Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3281

Santa Rosa, 27 de octubre de 2017

P ág. N 45

destinado a solventar gastos de traslado Juegos Culturales Evita 2017.-

inversión del subsidio otorgado y expedirse con relación a la rendición del mismo;

Res. N 124 -11-X-17- Art.
no reintegrable a favor de la Código 204/8, por la suma destinado a solventar gastos Museo del Pueblo.-

POR ELLO:

1.- Otórgase un aporte Municipalidad de Toay total de $ 20.000,00
de funcionamiento del
Res. N 125 -11-X-17- Art. 1.- Otórgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Algarrobo del Aguila Código 071/1, por la suma total de $ 5.000,00
destinado a solventar gastos de traslado Juegos Culturales Evita 2017.-

TRIBUNAL DE CUENTAS
SENTENCIA Nº 2231/2017
SANTA ROSA, 4 de septiembre de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 2081/2017 -TdeCcaratulado CÁMARA DE PANADEROS DE LA PROVINCIA DE L.P. PERIODO MAYOAGOSTO/2016 -Rendición de Subsidios - Cámara de Diputados; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones Nº 303/2016, 306/2016
y 307/2016, la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa otorgó subsidios por la suma total de PESOS
NUEVE MIL TRESCIENTOS $ 9.300,00, a la Entidad Cámara de Panaderos de la Provincia de La Pampa, con sede en la ciudad de Santa Rosa, en el marco de lo establecido mediante Resolución N 44/84 modificada por Resolución 55/09, de la precitada Cámara de Diputados;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución N 93/10 del Tribunal de Cuentas, las entidades beneficiarias de los aportes y/o transferencias otorgados por la Cámara de Diputados deberán rendirlos ante el Tribunal de Cuentas en forma cuatrimestral. La misma será presentada dentro de los noventa días corridos de vencido el cuatrimestre;
Que vencidos los plazos y ante la falta de presentación de la rendición, el Relator interviniente eleva a la Jefatura de Relatoría Informe Nº 2518/2017 para su consideración;
Que a fojas 8 se agrega Informe Definitivo N
2355/2017, en el que se indica que se debería dictar Sentencia conforme al detalle que sigue: -Importe Total del Subsidio: $ 9.300,00; - Importe Rendido $ 0,00; Importe que debería considerarse como No Rendido y correspondería, por lo tanto, formulación de cargo: $
9.300,00;
Que el Señor Vocal de SALA II, comparte lo actuado y eleva las actuaciones a Secretaría para el dictado de la Sentencia;
Que este Tribunal de Cuentas comparte el Informe Definitivo de fojas 8 en virtud de que, conforme surge de sus conclusiones, el análisis final se encuentra ajustado a derecho;
Que cumplidos los recaudos previstos por la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y conforme la competencia asignada por la misma en su artículo 1º, inciso d corresponde a este Cuerpo la fiscalización de la
LA SALA II
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
FALLA:
Artículo 1º: TÉNGASE por no presentada la rendición documentada de la inversión de los Subsidios otorgados mediante Resoluciones Nro.
303/2016, 306/2016 y 307/2016, de la Cámara de Diputados, a la Entidad Cámara de Panaderos de la Provincia de La Pampa por un total de PESOS NUEVE
MIL TRESCIENTOS $ 9.300,00.
Fecha artículo 30 del Decreto Ley Nº 513/69: 10/08/2017.
Artículo 2º: FORMULASE cargo a los responsables señor Eduardo DUSCHER Nº 10.269.140, Sara GARCÍA
GARCETE - DNI Nº 18.803.252 y al señor Oscar De ELORRIAGA - DNI Nº 12.194.819, en calidad de Presidente, Secretario y Tesorero respectivamente, de la Entidad Cámara de Panaderos de la Provincia de La Pampa con sede en la ciudad de Santa Rosa, por la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS $
9.300,00, correspondiente a los subsidios otorgados mediante Resoluciones Nro. 303/2016, 306/2016 y 307/2016, según los considerandos de la presente.Artículo 3: EMPLÁZASE a los Responsables indicados en el artículo anterior para que dentro de los DIEZ 10
días de notificados del presente fallo procedan a depositar el importe del cargo formulado en la Cuenta Corriente Nº 443/9 -Banco de La Pampa-, acreditando el mismo mediante presentación de copia de los comprobantes de depósito en este Tribunal de Cuentas, o en su caso presenten Recurso de Revocatoria en los términos de los art. 31 y 32 del Decreto Ley Nº 513/69, encontrándose a su disposición en este Tribunal la documentación a que se hace referencia, bajo apercibimiento de dar intervención al Fiscal de Estado a los fines previstos en el artículo 33 de la mencionada norma legal.
Artículo 4º: REGÍSTRESE por Secretaría, notifíquese a los Responsables, a la Sala y Relator/es interviniente/s y publíquese en el Boletín Oficial.
DADO en SANTA ROSA, Provincia de La Pampa en el día de la fecha.
Presidente C.P.N. María Alejandra MAC ALLISTER Vocal Dr. Francisco GARCÍA POR ANTE MÍ: Secretaria Dra. Patricia PRIMUCCI, Tribunal de Cuentas Provincia de La Pampa.SENTENCIA Nº 2232/2017
SANTA ROSA, 4 de septiembre de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 2086/2017 -TdeCcaratulado ASOCIACIÓN TALLER PROTEGIDO CORAZÓN Y
VOLUNTAD - PERIODO MAYOAGOSTO/2016 Rendición de Subsidios - Cámara de Diputados; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 306/2016, la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa otorgó subsidios por la suma total de PESOS TRES MIL $

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 27/10/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date27/10/2017

Page count90

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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