Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/8/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, pudiendo establecer sucursales, filiales o agencias dentro y fuera del país, como asimismo unirse a otras sociedades o personas en uniones transitorias de empresas, agrupamiento de colaboración u otros.Datos Inscripción: Inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el No. 9897 del libro 31 de Sociedades por Acciones, el 03 de Julio de 2006.
Duración: 99 años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: $ 12.000. Administración y Represe ntación: La dirección y la administración de la sociedad están a cargo del Directorio, compuesto de uno a tres miembros debiendo la asamblea, elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio en el orden de su elección. El término de su elección es de tres ejercicios. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en caso de ausencia del primero.- Fiscaliz ación: Prescinde de sindicatura conforme el Art. 284 in fine de la Ley 19.550. Cie rre de Ejercicio: 31 de Diciembre de cada año. Dire ctorio:
Director T itular y Presidente: Eduardo Raúl Costa y Director Suplente: Susy Inés Bello Knoll.- SECRETARIA, 06 de Agosto de 2007.JAVIER O. MORALES
Secretario P-1


EDICTO Nº 045/07
REGISTRO DE CATEO
Se hace saber por dos veces en el espacio de diez 10 días que se ha ordenado el Registro de Solicitud de Permiso de Cateo, para la búsqueda de sustancias minerales de primera y segunda categoría, Oro, Plata y Cobre, llamándose por el término de veinte 20
días a quienes se creyeren con derecho a deducir oposición, conforme lo establece el Artículo Nº 27 del Código de Minería.- TITULAR: LAS YARETAS
S.A. UBICACIÓ N: Encierra una superficie total de 4.200 Has. 00a. 00 ca., Siendo las coordenadas las siguientes: A.X: 4.741.600,00 Y: 2.468.500,00 B.X:
4.741.600,00 Y: 2.475.500,00 C.X: 4.735.600,00 Y:
2.475.500,00 D.X: 4.735.600,00 Y: 2.468.500,00
Se encuentra dentro de los LOTES Nº 8 y 13, FRACCIO N D, SECCIO N: XI, De partame nto DESEADO , de la Provincia de Santa Cruz.- ESTANCIA: SAN SEGUNDO .- Se tramita bajo Expediente Nº 415.508/AE/04, denominación: MIRADO R.- PUB LIQ UESE.- Fdo. Ing . C laudia LAURLUND Dire cción Provincial de Mine ría Autoridad Mine ra de 1º Instancia de la Provincia de Santa Cruz .Esc. ELIANA VERO NICA GENELLINI
Escribana de Minas Pcia. de Santa Cruz P-2
ED IC TO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 en lo Civil, Comercial, de Familia y de Minería, a cargo de la Dra. MARTA ISABEL YAÑEZ, Secretaría a cargo del Dr. PABLO PALACIOS, con asiento en esta ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, se hace saber por un día que en los autos caratulados ESCALA DEL SUR S.R.L. S/INSCRIPCIO N EN EL REGISTRO PUBLICO DE
CO MERCIO , EXPTE. Nº E-21.288/2003, que mediante Instrumento Privado de fecha 1º de Diciembre de 2005, con certificación de firmas efectuada ante el Escribano Raúl Gastón IGNAO, titular Registro Notarial Nº 45, el Sr. CLAUDIO ARISPE
CRESPO , DNI 93.939.221, soltero, de nacionalidad boliviana, con domicilio real en el Barrio Nuevos Pobladores calle Dr. René Favaloro Nº 106 de la ciudad de Caleta Olivia, llamado en adelante el CEDENT E, y por la otra y la Sra. SILIDA VARGAS CLAROS, DNI 24.477.554, argentina, casada, con domicilio en la calle Maipú Nº 1925 de Caleta Olivia, llamada en adelante la CESIONARIA, realizaron acto de cesión de cuotas sociales en los siguientes términ os: EL CEDE NT E, Sr. CL AUDIO ARISPE

