Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/4/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 28

Santa Rosa, 7 de abril de 2017

Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, les será aplicable la Propuesta Educativa para el Ciclo Básico de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos aprobada mediante Resolución N 1726/13 y la Propuesta Educativa para el Ciclo Orientado de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos aprobada mediante Resolución N 031/11, ambas del Ministerio de Cultura y Educación.Art. 2º.- Déjase sin efecto, a partir del inicio del Ciclo Lectivo 2017, las Resoluciones N 147/14, N 148/14
y N 204/13 del Ministerio de Cultura y Educación, por lo expuesto en los considerandos precedentes.Res. Nº 356 -20-III-17-Art. 1º.- Ratifícase el Acta de Dictamen N 1838/15, de fecha 2 de julio de 2015, emitida por la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia, mediante la cual se otorga "Aprobación Plena por 2 años"
a la carrera de Educación a Distancia de Asistente Social presentada por el Instituto Superior de Estudios Sicopedagógicos y Sociales I.S.E.S.S. de Santa Rosa.Art. 2º.- Apruébase el Plan de Estudios de la Carrera de Educación a Distancia denominada Asistente Social, cuyo detalle de espacios curriculares, carga horaria, perfil profesional y capacidades figuran en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Los alumnos que cumplimenten dicho Plan de Estudios se harán acreedores del título de "Asistente Social".Art. 3º.- Autorízase al Instituto Superior de Estudios Sicopedagógicos y Sociales I.S.E.S.S. de Santa Rosa la implementación de la carrera de Educación a Distancia de "Asistente Social" por 2 cohortes consecutivas, a partir del Ciclo Lectivo 2016, pudiendo matricular por única vez en el 1 año de la carrera al inicio de los Ciclos Lectivos 2016 y 2017.Art. 4º.- La implementación de la carrera de Educación a Distancia autorizada por el artículo 3 de la presente Resolución será financiada con aportes privados.Art. 5º.- Facúltase a la Dirección General de Educación Superior a realizar todos los controles necesarios con el fin de garantizar la calidad educativa propuesta en el Plan de Estudios aprobado por el artículo 2, acorde a la normativa federal y provincial vigente en la materia.Art. 6º.- Remítase copia certificada de la presente Resolución al Consejo Federal de Educación, a sus efectos.Res. Nº 357 -27-III-17-Art. 1º.- Impónese el nombre Nancy Esther Gómez al Gimnasio del Colegio Secundario Presidente Juan Domingo Perón, de Luan Toro, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Res. Nº 227 -3-IV-17- Art. 1º.- Otórgase un Aporte No Reintegrable por la suma de $ 30.000,00, a favor de la Municipalidad de Catriló -041-4- CUIT N 3099913582-6-, destinado a solventar gastos dentro del Plan de Programas Sanitarios-

BOLETÍN OFICIAL N 3252

Res. Nº 228 -3-IV-17- Art. 1º.- Otórgase un Aporte No Reintegrable por la suma de $ 30.000,00, a favor de la Municipalidad de Santa Isabel -053-9- CUIT N 3099919375-3-, destinado a solventar gastos dentro del Plan de Programas SanitariosRes. Nº 229 -3-IV-17- Art. 1º.- Otórgase un Aporte No Reintegrable por la suma de $ 30.000,00, a favor de la Municipalidad de Vertiz -066-1- CUIT N 3067154807-4-, destinado a solventar gastos dentro del Plan de Programas SanitariosRes. Nº 231 -3-IV-17- Art. 1º.- Apruébase la recepción de la Rendición de Cuentas documentada, presentada por la Asociación Cooperadora "GENERAL
MANUEL SAVIO", con sede legal en la ciudad de General Pico, del subsidio otorgado mediante Resolución N
662/16 de fecha 8 de noviembre de 2016 por la suma de $
50.000,00, el que fue destinado a solventar los gastos que ocasionó la puesta en marcha y mano de obra para la ampliación de un plantinero de plantas nativas del área de producciones intensivas de dicho Centro.Art. 2º.- Solicítase la intervención del Tribunal de Cuentas a efectos de su aprobación.Res. Nº 232 -3-IV-17- Art. 1º.- Fíjanse los Precios de Venta de Especies Forestales, de Adorno y Productos Forestales de los Viveros dependientes del Gobierno Provincial, que se consignan en Planilla Anexa como así también Planilla de Descuentos, que forma parte de la presente Resolución.DESCUENTOS:
Los Municipios y Comisiones de Fomento de la Provincia gozaran de un descuento del VEINTICINCO POR CIENTO
25%, con la excepción de la Municipalidad de Santa Isabel y las Comisiones de Fomento de Algarrobo del Águila, Cuchillo Có, Gobernador Duval, La Humada, La Reforma, Puelches, Puelén, Chacharramendi y Limay Mahuida donde el descuento a practicar será del SETENTA POR CIENTO 70%.
Los precios consignados son por unidad hasta CIEN 100
plantas.
Cuando el comprador retira de CIENTO UNA 101 a MIL
1000 plantas se les hará un descuento del CINCO POR
CIENTO 5%.
De MIL UNA 1001 a TRES MIL 3000 plantas del DIEZ
POR CIENTO 10% y de TRES MIL UNA 3001 plantas en adelante el QUINCE POR CIENTO 15% del valor total de la compra.
El Caldén y otras especies nativas tendrán un descuento del CUARENTA POR CIENTO 40% a partir de las TRES
MIL UNA 3001 plantas en adelante para Planes de Manejo o Planes de Restauración del Bosque Nativo en el marco de la Ley Nacional Nº 26.331.
Para las ventas de plantas incluidas en los Programas Provinciales de Fomento a las Forestaciones Rurales, Forestaciones Urbanas y Periurbanas, Forestación con Aguas Residuales, la Dirección de Recursos Naturales establecerá los porcentajes de descuento.

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/4/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date07/04/2017

Page count78

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Last issue30/12/2020

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