Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/10/2013

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vigentes y, conforme lo establecido en el artículo anterior, procederá a la acreditación del saldo remanente en la cuenta bancaria donde se hayan practicado las retenciones.
ARTICULO 7.- Las acreditaciones resultantes del Artículo 6 de la presente, previa a su acreditación, serán informadas mediante el Formulario F.
20/003 y deberán prestar la conformidad del contribuyente o responsable.
ARTICULO 8.- Las acreditaciones deberán ser aprobadas mediante Circular emitida por la Secretaría, que deberá contener la solicitud efectuada por el contribuyente, los saldos totales o parciales a devolver y el número de cuenta en la que se efectúa la acreditación.
ARTICULO 9.- Si aún quedara un saldo a favor del contribuyente, luego de efectuada la devolución instrumentada en la presente disposición, podrá utilizar la demanda por repetición establecida en el Artículo 86º y concordantes del Código Fiscal para la devolución del mismo.
ARTICULO 10.- Apruébense los Formularios F. 20/002 denominado Solicitud de Devolución
SIRCREB y F. 20/003 denominado Compensación Devolución SIRCREB que como ANEXO
I forman parte de la presente.
ARTICULO 11º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 12º.- REGISTRESE, COMUNIQUESE a quienes corresponda, DESE al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
C.P. EDGARDO R. VALFRE
Secretario de Ingresos Públicos Ministerio de Economía y Obras Públicas ________
DISPOSICION Nº 099
RIO GALLEGOS, 30 de Septiembre de 2013.VISTO:
Lo dispuesto por los Artículos 12 incisos b y c y Artículo 259º del Título IV Impuesto sobre Rifas y/o Juegos de Azar, y;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 12
incisos b y c del Código Fiscal de la Provincia de Santa Cruz -Ley Nº 3251-, el Secretario de Ingresos Públicos posee facultades para interpretar y reglamentar la normativa aplicable, así como impartir normas generales obligatorias para los contribuyentes, responsables y terceros;
Que, asimismo, el Artículo 259º del Título IV
Impuesto sobre Rifas y/o Juegos de Azar prevé en forma expresa que la Secretaría tendrá a su cargo la fiscalización y recaudación del impuesto, en la forma, plazo y condiciones que determine mediante su reglamentación;
Que, este Organismo Fiscal considera necesario reglamentar diversos aspectos del Impuesto sobre las Rifas y/o Juegos de Azar;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada al respecto;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1.- PAGO A CUENTA. Se establece que, respecto de las rifas y similares sujetos al pago del impuesto sobre las Rifas y/o Juegos de Azar, deberá ingresarse el equivalente al 25% de las boletas emitidas en concepto de pago a cuenta del gravamen.
El pago a cuenta deberá realizarse al momento de la intervención del sellado de las boletas emitidas por parte de este Organismo Fiscal, para su posterior distribución y comercialización.ARTICULO 2.- El saldo definitivo a pagar deberá ingresarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la finalización de la rifa y similares, calculándose el mismo sobre el total de las boletas vendidas.ARTICULO 3.- En oportunidad del ingreso del pago a cuenta, así como del saldo definitivo, deberá presentarse ante esta Secretaría la documentación res-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4753 DE 10 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 01 de Octubre de 2013.paldatoria debidamente intervenida por el organismo fiscalizador L.O.A.S..ARTÍCULO 4: REGISTRESE, COMUNIQUESE a quienes corresponda, DESE al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.C.P. EDGARDO R. VALFRE
Secretario de Ingresos Públicos Ministerio de Economía y Obras Públicas ________

