento, manteniendo la funcionalidad prestación de los servicios para los cuales fue creado;
Que por lo expuesto, resulta necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a los fines de proceder a realizar las readecuaciones presupuestarias correspondientes con el objeto de tornar operativo los alcances del presente;
Por ello y atento a los Dictámenes SAL-N 252/19, emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal del Instituto de Energía obrante a fojas 68 y SLyT-GOB-N
773/19, emitido por la Secretaría legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 98/100;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- APRUÉBASE a partir del día 1º de diciembre de 2019, la nueva Estructura Organizativa del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, en los Niveles de Gerencias, Subgerencias y Jefaturas de Departamentos, de acuerdo con las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXOS I y II, forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.Artículo 2.- DERÓGASE toda norma legal que se oponga a la presente para los niveles Indicados en el artículo anterior.Artículo 3.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a dictar los actos administrativos necesarios tendientes a realizar las readecuaciones presupuestarias correspondientes con el objeto de tornar operativo los alcances del presente.- Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 5.- PASE al Instituto de Energía IESC a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date06/02/2020

Page count12

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829