Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 21/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3328

Santa Rosa, 21 de septiembre de 2018

correspondientes a la Educación Secundaria, según texto del Anexo III que forma parte integrante de la presente Resolución.Art. 4.- Apruébanse las Inclusiones al Anexo II del Decreto N 735/11, al Anexo del Decreto N 36/12, a los Anexos I y II de la Resolución N 1687/12, a los Anexos I y II de la Resolución N 1688/12, al Anexo de la Resolución N 863/13, al Anexo de la Resolución N 864/13, al Anexo de la Resolución N 1417/13, al Anexo II de la Resolución N 1576/13, al Anexo de la Resolución N 1646/13, al Anexo de la Resolución N 1696/13, al Anexo de la Resolución N 512/14, al Anexo II de la Resolución N
693/15, y al Anexo de la Resolución N 2383/15 todos del Ministerio de Cultura y Educación, del Anexo de Títulos del Estatuto del Trabajador de la Educación Ley N 1124 y sus modificatorias, correspondientes a la Educación Secundaria y a la Educación Técnico Profesional respectivamente, según texto del Anexo IV que forma parte integrante de la presente Resolución.Art. 5.- Apruébanse las Inclusiones al Anexo de la Resolución N 1074/16, del Ministerio de Cultura y Educación, del Anexo de Títulos del Estatuto del Trabajador de la Educación Ley N 1124 y sus modificatorias, según texto del Anexo V que forma parte integrante de la presente Resolución.Res. Nº 929 -31-VIII-2018- Art. 1º.- Considérase limitado por estrictas razones de servicio, a partir del 5 de febrero de 2018, el usufructo de los 45 días de la Licencia Anual por Vacaciones correspondiente al año 2017, solicitados desde el 2 de enero y hasta el 15 de febrero de 2018, por la señora Coordinadora de Área II, Zona Norte, Profesora Griselda Raquel PREGNO, D.N.I. N
20.263.513, Afiliada N 44900, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2.- Los 11 días restantes de Licencia Anual por Vacaciones limitada en el artículo precedente, podrán ser usufructuados cuando las necesidades del servicio así lo permitan, previo acuerdo con la Dirección General de Educación Secundaria.Res. Nº 933 -3-IX-2018- Art. 1º.- Apruébase, a partir del presente Ciclo Lectivo, el Proyecto Tutorías entre Pares Modalidad Educación en Contextos de Privación de Libertad, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.Art. 2.- Apruébase el modelo de Acta Compromiso Tutor del Proyecto aprobado en el artículo precedente, que como Anexo II forma parte de la presente Resolución.Art. 3.- Apruébase el modelo de Acta de Suspensión del Proyecto de desvinculación del desempeño como tutor voluntario del Proyecto aprobado en el artículo 1, que como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución.Art. 4.- Apruébase el modelo de Acta CompromisoDocente de acompañamiento docente del Proyecto aprobado en el artículo 1, que como Anexo IV forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 5.- Apruébase el modelo de Certificado de desempeño como tutor del Proyecto aprobado en el artículo 1, que como Anexo V forma parte integrante de la presente Resolución.Art. 6.- Encomendar a la Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos la conducción del Proyecto mencionado en el artículo 1.-

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Res. Nº 935 -3-IX-2018- Art. 1º.- Apruébase la oferta formativa para la Formación Profesional Inicial Mecánico de Motores de Combustión Interna correspondiente a la Familia Profesional: Automotriz; Agrupamiento:
Servicio de mantenimiento y reparación de automotores; y la trayectoria formativa cuyo detalle de criterios de realización, referencial de ingreso, desarrollo curricular, calificación y acreditación, y entorno formativo figuran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.Art. 2.- La carga horaria total de la oferta aprobada en el artículo 1 es de 480 horas reloj.Art. 3.- Establécese que los estudiantes que acrediten los módulos que conforman la propuesta aprobada en el artículo 1, obtendrán la Certificación de Formación Profesional Inicial Mecánico de Motores de Combustión Interna, con validez Provincial.Art. 4.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Educación Técnico Profesional iniciar el proceso de Homologación y Validación Nacional de Títulos y Certificaciones ante el Organismo Nacional que corresponda.Res. Nº 940 -6-IX-2018- Art. 1º.- Declarar de Interés Educativo Provincial al XXI Encuentro Nacional y II
Encuentro Internacional de Docentes de Educación Técnica, Agrotécnica y Formación Profesional a realizarse en la ciudad de Paraná los días 12, 13 y 14 de septiembre de 2018, organizado por A.M.E.T. Regional XI - Entre Ríos, y destinado a Especialistas y responsables de ETP
en América y otros lugares del mundo, Responsables de la ETP de las 24 Jurisdicciones Educativas del país, Representantes del Consejo General de Educación, Ministerio de Turismo, Ministerio de Trabajo y de la Producción, Cámaras Empresariales y COPETYPER, Universidades Nacionales y Privadas, Equipos de conducción y miembros de los Equipos Técnicos del INET, Representantes de organismos de investigación y desarrollo en temas vinculados con la ETP, Representantes de la Cámara de Senadores, Representantes de la Cámara de Diputados, Estudiantes que cursan y egresados de la ETP, Docentes de la ETP
de las 24 Jurisdicciones e Invitados Especiales.Res. Nº 959 -7-IX-2018- Art. 1º.- Apruébase la oferta formativa para la Formación Profesional Inicial Armador y Montador de Paneles y Cielorrasos de Placas de Roca de Yeso correspondiente a la Familia Profesional: Construcción en Seco; Agrupamiento:
Procesos en Construcción; y la trayectoria formativa cuyo detalle de criterios de realización, referencial curricular, calificación y acreditación, y entorno formativo figuran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.Art. 2.- La carga horaria total de la oferta aprobada en el artículo 1 es de 210 horas reloj.Art. 3.- Establécese que los estudiantes que acrediten los módulos que conforman la propuesta aprobada en el artículo 1, obtendrán la Certificación de Formación Profesional Inicial Armador y Montador de Paneles y Cielorrasos de Placas de Roca de Yeso, con validez Provincial.Art. 4.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Educación Técnico Profesional iniciar el proceso de Homologación y Validación Nacional de Títulos y Certificaciones ante el Organismo Nacional correspondiente.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 21/9/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date21/09/2018

Page count91

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First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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