Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/3/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 07 de Marzo de 2013.-

en la calle Don Bosco Nº 369 de esta ciudad Capital, a partir del 08 de Marzo de 2013, siendo el valor del mismo de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $ 4.250,00.-, ascendiendo el Presupuesto Oficial a la suma de PESOS CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $ 4.250.000,00.-.________

ACUERDOS
SINTETIZADOS
C.A.P.
ACUERDO Nº 092
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 15.007/61.DECLARESE CUMPLIDAS las Obligaciones al señor Héctor Raúl TOUYYA, D.N.I. Nº 4.106.839, adjudicatario en venta de la superficie de 16. 691
has., 47 as., 22 cas., 42 dm, ubicada en parte de los lotes 3, 8, 9 y 14 de la Fracción B, parte de los Lotes 4, 5, 8 y 9 de la Fracción C, todos de la Colonia Presidente Manuel Quintana de esta Provincia, donde funciona el establecimiento Ganadero LA
TAPERA.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1


ACUERDO Nº 093
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 493.866/98.DECLARESE CUMPLIDAS las Obligaciones impuestas por Ley Nº 1009, a favor del señor Julio Pacifico GORIGOITIA, DNI Nº 11.809.145, sobre la superficie de dos mil doscientos veintisiete metros cuadrados con setenta y seis decímetros cuadrados 2.227,76 m, ubicada en la Parcela Nº 7, de la Manzana Nº 4, Circunscripción I, del pueblo El Chaltén de esta provincia.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1

ACUERDO Nº 095
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 489.075/12.ADJUDICASE en venta a favor de la señora Viviana PONCE, D.N.I. Nº 28.877.147, de acuerdo a la Ley 63, la superficie aproximada de cuatrocientos cuarenta y dos metros cuadrados 442,00 m, ubicada en la Parcela Nº 1, Manzana Nº 3, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia, con destino a vivienda familiar, al precio de ocho 8 módulos el metro cuadrado, cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas-oil, fijado por Resolución Nº 497/06, dictada por este Consejo Agrario Provincial.OBLIGASE a la adjudicataria a abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente, para que esta venta quede formalizada, y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiado con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.DEJASE establecido que el atraso en el pago de dos 2 cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose, sin excepción alguna, un interés del doce por ciento 12% anual. Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada.
Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida a la interesada.DECLARESE por la adjudicataria, conocer los Artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.ESTABLECESE pacto de preferencia y retroventa, en los casos que los adjudicatarios desearan realizar una venta y/o transferencia de tierras fiscales urbanas, dando prioridad al Estado Provincial en este tipo de comercialización.OBLIGASE a la interesada a hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de las obligaciones impuestas por las normativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1


ACUERDO Nº 094
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 480.574/04.DECLARESE CUMPLIDAS las obligaciones impuestas por Ley 63 y 1009, a favor del señor Juan Leonardo FUENTES, D.N.I. Nº 11.335.239, sobre la superficie de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados 450,00 m, ubicada en la Parcela Nº 4, Manzana Nº 1, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
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Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1

ACUERDO Nº 096
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 489.167/12.ADJUDICASE en venta a favor de la señora Mónica Alejandra SANCHEZ, D.N.I. Nº 24.600.207, de acuerdo a la Ley 63, la superficie aproximada de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados 450,00 m, ubicada en la Parcela Nº 2 , Manzana Nº 5, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia, con destino a vivienda familiar, al precio de ocho 8 módulos el metro cuadrado, cada módulo equivale al precio
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B.O. Nº 4678 DE 12 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
de un 1 litro de gas-oil, fijado por Resolución Nº 497/06 dictada por este Consejo Agrario Provincial.OBLIGASE a la adjudicataria a abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente, para que esta venta quede formalizada, y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiado con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.DEJASE establecido que el atraso en el pago de dos 2 cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose, sin excepción alguna, un interés del doce por ciento 12% anual. Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada.
Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida a la interesada.DECLARESE por la adjudicataria, conocer los Artículos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.ESTABLECESE pacto de preferencia y retroventa, en los casos que los adjudicatarios desearan realizar una venta y/o transferencia de tierras fiscales urbanas, dando prioridad al Estado Provincial en este tipo de comercialización.OBLIGASE a la interesada a hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de las obligaciones impuestas por las normativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-1


ACUERDO Nº 097
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2012.Expediente Nº 481.895/04.OTORGAR una Prórroga al señor Carlos Enrique ARENILLAS D.N.I. Nº 18.597.844, la superficie de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados 450,00
m, ubicada en la Parcela Nº 3, de la Manzana Nº 1, del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia, para que en un plazo de sesenta 60 días corridos, contados a partir de la notificación del presente Acuerdo, de cumplimiento con la legislación vigente, bajo apercibimiento de caducar dicha adjudicación.El no cumplimiento a lo estipulado en el artículo anterior, dará lugar a la caducidad de la adjudicación en venta con pérdida de las sumas abonadas a favor del Estado Provincial.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente RODRIGO SUAREZ HAROLD JOHN
BARK Dr. GUILLERMO BASUALTO
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial P-3

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/3/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date07/03/2013

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First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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