Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3149

Pág. N 725

Santa Rosa, 17 de abril de 2015

Propiedad Horizontal y su reglamentación; cComerciales:
mediante la compra, venta, permuta, consignación, distribución, representación, mandato, comisión, transporte, importación y exportación, de productos vinculados a la actividad agrícola-ganadera y sus derivados; d Industriales: mediante la fabricación, industrialización y producción de productos alimenticios, agropecuarios, metalúrgicos, maderas, textiles, de cuero, plásticos, en plantas industriales propias y/o de terceros; e Transporte: mediante la realización de transporte de mercaderías de todo tipo en vehículos propios y/o ajenos.
f Licitaciones: intervención en licitaciones de entes mixtos, privados o públicos, nacionales o extranjeros, análisis de ofertas y adjudicaciones y de sus fundamentos, intervención en concursos públicos o privados para celebrar contratos de provisión o locación de bienes muebles o inmuebles. g Inversiones financieras y generales: mediante préstamos, aportes o inversiones de capitales, con dinero propio, a sociedades por acciones, compra, venta de títulos, valores, constitución y transferencias de derechos reales, otorgamiento con dinero propios, de créditos en general, con o sin garantía y toda clase de operaciones financieras permitidas por la ley, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y cualquiera otra que requiera el concurso del ahorro público. h Leasing: celebración de contratos de leasing, ya como dador o tomador, para cualquier clase de bienes; i Constructora: ejecución de proyectos, dirección, administración y realización de obras de ingeniería y arquitectura, públicas o privadas; j Servicios: De organización, asesoramiento y atención administrativa y comercial. A los efectos del cumplimiento, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.- 6
PLAZO DE DURACIÓN: El término de duración de la sociedad será de treinta 30 años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.- 7
CAPITAL SOCIAL.- SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN: El capital social se fija en la suma de veinte mil pesos $
20.000, dividido en dos mil 2.000 cuotas de diez pesos $10 cada una. El capital social es suscripto en su totalidad en este acto, conforme al siguiente detalle: el socio Ricardo Dante BONESSI, suscribe la cantidad de mil 1.000 cuotas, de un valor nominal de pesos diez $10
cada una, por un monto total de pesos diez mil $ 10.000;
el socio Hernán Darío MAREQUE, suscribe la cantidad de quinientas 500 cuotas, de un valor nominal de pesos diez $10 cada una, por un monto total de pesos cinco mil $5.000; y el socio Eduardo Daniel ROSSINI, suscribe la cantidad de quinientas 500 cuotas, de un valor nominal de pesos diez $10 cada una, por un monto total de pesos cinco mil $5.000. El capital suscripto por los socios es integrado en dinero efectivo, y en un veinticinco por ciento 25% por cada uno de ellos. El saldo del capital social sin integrar, esto es el setenta y cinco por ciento 75%, será integrado cuando la gerencia lo requiera, en un plazo máximo de dos años, computados desde la fecha inscripción de la sociedad.- 8 ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACION: La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo del número de Gerentes que determine la reunión de
socios, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de tres 3. Desempeñaran sus funciones por un tiempo indeterminado, pudiendo ser removidos únicamente mediante justa causa, conservando su cargo hasta la sentencia judicial si negare la existencia de aquella, salvo separación provisional en caso de intervenirse judicialmente la Sociedad. Los socios disconformes con la remoción, tendrán derecho de receso. En caso de incorporarse nuevos socios, se ratificará la designación de los gerentes, o bien se designarán nuevos gerentes por decisión unánime.- En este acto, y por decisión unánime de los socios constituyentes, se designan como gerentes a los socios Hernán Darío MAREQUE y Eduardo Daniel ROSSINI. Seguidamente, los socios antes designados, en lo que hace a su condición de Gerentes, acepan el cargo y manifiestan no hallarse comprendidos en las inhabilidades, prohibiciones o incompatibilidades de los arts. 157 y 264
de la Ley de Sociedades y sus modificatorias unánime. Los gerentes percibirán un sueldo que será determinado por la Asamblea.- 9 FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: El ejercicio económico financiero de la Sociedad se practicará al último día del mes de julio de cada año, debiendo confeccionarse Inventario y Balance General, Estado de Resultado y demás documentos ajustados a las normas legales vigentes, los que serán puestos por los gerentes a disposición de los socios a los efectos de su consideración y aprobación dentro de los ciento veinte 120 días de la fecha de cierre del ejercicio. Las ganancias no pueden ser distribuidas hasta tanto no se cubran las pérdidas de ejercicios anteriores.- Raúl Eduardo Federico CEBALLOS.Escribano Titular Registro Nº 11.- Departamento Maraco.La Pampa.B. Of. 3149
FRANCISCO D. LA MENZA Y CÍA. SA.
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
FRANCISCO D. LA MENZA y Cía. SA. Aumento de Capital Social POR UN DIA. La sociedad Francisco D. La Menza y Cia SA inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 13 de Setiembre de 1985 nº 66
Fº274 Tº II, en Asamblea General Extraordinaria de fecha 22 de Octubre de 2014 ha decidido el aumento del capital social a la suma de $599.960.00 Pesos quinientos noventa y nueve mil novecientos sesenta. Se modifica el.
Art. 5º del Estatuto quedando redactado de la siguiente forma: ARTICULO QUINTO: El Capital Social es de pesos QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
SESENTA $599.960.00 representado por cincuenta y nueve mil novecientas noventa y seis acciones de pesos diez $10.00 de valor nominal cada una. GABRIEL
FRANCISCO LA MENZA Vicepresidente.B. Of. 3149
PIARA PAMPA SRL.
Se hace saber que mediante instrumento privado de fecha 10 de febrero de 2015 se ha constituido la Sociedad de Responsabilidad Limitada "PIARA PAMPA SRL", conforme lo dispone el art. 10 de la Ley 1955 y sus modificatorias se comunica:
1- S0CIOS: BASSO, Carlos Javier, con domicilio en

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/4/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date17/04/2015

Page count74

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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