Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 28

Santa Rosa, 28 de febrero de 2020

de los cinco de aprobarse judicialmente la subasta art.
558 del C.P.C.C. oportunidad en que se entregara la posesión y escritura traslativa de dominio por ante el escribano que el comprador designe. Y en el estado de ocupación en que se encuentra. El comprador, al suscribir el boleto de compraventa deberá constituir domicilio en el lugar de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 45 del Código Procesal y se le hará saber las disposiciones del Art. 540 del código citado.
Las deudas que pesan sobre el inmueble a subastar serán a cargo del comprador, a partir de la toma de posesión del inmueble ESTADO DE OCUPACIÓN Y MEJORAS:
DESOCUPADA, Consta de tres dormitorios, cocina comedor y baño, Cochera y patio. COMISIÓN 3%, Sellado 3% a c/ del comprador. REVISAR: Semana previa a la subasta. Publíquese edicto por una vez en Boletín Oficial y dos días en un diario a elección del Actor. Fdo. Dra. Adriana PASCUAL, Jueza. Prof. Inter.
Prof. Inter. Dr. GARCÍA Raúl Alfredo, Pellegrini nº255.
Santa Rosa La Pampa, 18 de Febrero del 2.020. Sergio A. MARTIN, Martillero Público.B.O. 3403
El Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras Nº 2, a cargo de la Dra. Adriana Isabel CUARZO, sito en Int.
Avdas. Uruguay y Perón-Centro Jud. Edif. Fueros Sector Civil- 1ºPiso-Bloque de Escaleras Nº 1 de la ciudad de Santa Rosa, Secretaría Única a cargo de la Dra. DIAB
Laura M., en los autos caratulados: ANZORENA, Ana María S/ Concurso Preventivo, Expte. N X 79009, DNI 13. 825.600, con domicilio Real en la Calle Máximo Onischuck Nº 2936 de Santa Rosa, La Pampa; hace saber de la siguiente resolución que en su parte pertinente dice:
"Santa Rosa, 6 de diciembre de 2019.-AUTOS Y
VISTOS: RESUELVO: I Declarar finalizado el concurso preventivo de Ana María Anzorena DNI N
13.825.600 CUIL N 27-13825600-1 con domicilio en calle Robustelli esquina Lebensohn de Santa Rosa La Pampa. II Dar por concluida la labor de la Sindicatura como controladora del acuerdo. Regúlanse los honorarios del CPN Ricardo Ariel Rojas en el 0,9% y del CPN Ariel David Martínez el 0,1%, todo ello sobre el monto pagado a los acreedores. III Otorgarle al CPN Ariel David Martínez 10 días contados a partir de la notificación de la presente, para que determine el monto base sobre el que deben calcularse los honorarios regulados en la presente resolución. IV Disponer el cese de la Inhibición General de vender y/o gravar sus bienes art. 14 inc. 7 de la LCQ
y hacer saber el cumplimiento del acuerdo al Registro de Juicios Universales. Para la toma de razón líbrense los oficios a los Registros Nacional de la Propiedad Automotor -Seccionales Santa Rosa-, de la Propiedad Inmueble, de Créditos Prendarios con jurisdicción en el domicilio de la concursada y al registro Nacional de Créditos Prendarios, de la Propiedad Automotor, este último bajo los recaudos de la Ley n 22.172 y al Registro de Juicios Universales. V Publíquense edictos de la presente resolución por un día en el Boletín Oficial y en el periódico "El Diario" art. 59 5º párrafo de la LCQ. VI

BOLETÍN OFICIAL N 3403

Comunicar la conclusión -mediante oficio o correo electrónicodel proceso concursal al Registro de Juicios Universales y a la Receptoría General de Expedientes.
VII Comunícase a los juzgados de primera instancia de la Justicia Ordinaria de La Pampa y al Federal con asiento en la Provincia. Hágase saber qué, que por razones de economía procesal y material, una vez firme la presente, las comunicaciones dispuestas en este punto -a excepción de la dispuesta para el Juzgado Federalse realizarán mediante correo electrónico a través del Sistema Informático de Gestión de Expedientes, con incorporación de la presente, para permitir su validación con el correspondiente código, el que se incorporara por Secretaria.
VIII
Oportunamente, archívese, conjuntamente con la totalidad de los incidentes, causas atraídas y documental reservada en Secretaria, y procédase al cierre de la cuenta bancaria de autos.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Agréguese la constancia de saldo bancario de la cuenta judicial de autos nro. CA-100-4-149737/3 por $1044,85 y requiérase a la Sindicatura y a la Concursada aclaren el destino de la misma. Ello sin perjuicio de remitir oficio al Banco de la Pampa a los fines que se sirva aclarar el origen de la suma de $1.044,85, toda vez que el único depósito de $35.717,50 de fecha 0/05/2013 fue liberado por libranza judicial el día 26/06/2013. Fdo.: Romina S. Ortega Adriana I. CUARZO, Secretaria Jueza".- Profesional interviniente: Dr. Aldo Walter DÍAZ, Tº III, Fº 075, con domicilio legal en calle 9 de Julio Nº 618/620, Santa Rosa, La Pampa.- Publicación Boletín Oficial: Una vez.Santa Rosa L.P., 13 de febrero de 2020. Silvina D.
BARTH, Secretaria.
B.O. 3403
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 1- Secretaría Única con asiento en Avda. Uruguay n 1097 de Santa Rosa-Edificio FUEROS, Sector CivilBloque de escalera Nº 2- 2do.
Piso Santa RosaPcia de La Pampa-a cargo de la Dra.
Susana FERNÁNDEZJuezSecretaría Única a cargo de la Dra. Marcia CATINARISecretaria, en los autos caratulados:
AULESTIARTE
MERCEDES
BEATRIZ C/ Sucesores de BRAY JUAN
GUILLERMO S/ Posesión Veinteañal Expte Nº 134178 y atento el desconocimiento del paradero de los Sucesores de Juan Guillermo BRAY D.N.I. N
7.350.087 procédase a efectuar la citación por edictos, como así también a aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble con nomenclatura catastral: Ejido 047, Circ. III, rad. f, Mza. 97, Parcela 17, Partida de origen N
614.063, Partida de poseedor N 801453, de la localidad de Santa Rosa, cita y emplaza a que comparezcan a estar a derecho en el plazo de cinco días, a contar desde la última publicación edictal, bajo apercibimiento de nombrar al Defensor en lo CivilTal citación se materializará por una vez en el Boletín Oficial y dos veces en un diario del medio art. 325 CPCCLP. A los efectos de llevar a cabo la medida precedentemente ordenada, se deja constancia que encuentran autorizado el Dr. César Augusto

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 28/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date28/02/2020

Page count43

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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