Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3397

Santa Rosa, 17 de enero de 2020

SENTENCIA NÚMERO DOSCIENTOS /DOS MIL
DIECINUEVE.- En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 17 días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, en la sede del Juzgado de Control, se constituye el Sr. Juez, Gabriel Lauce TEDIN, a los efectos de dictar sentencia en el Legajo n 66087, caratulado: SUELDO, Jésica y otros S/
Maltrato Infantil;
RESULTANDO:
CONSIDERANDO: FALLO: 1 Declarando la extinción de la acción penal en el Legajo n 66087, caratulado: SUELDO, Jésica y otros S/ Maltrato Infantil, respecto de Andrés Alberto FLORES, DNI
27.103.519, y de Jésica Noemí SUELDO, DNI
34.221.722.- 2 Dictar, en consecuencia, el sobreseimiento de Andrés Alberto FLORES, argentino, DNI 27.103.519, nacido el día primero de mayo de 1979, hijo de Oscar Alberto y de Lidia Lagalarraga; y de Jésica Noemí SUELDO, argentina, DNI 34.221.722, nacida el día 13 de diciembre de 1988, hija de Juan Alberto y de Elene Fabiana Sánchez, en orden al delito por el que se formalizara las causa de mención artículo 290 inciso 1
del Código Procesal Penal.- 3 Notifíquese y líbrense las comunicaciones pertinentes al Departamento Judicial D-5
y Registro Nacional de Reincidencia.- Fdo. Dr. Gabriel L. TEDÍN, Juez de Control.B.O. 3396 -3397

SECCIÓN COMERCIO, INDUSTRIA Y
ENTIDADES CIVILES
CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIEROS Y
TÉCNICOS DE LA PAMPA

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anulado, y perderá su validez para el CPITLP siendo archivada en el legajo personal del matriculado.
ARTICULO 3º: En caso de que el profesional posea 2 trámites sin retirar en el plazo establecido en el Art. 1, no podrá presentar una nueva documentación o realizar trámite alguno en el CPITLP hasta que no retire los mismos.
ARTICULO 4º: La documentación intervenida con el sello del CPITLP será pasible de sufrir variación del importe calculado, sí entre la fecha de visado y el pago del mismo se produce un aumento de los aportes profesionales.
ARTICULO 5: La presente tendrá vigencia a partir del día 01
de Marzo del 2020.ARTICULO
6:
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE
y oportunamente dispóngase su archivo.- MMO Silvio HAAG, Presidente MMO Rubén MARIQUEO, Secretario B.O. 3397

BANCO DE LA PAMPA S.E.M.
El Banco de La Pampa SEM, inscripto en el RPC el día 05.07.2002 en el Libro de Sociedades, Tomo II/02, Folio 77/82, según Resolución N 192/02 de fecha 05.07.2002, Expediente 1641/01, informa que en virtud de los Decretos del Poder Ejecutivo Provincial Nros. 617/19, 618/19, 619/19, 620/19, 621/19 y 622/19 de fecha 30.12.2019 se ha designado como Presidente del Directorio al Señor Alexis Gastón Iviglia, como Vicepresidente del Directorio al Señor Alberto Osvaldo Giorgis, como Director Titular en representación del Capital Estatal a los Señores Carlos Mario Pessi y Carlos Alberto Gaccio, por el término de dos años; y como Síndicos: Titular al Señor Rosendo Manuel Peralta y Suplente al Señor Carlos Javier Subelet, por el término de dos ejercicios.
El Directorio
RESOLUCIÓN Nº 1/20
Santa Rosa, 3 de enero de 2020
VISTO: Que resulta de sumo interés para este Consejo implementar todas aquellas medidas tendientes a optimizar el ejercicio de la profesión de los señores matriculados a esta institución; como así también el de registrar las tareas profesionales que se realizan en la provincia de La Pampa; y;
CONSIDERANDO: Que el Directorio de esta entidad, detenta facultades afines a lo consignado en la introducción de esta resolución.Que justamente uno de los instrumentos que posee el órgano ejecutivo tendiente a proteger los derechos de los profesionales del sector que representamos es el referente a la presentación de la documentación técnica acorde a la naturaleza de la obra encomendada.Que por otra parte resulta facultad exclusiva del CPITLP dictar resoluciones correspondientes al procedimiento de visado.POR ELLO; EL DIRECTORIO DEL CONSEJO
PROFESIONAL DE INGENIEROS Y TÉCNICOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA, haciendo uso de las facultades previstas en el artículo 19 del reglamento interno vigente;
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Establecer el plazo máximo para retirar la documentación intervenida por el CPITLP en 90 días corridos.ARTICULO 2º: La documentación que no fuera retirada en el plazo establecido en el Art. 1, será sellada con una leyenda de
FERNIBEN SRL
EDICTO COMUNICANDO NOMBRAMIENTO DE
AUTORIDADES
Inscripta el 28.09.2012 en el Libro Sociedades, Tomo V/12, F.121/132 según Resolución Nº 379/12 de fecha 28/09/2012. Expte. 2030/12
Por 1 día. Art. 60 de la Ley 19.550. La sociedad comunica que mediante la reunión de socios celebrada con fecha 03
del mes de Enero de 2020, Acta Nº 01, se designó a los Sres. Fernando Daniel Rohwain CUIT 20-32046732-3, mayor de edad, soltero, argentino, comerciante y Mauro Nicolás Rohwain CUIT 20-33998214-8, mayor de edad, soltero, argentino, comerciante; ambos con domicilio en calle Raúl B. Díaz Nº 1755 de la ciudad de Santa Rosa L.P., como administradores de la sociedad, a los fines de la continuidad de la empresa en sus actividades comerciales y civiles; quienes desempeñarán la totalidad de las tareas empresariales por el plazo de duración de la sociedad.B.O. 3397
WAMA SRL

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/1/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date17/01/2020

Page count31

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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