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS
D.P.T.
DISPOSICION Nº 771
RIO GALLEGOS, 11 de Octubre de 2012.Expediente Nº 420.337/08.SANCIONASE con QUINIENTAS 500
U.F. y CINCO MIL 3000 B.M., equivalente a la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS $ 2.799,50 a la Empresa RAMOS MEJIA
MARCELO PATRICIO, al verificarse que la unidad SCANIA-112, dominio VYQ-241, de acuerdo a los Art. 40 Inc. a, Art. 53 Inc. k y Art. 56 del Decreto Nº 779/95 Régimen de contravenciones y sanciones por faltas a la Ley de Tránsito Nº 24.449.Notificar a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince 15 días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Rentas Generales Nº 923.068/1 CBU Nº 0860001101800092306818, la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco cita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.De no interponerse Recurso Jerárquico o abonarse la multa dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente se procederá a girar las actuaciones a la Fiscalía de Estado para que se inicie la ejecución fiscal de la misma.JULIO C. MUÑOZ
Director de Pasajeros y Cargas Dirección Provincial de Transporte Ministerio de la Producción Pcia. de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 772
RIO GALLEGOS, 12 de Octubre de 2012.Expediente Nº 424.721/09.SANCIONASE con SEISCIENTAS 500 U.F. Y
TRES MIL 3000 B.M. equivalente a la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS $ 2.799,50 a la Empresa DATALAN S.R.L., al verificarse que la unidad HYUNDAI-PICK UP, dominio HER-201, de acuerdo a los Art. , 53 Inc k, Art. 56 y Art. 13 del Decreto Nº 779/95 Régimen de contravenciones y sanciones por faltas a la Ley de Tránsito Nº 24.449.Notificar a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince 15 días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Rentas Generales Nº 923.068/1 CBU Nº 0860001101800092306818, la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco cita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.De no interponerse Recurso Jerárquico o abonarse la multa dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente se procederá a girar las actuaciones a la Fiscalía de Estado para que se inicie
BOLETIN OFICIAL
la ejecución fiscal de la misma.JULIO C. MUÑOZ
Director de Pasajeros y Cargas Dirección Provincial de Transporte Ministerio de la Producción Pcia. de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 773
RIO GALLEGOS, 12 de Octubre de 2012.Expediente Nº 420.746/08.SANCIONASE con QUINIENTAS 500 U.F.
y CINCO MIL 3000 B.M., equivalente a la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS
$ 2.799,50 a la Empresa MERCADO RAMONA
DEL ROSARIO, al verificarse que la unidad CHEVROLET CORSA, dominio FRI-746, de acuerdo a los Art. 40 Inc. a, Art. 53 Inc. k y Art. 56 del Decreto Nº 779/95 Régimen de contravenciones y sanciones por faltas a la Ley de Tránsito Nº 24.449.Notificar a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince 15 días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Rentas Generales Nº 923.068/1 CBU Nº 0860001101800092306818, la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco cita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.De no interponerse Recurso Jerárquico o abonarse la multa dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente se procederá a girar las actuaciones a la Fiscalía de Estado para que se inicie la ejecución fiscal de la misma.JULIO C. MUÑOZ
Director de Pasajeros y Cargas Dirección Provincial de Transporte Ministerio de la Producción Pcia. de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 774
RIO GALLEGOS, 12 de Octubre de 2012.Expediente Nº 421.385/08.SANCIONASE con QUINIENTAS 500 U.F.
y CINCO MIL 3000 B.M., equivalente a la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS
$ 2.799,50 a la Empresa MORETA ADRIANA ESTELA DEL VALLE, al verificarse que la unidad CHEVROLET - SEDAN 4 PTAS., dominio FWK-615, de acuerdo a los Art. 40 Inc. a, Art. 53 Inc. k y Art. 56
del Decreto Nº 779/95 Régimen de contravenciones y sanciones por faltas a la Ley de Tránsito Nº 24.449.Notificar a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince 15 días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Rentas Generales Nº 923.068/1 CBU Nº 0860001101800092306818, la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco cita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.De no interponerse Recurso Jerárquico o abonarse la multa dentro de los quince 15 días hábiles de notificada la presente se procederá a girar las actuaciones a la Fiscalía de Estado para que se inicie la ejecución fiscal de la misma.JULIO C. MUÑOZ
Director de Pasajeros y Cargas Dirección Provincial de Transporte Ministerio de la Producción Pcia. de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 775
RIO GALLEGOS, 12 de Octubre de 2012.Expediente Nº 428.006/09.SANCIONASE con QUINIENTAS 500 U.F. y

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 1/10/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date01/10/2013

Page count10

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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