Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/6/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3211

Santa Rosa, 24 de junio de 2016

sello que dice: MARÍA ROVEDA DIRECTOR DE MINERÍA
PROVINCIA DE LA PAMPA. Santa Rosa, 14 de septiembre de 2015. Ref.: Expte. 9103/15. Directora de Minería de la Provincia de La Pampa Dra. María ROVEDA
SU DESPACHO: Por intermedio del presente, en mi carácter de Presidente del Directorio de Aguas del Colorado S.A.P.E.M., vengo a RATIFICAR lo actuado por Catastro Minero en el expediente de referencia. Sin otro particular, la saludo atte. Hay una firma ilegible y un sello que dice: NÉSTOR A. TORRES PRESIDENTE Aguas del Colorado SAPEM.
Hay un sello que dice:
SUBSECRETARIA DE HIDROCARBUROS Y MINERÍA 15
SEP 2015 ENTRO 9.40 h. Se acompañan informes de la Dirección General de Catastro y del Registro de la Propiedad Inmueble a efectos de informar la titularidad de dominio. Ref. Expte. 9103/15 PICHI NORTE Señorita Directora: Remito el Expte. de referencia con los informes de dominio de la Dirección General de Catastro y del Registro de Propiedad Inmueble debidamente diligenciados de los cuales surge que los titulares de los inmuebles en los cuales se ubica la manifestación de descubrimiento denominada PICHI NORTE son:
Inmueble que se designa catastralmente como Sección X, Fracc. D, Lote 25, Parcela 12: INDA, Francisca D.N.I. Nº 9.959.890 en un 50%; ESPARZA e INDA, Mauricio Lorenzo D.N.I. Nº 7.353.893 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Abel D.N.I. Nº 10.075.138 en un 8.33%; ESPARZA
e INDA, Cándida Obdulia D.N.I. Nº 4.135.474 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Margarita D.N.I. Nº 6.631.462
en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Cándido Anselmo D.N.I.
Nº 7.363.202 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Isidoro D.N.I. Nº 7.363.220 en un 8.33%. Inmueble que se designa catastralmente como Sección X, Fracc. D, Lote 25, Parcela 13: INDA, Francisca D.N.I. Nº 9.959.890 en un 50%; ESPARZA e INDA, Mauricio Lorenzo D.N.I. Nº 7.353.893 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Abel D.N.I.
Nº 10.075.138 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Cándida Obdulia D.N.I. Nº 4.135.474 en un 8.33%; ESPARZA e INDA, Margarita D.N.I. Nº 6.631.462 en un 8.33%;
ESPARZA, ESPARZA e INDA, Cándido Anselmo D.N.I.
Nº 7.363.202 en un 8.33% y ESPARZA e INDA, Isidoro D.N.I. Nº 7.363.220 en un 8.33%. Inmueble que se designa catastralmente como Sección X, Fracc. D, Lote 25, Parcela 14: PROVINCIA DE LA PAMPA en un 100%.
También se acompaña informe dirigido a la Dirección General de Rentas donde se informa el domicilio de los citados propietarios. Pase el presente para la prosecución del trámite y efectos que estime corresponder.
ESCRIBANÍA DE MINAS: 10/12/2015. Hay una firma ilegible y un sello que dice: DIEGO A. MASOERO
ESCRIBANO DE MINAS DIRECCIÓN DE MINERÍA.
SANTA ROSA, 30 DIC 2015. VISTO: El Expediente N
9103/2015, caratulado: MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS SUBSECRETARIA DE
HIDROCARBUROS Y MINERÍA S/MANIFESTACIÓN DE
DESCUBRIMIENTO Y ZONA DE RESERVA DE UN
YACIMIENTO
DE
CLORURO
DE
SODIO
2º CATEGORÍA, QUE SE DENOMINARÁ PICHI NORTE;
y, CONSIDERANDO: Que a fs. 2/38 la firma AGUAS DEL
COLORADO S.A.P.E.M. presenta escrito de manifestación de descubrimiento y zona de reserva para un yacimiento de cloruro de sodio que denomina PICHI NORTE, acompañando croquis y documentación respaldatoria de la mencionada firma, la cual se encuentra en legal forma
P ág. N 1387

