Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/6/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO
GOBIERNO DE
DE LA
LA PROVINCIA
PROVINCIA DE SANTA
SANTA CRUZ
CRUZ
Ministerio de la Secretaría Secretaría General General de de la Gobernación Gobernación Ministerio de
BOLETIN
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RIO
RIO
GALLEGOS

FRANQUEO AA PAGAR
PAGAR
FRANQUEO
CUENTA Nº 07-0034

AÑO L - Nº 3867

LE Y E S
LEY Nº 2757
El Pode r Le gislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fue rz a de :
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE en todos sus términos el Convenio de Financiamiento, suscripto con fecha 03 de Diciembre del año 2004, entre la Secretaría de T urismo de la Presidencia de la Nación, representada por su titular, Don CarlosEnrique Meyer, la provincia de Santa Cruz representadapor su Gobernador, Doctor Sergio Edgardo Acevedo y la Municipalidad de Puerto Deseado representada por su Intendente Don Evaristo Arturo Rodríguez, el cual tiene como objeto el otorgamiento por parte de la Nación de un aporte financiero depesos ciento cincuenta mil $ 150.000,00, para contribuir a la construcción del Centro de Información T urística de la localidad Fitz Roy; que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2.- CO MUNIQUESEal Poder Ejecutivo Provin cial, dése a l Boletín Oficial y cum plido, ARCHIVESE. DADA EN SALA DE SESIO NES: RIO GALLEGO S, 12 de Mayo de 2005.CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JO RGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados CO NVENIO DE FINANCIAMIENTO DE
O BRA ENTRE LA SECRETARIA DE
TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACIO N, EL GO BIERNO DE LA PRO VINCIA
DE SANTA CRUZ Y LA MUNICIPALIDAD
DE PUERTO DESEADO
Entre la SECRET ARIA DE T URISMO DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION, con domicilio en la calle Suipacha Nº 1111, piso 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante T URISMO, representada por el Señor Secretario de T urismo D.
Carlos Enrique MEYER, el GOBIERNO DE LA
PROVINCIA DE SANT A CRUZ representada por el Señor Gobernador Dr. Sergio Edgardo ACEVEDO, con domicilio en la calle Alcorta 231 de Río Gallegos, en adelante LA PROVINCIA, y la MUNICIPALIDAD
DE PUERT O DESEADO representada por el Señor Intendente D. Evaristo Arturo RODRIGUEZ, con domicilio en la calle Almirante Bown 415 de Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz, en adelante LA
MUNICIPALIDAD acuerdan celebrar el presente Con ve nio , co mp ro m et ié ndo se a c um p lir la s obligaciones consignadas en las siguientes cláusulas:
PRIMERA: T URISMO se compromete a otorgar a LA P ROVINCIA un aport e financiero de PESOS CIENT O CINCUENT A MIL $ 150.000.- para la construcción del Centro de Información Turística en FIT Z
ROY, contribuyendo con un CINCUENT A 50 % del presupuesto total de la obra, conforme a la dis-

