Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 26/6/2015

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 1392

Santa Rosa, 26 de junio de 2015

POSTES Y SUS DERIVADOS

CARBÓN
ROLLIZOS

Caldén Álamo Caldén Caldén Álamo Otras Cultivadas
1430,00
312,00
1850,00
375,00
423,00
222,00

Disp. Nº 210 -12-VI-15- Art. 1º.- Establecer a partir del 1º de julio del corriente en el 4 POR CIENTO del valor del producto transportado, el Derecho de Inspección y Aforo para los productos leña, postes y sus similares y rollizos para su transporte dentro de la provincia, todos provenientes del bosque nativo.
Art. 2º.- Establecer a partir del 1º de julio del corriente en el 2 POR CIENTO del valor del producto transportado, el Derecho de Inspección y Aforo para el producto carbón proveniente del bosque nativo, para su transporte dentro de la provincia.
Art. 3º.- Establecer a partir del 1º de julio del corriente en 5 veces del valor del producto transportado, el Derecho de Inspección y Aforo para los rollizos provenientes del bosque nativo y que sean trasladados fuera de la provincia sin industrialización.
Art. 4º.- Por Derecho de Inspección y Aforo se abonarán los siguientes valores:
CONCEPTO
Leña Postes y sus Derivados Carbón Rollizo dentro de la provincia Rollizo fuera de la provincia
Guía Privada 23,60 $/tn 57,20 $/tn 37,00 $/tn 15,00 $/tn 1875,00 $/tn
Guía Fiscal 47,20 $/tn 114,40 $/tn 74,00 $/tn 30,00 $/tn 3750,00 $/tn
SECRETARÍA GENERAL
Res. Nº 158 -18-VI-15- Art. 1º.- Rectifícase en el Artículo 1 de la Resolución N 91/15 -SG, la fecha de Limitación de la Licencia Anual solicitada por el agente Marcos Alejandro IRIARTE, Legajo N 69059, Afiliado N
70359, considerándose como correcto el día 12 de febrero de 2015.Res. Nº 159 -18-VI-15- Art. 1º.- Rectifícase en el Artículo 1 de la Resolución N 94/15 -SG, la fecha de Limitación de la Licencia Anual solicitada por el agente Jorge Gabriel ALBARRACIN, Legajo N 99698, Afiliado N
78943, considerándose como correcto el día 6 de febrero de 2015.Res. Nº 160 -18-VI-15- Art. 1º.- Desígnase como Asesor Letrado Delegado de la Secretaria General de la Gobernación al agente Pablo Alejandro SUÁREZ, Categoría 7, Rama Administrativa de la Ley N 643, Legajo 114752.Res. Nº 161 -18-VI-15- Art. 1º.- Asígnase a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2015, el Adicional por Subrogación de la
BOLETÍN OFICIAL N 3159

Categoría 3, Puesto 26370 Rama Administrativa-, a la agente Ana María WEIGEL, Afiliado N 49948, perteneciente a la Dirección de Ceremonial y Protocolo, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.Art. 2º.- La liquidación del presente adicional se encuadra en los artículos 70 y 71 de la Ley Nº 643 y artículo 25 de la Norma Jurídica de Facto Nº 751.-

SECRETARÍA DE ASUNTOS
MUNICIPALES
Res. Nº 347 -16-VI-15- Art. 1º.- Otórganse aportes no reintegrables por la suma de $ 95.000,00, a favor de las Municipalidades que se detallan, para atender el financiamiento de déficit y gastos de emergencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Nº 1979:
153-7 GENERAL PICO
184-2 PARERA

$ 85.000,00
$ 10.000,00

Res. Nº 348 -16-VI-15- Art. 1º.- Otórganse un aporte no reintegrable por la suma de $ 20.000,00, a favor de las Municipalidad de Santa Rosa 024-0, destinado al otorgamiento de un subsidio a la Asociación Cooperadora de la Seccional Tercera.Res. Nº 349 -16-VI-15- Art. 1º.- Otórganse aportes no reintegrables por la suma de $ 236.000,00, a favor de las Municipalidades que se detallan, para atender el financiamiento de déficit y gastos de emergencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Nº 1979:
101-6 ALPACHIRI
072-9 LA HUMADA
225-3 QUEHUE
153-7 GENERAL PICO
087-7 WINIFREDA
021-6 ANGUIL

$
$ $
$ $
$

90.000,00
20.000,00
15.000,00
90.000,00
6.000,00
15.000,00

Res. Nº 350 -18-VI-15- Art. 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de $ 50.000,00, a favor de la Municipalidad de Uriburu -044-8, destinado a financiamiento de déficit y gastos de emergencia, Artículo 11º Ley 1065.Res. Nº 351 -18-VI-15- Art. 1º.- Otórganse aportes no reintegrables por la suma de $ 780.000,00, a favor de las Municipalidades y Comisiones de Fomento que se detallan, para atender en todos los casos, el financiamiento de déficit y gastos de emergencia, Artículo 11º Ley 1065, de acuerdo al siguiente detalle:
071-1 ALGARROBO DEL AGUILA
221-2 ATALIVA ROCA
196-6 INGENIERO LUIGGI
092-7 PUELCHES
187-5 RANCUL
087-7 WINIFREDA
223-8 CHACHARRAMENDI

$
$ $
$ $
$ $

90.000,00
90.000,00
30.000,00
80.000,00
50.000,00
90.000,00
60.000,00

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 26/6/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date26/06/2015

Page count76

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2015>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930