RIO GALLEGO S, 21 de Agosto de 2007.CRESPO, CEDE, RENUNCIA Y T RANSFIERE a favor de la CESIONARIA, Sra. SILIDA VARGAS
CLAROS, la cantidad de quinientas 500 cuotas, que le corresponden en calidad de socio de ESCALA
DEL SUR S.R.L. conforme contrato constitutivo de fecha 04 de Junio de 2003, inscripta con fecha 30 de Septiembre de 2003, bajo el Número 207, Folios 813/
816, Tomo V, del Libro de Sociedades de Responsabilidad Limitada, del Registro Público de Comercio dependiente del Juzgado en lo Civil, Comercial, de Familia y de Minería Nº 1 de la ciudad de Caleta Olivia, Santa Cruz. La presente operación se formaliza en la suma total y convenida de PESOS CINCO
MIL $ 5.000,00, recibiendo el CEDENT E de manos de la CESIONARIA, tal monto en este acto, en efectivo, sirviendo el presente del mas formal recibo y carta de pago. Esta operación surte efecto a partir de la fecha, siendo por consiguiente, la CESIONARIA propietaria de las cuotas sociales transmitidas y de sus rentas, a partir del día de hoy, todo ello en virtud que el socio gerente GROVER OSVALDO
ARISPE ROJAS, DNI 92.841.239, aceptó la cesión y se notifica de la presente, suscribiendo esta cesión de plena conformidad. El CEDENT E declara no hallarse inhibido para disponer de sus bienes y que las cuotas partes que cede mediante el presente no se encuentran embargadas, por lo que se transfieren a favor de la CESIONARIA con todos los derechos que ello implica, en la sociedad de que se trata, derechos a los que renuncia sin limitación alguna, colocando a esta última en su mismo lugar, grado y prelación con entera subrogación legal. En virtud de esta cesión el CEDENT E Sr. CLAUDIO ARISPE CRESPO queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma, que renuncia al cargo de gerente, a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores y que tampoco tiene reclamo alguno que formular a la CESIONARIA. Se deja constancia que la presente cesión fue tratada y aprobada mediante Acta de fecha 15 de Noviembre de 2005, según consta en el Libro de Actas de la sociedad. La presente cesión será inscripta en el Registro Público de Comercio Art.
152 y ccs. Ley 19.550.
CALETA OLIVIA, 13 de Noviembre de 2006.Dr. JUAN PABLO OLIVERA
Secretario P-1


ED IC TO
El Dr. Marcelo Martín BAILAQUE, Juez Subrogante, en autos caratulados: TROST JULIO ALEJANDRO S/SUCESION AB-INTESTATO Expte.
Nº T-25008/07, cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Familia y de Minería Nº 1 de la Provincia de Santa Cruz, Secretaría a cargo del suscripto, con asiento en la ciudad de Caleta Olivia, Provincia de Sa nta Cruz, cita y em plaza a he rederos y acreedores que se consideren con derecho a los biene s del causan te, SR. JULI O ALEJANDRO
T ROST, para que en el término de treinta días acredite n dic has c irc un sta ncias, m edian te edict os a publicarse en el Boletín Oficial de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, por el término de 3 días.CALETA OLIVIA, de Mayo de 2007.Dr. PABLO PALACIO S
Secretario P-3
EDICTO LEY 21.357
Por disposición de S.S., el señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 1, Dr. Carlos Enrique Arenillas, con asiento en esta Ciudad de Río Gallegos, Secretaría de Registro Público de Comercio a cargo del autorizante en los autos caratulados: RECTIFICACIO NES CAFIMAR S.R.L. s/CESIO N DE CUO TAS SO CIALES Y MO DIFICACIO N DE CO NTRATO SO CIAL, Expte. R-6180/07, se hace saber por UN DIA
el siguiente EDICT O: Esc. 697 y 321; Fs. 1411 y 575
del 29/12/2006 y 19/06/2007, respec., aut. por la Esc.

