Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 32778

Santa Rosa, 6 de octubre de 2017

P ág. N 3

ANEXO
VIATICO
DIARIO

$ 1.900,00

$ 1.600,00

FUNCIONARIOS Y PERSONAL
SUPERIOR DEL PODER EJECUTIVO
Y EMPLEADOS LEY 643
AVIÁTICOS FUERA DE LA PROVINCIA
Funcionarios hasta el nivel de Director o jerarquías Equivalentes enunciadas taxativamente en escala de Remuneraciones.Custodias del Señor Gobernador.Choferes de automotores y pilotos de aviones cuando trasladen a funcionarios de nivel de Secretario General o Superior.-

OTROS ESCALAFONES

Resto personal planta permanente y contratados Personal planta permanente y contratados BVIÁTICOS DENTRO DE LA PROVINCIA
Se asignarán de acuerdo a su duración: Hasta un 1 día, el TREINTA POR CIENTO 30 % de los importes fijados en el Apartado A. Más de un 1 día, el SETENTA POR CIENTO 70 % de los importes fijados en el apartado A, por el total de la comisión. Si por aplicación de los porcentajes indicados en este apartado resultare un importe con una fracción decimal inferior a cero cincuenta se depreciará la misma y si fuere superior a cero cincuenta se sumará un peso más el valor entero.-

Decreto Nº 3100 -19-IX-17- Art. 1º.- Autorízase, a partir de la fecha, a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del viático móvil para Comisiones de Servicios de más de un día, que se realicen fuera de la Provincia, en la suma de $ 1.475,00, el valor del viático móvil para Comisiones de Servicios de más de un día, que se realicen dentro de la Provincia en la suma de $ 995,00, el valor del viático fijo para el personal que pernocte en casillas que provee la Repartición y se encuentren a más de 20 km. de su asiento habitual en la suma de $ 995,00 y el valor del viático fijo para el personal que pernocte en dependencias de la Repartición o en Casa habitación para el personal de Inspección de Obras en $ 696,00.Art. 2º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar el valor del desarraigo en $ 125,00.Art. 3º.- Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a fijar los restantes valores de viáticos dentro y fuera de la provincia de acuerdo a la reglamentación vigente en esa Repartición, conforme los valores fijados en los artículos precedentes.Art. 4º.- Derógase el Decreto Nº 1432/2016.Decreto Nº 3187 -22-IX-17- Art. 1º.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 8 Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y Dedicación Exclusiva Ley Nº 1279- a suscribirse con la señora Georgina Eugenia PALOMO
D.N.I. Nº 29.776.296 Clase 1982, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en el artículo 5º de la Ley Nº 1279, percibiendo los Adicionales por Riesgo Hospitalario y Sanitario.La contratación aprobada precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y hasta el 31
de diciembre de 2017.Decreto Nº 3188 -22-IX-17- Art. 1º.- Sustitúyese el Artículo 3º del Decreto Nº 1600/17, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3º.- El crédito para la atención del gasto emergente de la disposición que antecede se tomará con imputación a la partida presupuestaria denominada Carácter 0 Jurisdicción I
Unidad de Organización 02 Cuenta 0 FUN. 190 S. 1

PR. 010 pa. 06 sp. 00 cl. 00 scl.000 Control 0 $
19.810,00 del presupuesto vigente.Decreto Nº 3190 -22-IX-17- Art. 1º.- Autorizar la participación como becarios de la Comisión Fulbright para el Intercambio Educacional entre los Estados Unidos de América y la República Argentina, de los docentes que se detallan en el Anexo al presente Decreto por los períodos que para cada caso se indican.- S/Expte. Nº 10845/17
Decreto Nº 3191 -22-IX-17- Art. 1º.- Otórgase un subsidio a favor de la Asociación Civil Club Atlético Ferro Carril Oeste, Personería Jurídica Nº 139, con sede en la ciudad de General Pico, por la suma de $ 500.000,00
destinado a solventar gastos por la participación en el torneo Federal A.Decreto Nº 3192 -22-IX-17- Art. 1º.- Limítase a partir del 3 de marzo de 2017 el Adicional por Actividad Crítica previsto en el artículo 40 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria, reglamentado por el artículo 40 del Decreto Nº 2638/91 texto según el artículo 1º del Decreto Nº 348/97-, a la agente Categoría 10 Rama Servicios Generales y MantenimientoLey Nº 1279, Graciela Noemí RUIZ D.N.I.
Nº 17.023.960 Clase 1964- Afiliado Nº 54.338 Legajo Nº 20.034-, perteneciente al Establecimiento Asistencial de General Pico.Art. 2º.- Otórgase a partir de la fecha del presente Decreto el Adicional por Actividad Crítica previsto en el artículo 40 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria, reglamentado por el artículo 40 del Decreto Nº 2638/91
texto según el artículo 1º del Decreto Nº 348/97-, a la agente Categoría 13 Rama EnfermeríaLey Nº 1279, Sonia Beatriz PEREYRA D.N.I. Nº 20.421.417 Clase 1968 Afiliado Nº 66.658 Legajo Nº 68.672-, por cumplir funciones en el Servicio de Quirófano del Establecimiento Asistencial de General Pico.Art. 3º.- Reconócese a partir del 3 de marzo de 2017 y hasta la fecha del presente Decreto, el Adicional por Actividad Crítica a la agente mencionada en el artículo anterior.Decreto Nº 3193 -22-IX-17- Art. 1º.- Apruébase la documentación confeccionada por la Administración

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/10/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date06/10/2017

Page count71

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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