Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
DISPOSICION Nº 095

RIO GALLEGOS, 14 de Noviembre de 2019.DISPOSICION Nº 096

RÍO GALLEGOS, 30 de Julio de 2019.-

RÍO GALLEGOS, 01 de Agosto de 2019.-

VISTO:
El Expediente Nº 493.357/2019, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos DPRH y;
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa CGC SA, solicita el permiso de vuelco de efluentes sanitarios durante la perforación del pozo denominado CAMPO INDIO-M8.
Que el vertido de efluentes previamente tratados, será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada: Lat. 50 47 11.8 Long 70 38
53.93-.
Que el efluente vertido será contabilizado a través de caudalímetro.
Que la empresa presenta la correspondiente autorización del superficiario, obrante a fs.02.
Que el tratamiento al que será sometido el efluente, será a través de etapas de aireación, clarificación y cloración, según consta memoria técnica obrante a Fs. 4 a 8.
Que mediante lo establecido en Disposición Nro.
020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451 corresponde realizar el pago de canon por vertido.
Que obra informe técnico realizado por esta DPRH a fojas Nro. 10, del expediente del visto, no se formulan objeciones a lo solicitado.
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de asesoría letrada del Consejo Agrario Provincial, obrante a fs. 15.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2.002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002
delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO

VISTO:
El Expediente Nº 493322/2019, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos DPRH y;
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa CGC SA, solicita el permiso de vuelco de efluentes sanitarios durante la intervención del pozo denominado POZO EAF-41.
Que el vertido de efluentes previamente tratados, será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada: Lat. 50 46 9.37 Long 70 32 22.46-.
Que el efluente vertido será contabilizado a través de caudalímetro.
Que el tratamiento al que será sometido el efluente, será a través de etapas de aireación, clarificación y cloración, según consta memoria técnica obrante a Fs. 5 a 9.
Que mediante lo establecido en Disposición Nro. 020/
13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451 corresponde realizar el pago de canon por vertido.
Que obra informe técnico realizado por esta DPRH
a fojas Nro. 10, del expediente del visto, no se formulan objeciones a lo solicitado.
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de asesoría letrada del Consejo Agrario Provincial, obrante en expediente de referencia.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2.002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO

EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º OTORGAR, a la empresa CGC SA ,con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232 de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz;
permiso para el vertido eventual de efluentes sanitarios, previamente tratados, durante la perforación y puesta en servicio, del pozo denominado CAMPO INDIOM8.
2 El vertido mencionado será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada Lat.
50 47 11.8 Long 70 38 53.93.
3º La empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial, la lectura del caudalímetro con la cantidad de efluente vertido, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
4º El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros Núm.: 720273/0-001 CBU:
0860001101800072027304, Suc. Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
5º Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición 44/19, de la Ley 1451 Tasa por Inspección y Habilitación.
6º CGC SA deberá presentar en las oficinas de esta DPRH protocolo de análisis de la muestra, previa descarga del efluente, según lo obrante en fs. 1.
7º REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración, Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CGC S.A, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º OTORGAR, a la empresa CGC SA, con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232 de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz;
permiso para el vertido eventual de efluentes sanitarios, previamente tratados, durante la intervención del pozo denominado EAF-41.
2 El vertido mencionado será realizado en inmediaciones de la siguiente ubicación georreferenciada Lat.
50 46 9.37 Long 70 32 22.46.
3º La empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial, la lectura del caudalímetro con la cantidad de efluente vertido, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
4º El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros Núm.: 720273/0-001 CBU:
0860001101800072027304, Suc. Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
5º Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición 01/00, de la Ley 1451 Tasa por Inspección y Habilitación.
6º CGC SA deberá presentar en las oficinas de esta DPRH protocolo de análisis de la muestra, previa descarga del efluente, según lo obrante en fs. 1.
7º REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Tribunal de Cuentas, notifíquese a CGC S.A. y dése a Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 097
RÍO GALLEGOS, 01 de Agosto de 2019.VISTO:
El Expediente Nº 493059/2019, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fojas N 34, del expe-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
SUP. B.O. Nº 5404 DE 42 PAGINAS

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diente de referencia el Sr. Jorge Eduardo Jaramillo, solicita permiso para la captación y uso especial del agua pública del pozo ubicado en las coordenadas S 46º3454,8
- O 70º5544,1,de la Localidad de Perito Moreno;
Que la dotación que se autorizará es de 6,5 m3/día, según lo requerido por el titular del emprendimiento y teniendo en cuenta la capacidad de la bomba de extracción, por un período de doce 12 meses, desde el día de la fecha;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 de la Ley 1451;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado en boca de pozo;
Que obra Informe a fojas Nº 58, en expediente de referencia;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2.002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que, mediante Resolución Nº 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º OTORGAR, Permiso a favor de Jaramillo Jorge Eduardo, titular del emprendimiento, con domicilio Real en Agustín Osses 1018, de la Ciudad de Perito Moreno, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua pública del pozo denominado P1, ubicado en las coordenadas S 46º3454,8 - O 70º5544,1.2º La dotación de extracción de agua subterránea quese autoriza es de 6,5 m3/día, por un período de doce 12 meses, desde el día de la fecha.3º La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura del caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación.4º La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU
0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Una vez realizado el pago deberá enviar copia del comprobante del mismo a esta Dirección Provincial.5 Que sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoria General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia en lo concerniente a la calidad del agua para el consumo humano.6º Para realizar la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 treinta días de anticipación a la fecha de vencimiento.7º En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.8º Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que dieran origen dicha infracción.9º El señor Jaramillo Jorge Eduardo deberá presentar ante esta Dirección Provincial, dentro de un plazo de 180 días a contar desde el día de la fecha, el Ensayo de Bombeo del pozo de captación P1, a fin de tener información de la capacidad del mismo.
10º El señor Jaramillo Jorge Eduardo, deberá hacer entrega a esta Autoridad de Aplicación, los protocolos de análisis físico-químicos y bacteriológicos, correspondiente al pozo de captación P1, en forma trimestral, a fin de monitorear la variabilidad de los parámetros del agua, parámetros tales como: Dureza Total, Sólidos Disueltos, Alcalinidad Total, Cloruros, Calcio, Sodio y Magnesio.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 14/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date14/11/2019

Page count42

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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