BO LETIN O FICIAL
Gladis Bustos, titular Reg. 46, los cónyuges en 1º nup. don PACIFICO FRANCISCO CAPO MASI, nac. 14/08/26, LE 4.656.936, CUIL 23-04656936-9, doña RO SA GERMO NDANI, nac. 25/11/29, LC
1. 844 .13 9, CUIL 27 -01 844 139- 5, don JO RGE
ALB ERTO C APO MAS I, n ac. 22/1 1/5 6, DNI
12.777.556, CUIL 20-12777556-8, y casado 1º nup.
con Fabiana Minnicelli, todos arg., comerciantes, vecinos de esta Ciudad; decidieron adecuar el capital social en la suma de PESO S TREINTAY DOS MIL.Por lo que queda modificada la cláusula cuarta del Contrato Social que así queda redactada: Cuarta: El capital Social se fija en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL $ 32.000, dividido en cien cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, totalmente suscripto e integrado por los socios de la siguiente m anera: e l so cio Pacífico Fra ncisco Capomasi, el diez por ciento 10% del capital social o sea diez cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una que representan la suma de tres mil doscientos pesos de capital social; doña Rosa Germondani el cincuenta por ciento 50% del capital social o sea cincuenta cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de dieciséis mil pesos del capital social, don Jorge Alberto Capomasi el cuarenta por ciento 40% del capital social o sea cuarenta cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de doce mil ochocientos pesos del capital social.- Doña Rosa Germondani CEDIO Y TRANSFIRIO a favor de su hijo señor Jorge Alberto Capomasi, la nuda propiedad de todas sus cuotas sociales, o sea cincuenta cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de dieciséis mil pesos del capital social que tiene y le corresponde en la citada sociedad y Don Pacífico Francisco Capomasi, CEDIO Y
TRANSFIRIO a favor de Antonella Capomasi, argentina, Nacional 13/08/84, DNI 30.999.227, CUIL
27-30999227-5, soltera, comerciante, dom. en calle Honduras 5638, departamento F de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la nuda propiedad del diez por ciento 10% del capital social o sea diez cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una que representan la suma de tres mil doscientos pesos de capital social, por lo que queda modificado el artículo cuarto del Contrato Social: Cuarta: El capital Social se fija en la suma de PESOS TREINTA Y
DOS MIL $ 32.000, dividido en cien cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, totalmente suscripto e integrado por los socios de la siguiente manera: don Jorge Alberto Capomasi el noventa por ciento del capital social o sea noventa cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de veintiocho mil ochocientos pesos del capital social, de los cuales cincuenta cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de dieciséis mil pesos del capital social es como nudo propietario; doña Rosa Germondani como usufructuaria del cincuenta por ciento del capital social, o sea cincuenta cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una, que representan la suma de dieciséis mil pesos del capital social; don Pacífico Francisco Capomasi como usufructuario del diez por ciento del capital social o sea diez cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una que representan la suma de tres mil doscientos pesos de capital social; doña Antonella Capomasi, como nuda propietaria del diez por ciento del capital social o sea diez cuotas de trescientos veinte pesos valor nominal cada una que representan la suma de tres mil doscientos pesos de capital social.- Habiéndose modificada la cláusula quinta del Contrato Social, de la siguiente manera: QUINTA: La administración, representación legal y uso de la firma social de la sociedad estará a cargo del señor Jorge Alberto Capomasi, quien actuará en calidad de Gerente.- Desempeñará sus funciones durante el plazo de duración de la Sociedad, pudiendo ser removido únicamente por justa causa.- En el ejercicio de la administración, el socio gerente podrán para el cumplimiento de los fines sociales: Constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, tomar en locación bienes inmuebles, administrar bienes de otros, nombrar y despedir agentes, empleados, otorgar poderes generales especiales, incluso para querellar criminalmente, inscribirse como proveedores

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/8/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date21/08/2007

Page count12

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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