Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/4/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2018 - Sesenta años de vida Constitucional de la Provincia de Santa Cruz: 1 de mayo de 1958 - 1 de mayo de 2018, Año de Concientización sobre la Donación de Médula Ósea y Año del Centenario de la Reforma Universitaria.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIII Nº 5238

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 05 de Abril de 2018.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Administración Central FINALIDAD: Servicios de Seguridad FUNCIÓN: Seguridad Interior SECCIÓN: Erogaciones Corrientes SECTOR: Operación PARTIDA PRINCIPAL: Gasto en Personal PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente PARTIDAS SUBPARCIALES: Retribución del Cargo Complementos, del Ejercicio 2.017.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0099
RIO GALLEGOS, 08 de Febrero de 2018.VISTO:
Los Expedientes Nº 14.596-R/16 y 14.780-R
/17, elevados por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo Jefatura de Policía tramita la Cesantía del Cabo Primero de Policía Gustavo Ramón GORDILLO, a partir del día de la fecha;
Que las presentes actuaciones se inician a raíz del Parte Informativo cursado por el Subcomisario a cargo de la Comisaría de 28 de Noviembre de fecha 04/02/16, mediante el cual se indica que el Cabo 1ro. de Policía GORDILLO Gustavo Ramón, quien se desempeñaba como jefe de guardia, había retirado sin autorización la fuente de alimentación tensión fija de 220 V marca ZURICH, color negra mediante la cual funcionaba el equipo de comunicación VHF de esa dependencia policial, habiendo quedado consignado en el libro de guardia que el dispositivo había sido retirado por otro efectivo policial que nada tuvo que ver con el evento de autos;
Que a fojas 55/62, obra secuencias fotográficas impresas extraídas de la cámara de filmación de dicha dependencia policial, en donde se aprecia al Cabo 1
de Policía GORDILLO Gustavo Ramón; cargando el aparato faltante en cuestión y retirándose de la dependencia con el mismo elemento;
Que a fojas 121, obra oficio Nro. 551/16, proveniente del Juzgado de Instrucción y el Menor Nro.
Uno de la Localidad de Río Turbio, mediante el cual se hace conocer en los autos caratulados: CRIA. 28
DE NOVIEMBRE S/HURTO CALIFICADO, Expte. 10.759/2.016, que las presentes actuaciones se encuentran en etapa de instrucción, por ante la Secretaría Nro. Uno de mencionada sede judicial donde el señor Gustavo Ramón Gordillo DNI: 24.278.802, reviste calidad de imputado;
Que en el Informe Final obrante a fojas 171, el Instructor Sumarial concluye que los actos, las conductas y las recurrentes faltas de disciplinas cometidas por el Cabo 1 GORDILLO, se encuadran en lo estipulado en los Artículos 11 Incisos 15 y 12 del R.R.D.P.
agravados por el Artículo 41 Incisos 1, 5, 6 y 8 del mencionado cuerpo normativo;
Que a fojas 187, luce agregado descargo formal del sumariado, no habiendo aportando pruebas del hecho que permitan conmover la atribución de responsabilidad administrativa efectuada por la instrucción;
Que derivados los presentes actuados al área legal de la Institución Policial, considera que el Cabo Primero de Policía Gustavo Ramón GORDILLO, con su accionar ha incurrido en una falta administrativa de carácter GRAVE prevista en el Artículo 9
del R.R.D.P. con el agravante del Artículo 41 inciso 1 del Decreto Nº 2091/72, todo ello sin perjuicio de lo que se resuelva en Sede Penal, que en virtud de lo estipulado en el Artículo 3 del RRDP, que establece:
desde el punto de vista disciplinario, la conducta del personal se juzgará, exclusivamente, de acuerdo con estas disposiciones y con independencia de otras
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5238 DE 10 PAGINAS

decisiones de otras autoridades en aspectos que a ellas competan, corresponde encuadrar legalmente la conducta como una falta de carácter grave, estipulada en el Artículo 9º del RRDP, son faltas graves las contenidas en el Artículo 11 y aquellas que por su naturaleza, los hechos que la rodean y repercusión en el servicio merecen tal calificación , concordante con lo establecido en el Artículo 41º Inciso 1 del mismo plexo normativo: cuando por la reincidencias perjudiquen al servicio, siendo pasible de sanción disciplinaria de CESANTÍA, prevista en el Artículo 10º del Decreto 2091/72 concordante con el Artículo 34º y 35º del citado texto legal y Artículo 47 Inciso d y 62 Inciso a de la Ley 746;
Que en el marco de lo actuado en sede administrativa se emitió Disposición Nro. 083-D.1-R/17, por el cual el Sr. Jefe de Policía de la Provincia dispone encuadrar la conducta del Cabo Primero de Policía Gustavo Ramón GORDILLO, como falta de carácter grave, prevista en el Artículo 9 en concordancia con lo establecido en el Artículo 41º Inciso 1 del Decreto Nro. 2091/72;
Que en Expediente Administrativo Nº 14.780-R
/17, el causante planteo Recurso de Reconsideración Jerárquico en Subsidio en contra de la Disposición antes mencionada, el cual fue rechazado mediante Disposición Nº 153-D.1-R/17;
Que atento a las facultades conferidas mediante Decreto Nº 0221/17, se procede a la confección del Instrumento Legal;
Por ello y atento a los dictámenes AL-Nº 540/17, emitida por la Asesoría Letrada, obrante a fojas 259 y SLyT-GOB Nº 035/18, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 263/265;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DECLÁRASE CESANTE, a partir del día de la fecha, al Cabo Primero de Policía Gustavo Ramón GORDILLO Clase: 1.975 - M.I. Nro.
24.278.802 en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 34º y 35º del Decreto Nº 2091/72 en concordancia con el Artículo 62º inciso a de la Ley Nº 746/72, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Policía Provincial CARÁCTER:

Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0105
RIO GALLEGOS, 14 de Febrero de 2018.VISTO:
El Expediente SETySS-N 561.862/18 XIV Cuerpos, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que desde el mes de Diciembre del año 2015, la actividad de la construcción en la provincia de Santa Cruz se ve gravemente afectada por la paralización de la obra Pública Nacional motivada en un proceso de desinversión instrumentada por el Gobierno Nacional en la región patagónica;
Que esta paralización se ha profundizado durante los últimos meses ocasionando que ciertos trabajadores de esta actividad pierdan su fuente de trabajo;
Que en dicho marco se suscribió con fecha 30/01/2018
un Acta Acuerdo entre el Secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social, Señor Teodoro S. CAMINO, en representación del Ministerio de Gobierno de la Provincia y el Señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, Sindicato con Personería Gremial Nº 17, mediante el cual se acuerda el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL $ 6.500.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a favor de trabajadores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas localidades de la Provincia, conforme listado que como Anexo forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO MIL $ 5.000,00, para cada uno;
Que la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social mediante Nota Nº 054/18 obrante a Fojas 2689/2690, informa que se detectó irregularidades en los anexos, por los cuales en algunos casos se procedió a la corrección y en otros a la eliminación de los desocupados detallados en la nota;
Que el cumplimiento del presente trámite se encuadra en las prescripciones de los Decretos Nros.
1204/15, 1685/15 y las excepciones establecidas en el Artículo 11 del Decreto N 157/15;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-Nº 005/2018, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 2730/2731
y SLyT-GOB-Nº 050/18, emitido por la Secretaría

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/4/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date05/04/2018

Page count10

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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