OFICIAL
OFICIAL

GENERAL BOLETIN
DIRECCION GENERAL
BOLETINOFICIAL
OFICIALEEIMPRENTA
IMPRENTA
VICTOR HUGO LANARO
LANARO
Director General Di rector General
PUBLICACIO NBISEMANAL Marte s y Jue ve s Dr. SERGIO EDGARDO ACEVEDO
Gobe rnador Sr. RO Q UEALFREDO O CAMPO
Ministro de Gobie rno Sra. BEATRIZ LILIANA KO RENFELD
Ministro de la Se cre taría Gene ral de la Gobernación Ing.º LUIS VILLANUEVA
Ministro de Economía y O bras Públicas Sra. NELIDA LEO NO R ALVAREZ
Ministro de Asuntos Sociale s Sra. INGRID BEATRIZ BO RDO NI
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Fiscal de Estado ponibilidad financiera prevista para el ejercicio del año 2004.SEGUNDA: T URISMO tr ansferirá en f orma anticipada, los fondos a una cuenta habilitada al efect o por LA P ROVINCIA, donde se ingresará el m ont o asignado de PESOS CIENT O CINCUENT A MIL
$ 150.000.- LA PROVINCIA deberá presentar los certificados de obra aprobados por el responsable técnico designado por la misma y ser verificados por el personal técnico y contable de T URISMO.TERCERA: El monto total asignado deberá ser invertido durante el transcurso de OCHO 8 meses.
Por lo tanto LA PROVI NCIA deberá e nviar a T URISMO mensualmente el certificado de avance de obra aprobado.CUARTA: LA PROVINCIA declara como cuenta bancaria nacional la registrada bajo el Nº 1143/53 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, a los efectos de la transferencia para el cumplimiento de la finalidad para la cual se efectuó el aporte. Los fondos deberán ser usados en el destino para el cual se dieron dentro del plazo máximo previsto en la Cláusula T ercera, a partir de la fecha de su recepción, caso contrario T URISMO, podrá declarar la caducidad del acto que dispuso el aporte con las consecuencias establecidas en la Cláusula Séptima del presente convenio.Q UINTA: LAPROVINCIA deberá comunicar dentro de las 48 horas a T URISMO, cualquier modificación del proyecto, plazo de ejecución u otra anomalía que se produjera durante la ejecución de la obra.SEXTA: LA PROVINCIA se compromete a mantener el objetivo turístico no desvirtuando el espíritu de la obra, así como arbitrar los recaudos que permitan el mantenimiento de la misma, una vez habilitados.SEPTIMA: El presente Convenio podrá ser rescindido en forma unilateral por T URISMO en caso de verifica rse incumplimiento en cualquiera de los aspectos incluidos en este Convenio, por marcha irregular de los trabajos y abandono de obra. Dando derecho aT URISMO areclamar elinmediato reintegro de los montos entregados, como así también la inhabilitación por el término de 1 UN año de LA
PROVINCIA para recibir fondos provenientes del PROGRAMA NACI ONAL DE I NVERSIONES
PUBLICAS.O CTAVA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a equipar el mobiliario necesaio para el funcionamiento del Centro de Interpretación, proveer de personal
RIO GALLEGOS S.C., 02de Junio de 2005.operativo idóno y un Guión interpretativo, en un tiempo máximo de UN 1 mes, a partir de la finalización de las obras.NO VENA: La documentación de obra entregada a T URISMO por LA PROVINCIA, forma parte de este Convenio.DECIMA: LA PROVINCIA designa en este acto al Ingº. Daniel VILLAFAÑE LEICH, D.N.I. Nº 11.262.235 como ResponsableT écnico e Inspector de Obra, para el seguimiento y aprobación de los c er tific ados de a va nc e de obr a re sp e ct iv os, designándose en el mismo acto al Arqº. Miguel Angel RAOLA, D.N.I. Nº 4.392.901 como responsable alterno.DECIMO PRIMERA: LA PROVINCIA facilitará los medios necesarios para que T URISMO realice las supervisiones técnicas y contables en tiempo y forma que estime convenientes, a efectos de autorizar las transferencias de fondos correspondientes.DECIMO SEGUNDA: LA PROVINCIA asume todas las responsabilidades propias o de terceros respecto al personal de obra y cualquier otro perjuicio que pudiera producirse con motivo o en ocasión de las obras, deslindando totalmente al Estado Nacional.DECIMO TERCERA: LA PROVINCIA colocará en lugar visible al frente de la obra un cartel con letras significativas en el que se indique que la totalidad de los fondos que utilice provienen de T URISMO. Al finalizar la obra LA PROVINCIA se compromete a instalar en el Centro de Interpretación, una placa que indique la asistencia financiera de T URISMO.DECIMO CUARTA: LA PROVINCIA se compromete a completar las diferencias que surjan del monto asignado al proyecto y las modificaciones, imprevisiones o mayores costos que resulten de su ejecución.DECIMO Q UINTA: La rendición de cuen tas deberá efectuarse de conformidad a lo dispuesto en la Cláusula Segunda, contra presentación de certificados de Obras, los que serán aprobados por el responsable técnico designado por LA PROVINCIA.DECIMO SEXTA: Ante cualquier controversia ambas partes se someten a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 117 de la Constitución Nacional.DEC IMO SEPTIMA: Pa ra t odos los efec tos judiciales y extrajudiciales derivados del presente CONVENIO, LA PROVINCIA y EL MUNICIPIO
constituye su domicilio legal en la calle 25 de Mayo 279 Casa de la Provincia de Santa Cruz en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y T URISMO en el citado encabezamiento delpresente Convenio.En prueba de conformidadse firman tres ejemplares del mismo tenor, y a un solo efecto, en a los 3 días del mes de Diciembre de 2004.DECRETO Nº 1376
RIO GALLEGOS, 26 de Mayo de 2005.VI ST O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Mayo del año 2005 mediante la cual se APRUEBA en todos sus términos el Convenio de Financiamiento para contribuir a la construcción del Centro de Información T urística de la localidad de Fitz Roy, el que como

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/6/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date02/06/2005

Page count32

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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