Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/8/2018

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RIO GALLEGOS, 02 de Agosto de 2018.-

ga la Superioridad y le sean requeridos sus servicios, al agente José Manuel TREVOTICH Clase 1960
- D.N.I. N 14.098.411, en el cargo de Vocal por el Poder Ejecutivo para integrar el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial.Artículo 3 El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 4.- PASE a la Administración General de Vialidad Provincial, a sus efectos tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. GONZALEZ Lic. Ignacio Perincioli ________
DECRETO Nº 0643

RIO GALLEGOS, 13 de Julio de 2018.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 114.432/18, elevado por la Secretaría de Gestión Pública, dependiente del Minis-

terio de la Secretaría General de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Provincial N 3601, se procedió a la modificación de algunos artículos de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 3480 y el Artículo 1º de la Ley Nº 545 de creación del Instituto de Seguros de la Provincia y sus modificatorias;
Que a través del Artículo 1º del citado cuerpo normativo se incorpora como Inciso h al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, fijando sus competencias;
Que consecuentemente resulta necesario aprobar la estructura organizativa que sustentará la labor de la mencionada cartera acorde a las Misiones y Funciones competentes;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-N 195/18, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 130 y SLyT-GOB-Nº 417/18, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 132/133;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- APRUEBASE a partir del día de la
BOLETIN OFICIAL
fecha, la nueva Estructura Organizativa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de acuerdo con las Misiones, Funciones y Organigrama que como ANEXOS I y II forman parte integrante del presente.Artículo 2.- DEROGASE toda norma legal que se oponga al presente.Artículo 3.- FACULTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación en el Ejercicio 2018.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino
anexo i
DECRETO Nº 0647
RIO GALLEGOS, 13 de Julio de 2018.VISTO:
El Expediente SETySS-N 562.470/18 XIII cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que desde el mes de diciembre del año 2015, la actividad de la construcción en la Provincia de Santa Cruz se ve gravemente afectada por la paralización de la obra Pública Nacional motivada en un proceso de desinversión instrumentada por el Gobierno Nacional en la región patagónica;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5274 DE 10 PAGINAS

Que esta paralización se ha profundizado durante los últimos meses ocasionando que ciertos trabajadores de esta actividad pierdan su fuente de trabajo;
Que en dicho marco se suscribió con fecha 02/07/2018
un Acta Acuerdo entre el Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social, señor Teodoro S. CAMINO, en representación del Ministerio de Gobierno de la Provincia y el señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, Sindicato con Personería Gremial Nº 17, mediante el cual se acuerda el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES
QUINIENTOS MIL $ 6.500.000,00, con cargo a
rendir cuenta documentada de su inversión, a favor de trabajadores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas localidades de la Provincia, conforme listado que como Anexo forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO MIL
$ 5.000,00 para cada uno;
Que el cumplimiento del presente trámite se encuadra en las prescripciones de los Decretos Nros.
1204/15, 1685/15 y las excepciones establecidas en el Artículo 11 del Decreto N 157/15;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-Nº 67/18, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/8/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date02/08/2018

Page count10

Edition count1774

First edition19/02/2002

Last issue06/08/2024

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