Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3407

Santa Rosa, 27 de marzo de 2020

de acuerdo a lo establecido en la Cláusula NOVENA del Contrato de Mutuo obrante de fojas 41 a 44, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, adeudando al 20 de marzo de 2020 la suma de $ 29.661,34.
Art. 2.- La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera determinará con intervención de Contaduría General de la Provincia, la suma adeudada por el beneficiario en virtud de lo expuesto en el artículo anterior, la que deberá ingresar a la Cuenta Nº 1095/7
Provincia de La Pampa Rentas Generales, del Banco de La Pampa SEM, dentro de los 15 días de notificada la presente Resolución, en su defecto se procederá a la ejecución de la Garantía Personal.
Art. 3.- Ante el incumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, se dará intervención a Fiscalía de Estado para que realice las gestiones extrajudiciales y/o judiciales pertinentes, tendientes al cobro de la suma adeudada al Estado Provincial.
Res. N 148 -19-III-20- Art. 1.- Declárase la caducidad de los beneficios otorgados al señor Pablo Guillermo VILLALBA, D.N.I. Nº 24.517.892, mediante Resolución Nº 260/07, de fecha 30 de abril de 2007, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula OCTAVA del Contrato de Mutuo obrante de fojas 40 a 43, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, adeudando al 20 de marzo de 2020 la suma de $ 33.056,33.
Art. 2.- La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera determinará con intervención de Contaduría General de la Provincia, la suma adeudada por el beneficiario en virtud de lo expuesto en el artículo anterior, la que deberá ingresar a la Cuenta Nº 1095/7
Provincia de La Pampa Rentas Generales, del Banco de La Pampa SEM, dentro de los 15 días de notificada la presente Resolución, en su defecto se procederá a la ejecución de la Garantía Personal.
Art. 3.- Ante el incumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, se dará intervención a Fiscalía de Estado para que realice las gestiones extrajudiciales y/o judiciales pertinentes, tendientes al cobro de la suma adeudada al Estado Provincial.
Res. N 149 -19-III-20- Art. 1.- Declárase la caducidad de los beneficios otorgados a la señora Dora Beatriz POBLET, D.N.I. Nº 20.107.188, mediante Resolución Nº 336/07, de fecha 24 de mayo de 2007, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula DECIMA del Contrato de Mutuo obrante de fojas 41 a 44, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, adeudando al 20 de marzo de 2020 la suma de $ 33.787,87.
Art. 2.- La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera determinará con intervención de Contaduría General de la Provincia, la suma adeudada por el beneficiario en virtud de lo expuesto en el artículo anterior, la que deberá ingresar a la Cuenta Nº 1095/7
Provincia de La Pampa Rentas Generales, del Banco de
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La Pampa SEM, dentro de los 15 días de notificada la presente Resolución, en su defecto se procederá a la ejecución de la Garantía Personal.
Art. 3.- Ante el incumplimiento de lo previsto en el artículo anterior, se dará intervención a Fiscalía de Estado para que realice las gestiones extrajudiciales y/o judiciales pertinentes, tendientes al cobro de la suma adeudada al Estado Provincial.

INSTITUTO PROVINCIAL AUTÁRQUICO
DE VIVIENDA
Res. N 182 -17-III-20- Art. 1.- Revocar la afectación al dominio público y la expropiación del inmueble identificado catastralmente como:
Nomenclatura Catastral: Ejido 021, Circunscripción IV, Chacra 010, Parcela 13, Partida 754805, dispuesta por Resolución N 74/2020 IPAV, en razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

SECRETARÍA DE ASUNTOS
MUNICIPALES
Res. N 47 -19-III-20- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 500.000,00, a favor de la Municipalidad de Alpachiri -101-6, destinado a la Terminación de la Construcción SUM.
Res. N 48 -19-III-20- Art. 1.- Otórganase aportes no reintegrables por la suma de $600.000,00, a favor de las Municipalidad de que se detallan y, de acuerdo al siguiente detalle:
221-2 ATALIVA ROCA
$ 200.000,00.- 1 Cuota Adquisición Camioneta.041-4 CATRILO
$ 280.000,00.- Compra Tractor Cortador de Césped.031-5 LA ADELA
$ 120.000,00.- Refacción Comisaría.Res. N 49 -19-III-20- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 150.000,00, a favor de la Municipalidad de Miguel Riglos -014-1, destinado a la reparación parque automotor.
Res. N 50 -19-III-20- Art. 1.- Otórganse aportes no reintegrables por la suma de $ 2.740.000,00, a favor de las Municipalidades y Comisiones de Fomento que se mencionan, para atender en todos los casos, el financiamiento de déficit y gastos de emergencia Artículo 110 Ley 1.065, de acuerdo al siguiente detalle:
112-3 ABRAMO
121-4 CARRO QUEMADO
041-4 CATRILO
011-7 DOBLAS
102-4GENERAL M.J.CAMPOS
196-6 INGENIERO LUIGGI
012-5 MACACHIN

$ 150.000,00.$ 30.000,00.$ 50.000,00.$ 110.000,00.$ 40.000,00.$ 210.000,00.$ 200.000,00.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date27/03/2020

Page count29

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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