conforme lo informado por Escribanía de Minas a fs. 42.
Que a fs. 40 se deja constancia que la petición de la empresa titular de autos ha sido registrada en el Libro de Ingreso de Solicitudes al Tº VIII Fº 126/162 art. 50, C.M.
que lleva Escribanía de Minas. Que fs. 44/45 Catastro Minero informa que la ubicación catastral del yacimiento objeto de descubrimiento es: Sección X, Fracción D, Lote 25, Parcelas 12, 13 y 14; que la parcela 14 corresponde a una reserva minera provincial; el punto de extracción recae dentro del área de indisponibilidad y que ésta última es de 243.5 ha, no excediéndose el límite máximo establecido por el art. 46 y concordantes del Código de Minería.
Además destaca que la forma del área de indisponibilidad no es regular, por lo que la petición de mensura deberá ajustarse al art. 74 del Código de Minería y concordantes, acompañando croquis y coordenadas con nomenclatura de vértices. Que a fs. 49 la firma AGUAS DEL
COLORADO S.A.P.E.M. ratifica lo actuado por Catastro Minero. Que a fs. 52/58 obran informes de dominio emanados del Registro de la Propiedad Inmueble de los cuales surge que respecto a las parcelas 12 y 13 el dominio es de particulares y con relación a la parcela 14 su propietario es la Provincia de La Pampa. Que a fs. 60
Escribanía de Minas informa que los titulares superficiarios y su porcentaje dominial para cada una de las Parcelas 12
y 13, Lote 25, Fracción D, Sección X, son: Francisca INDA
en un 50%, Mauricio Lorenzo ESPARZA e INDA en un 8.33%, Abel ESPARZA e INDA en un 8.33%, Cándida Obdulia ESPARZA e INDA en un 8.33%, Margarita ESPARZA e INDA en un 8.33%, e Isidro ESPARZA e INDA en un 8.33%. Que por su parte informa también Escribanía de Minas que el inmueble que se designa catastralmente como Sección X, Fracción D, Lote 25, parcela 14 es de titularidad 100% de la Provincia de La Pampa. Que atento lo expuesto, cabe advertir que el artículo 171 del Código de Minería establece que Cuando las sustancias enumeradas en los incisos c y siguientes del Artículo 4 están en terreno de dominio particular, corresponden preferentemente al propietario; pero la autoridad las concederá al primer solicitante, siempre que el dueño requerido al efecto, no las explote dentro del término de CIEN 100 días, o no declare en el de VEINTE
20, su voluntad de explotarlas. Que la sustancia objeto de descubrimiento se encuentra alcanzada por la normativa nacional, encontrándose en parte de terreno de dominio particular parcelas 12 y 13, correspondiendo dictar el acto administrativo por el cual se disponga correr traslado a los superficiarios a efectos de estar a derecho y sobre aquéllos vértices indicados por Catastro Minero a fs.
45, acompañándose el croquis respectivo. Que ha tomado debida intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería. Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente. POR ELLO: LA AUTORIDAD MINERA
DISPONE: Artículo 1: CÓRRASE TRASLADO a los titulares superficiarios de la Sección X, Fracción D, Lote 25, Parcelas 12 y 13, en los domicilios denunciados por la Dirección General de Rentas a fs. 59, a efectos de estar a derecho art. 171, del Código de Minería, sobre los vértices indicados por Catastro Minero a fs. 45, acompañándose copia del croquis correspondiente.Artículo 2: REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE a los titulares superficiarios Francisca INDA, Mauricio Lorenzo ESPARZA e INDA, Abel ESPARZA e INDA, Cándida

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/6/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date23/06/2016

Page count39

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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