Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/1/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 178

Santa Rosa, 30 de enero de 2015

BOLETÍN OFICIAL N 3138

LEY Nº 2822: APROBANDO CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIAABORDAJE FEDERAL 2014 ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN Y EL MINISTERIO
DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria - Abordaje Federal 2014, suscripto el 5 de agosto de 2014, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Bienestar Social de la provincia de La Pampa, el cual forma parte integrante de la presente Ley y fuera ratificado por Decreto N 508/14, a efectos de financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social, localizadas en jurisdicción de la provincia.
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil catorce.Norma Haydee DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La PampaDra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.PLAN NACIONAL DE
Seguridad Alimentaria Nota N 274 /14
Organismo: Ministerio de Bienestar de La Pampa Domicilio: Calle Centro Cívico Nº Piso/Dpto. PB
C.P. 6300 Ciudad de Santa Rosa Provincia: La Pampa
Buenos Aires, 25 de agosto de 2014
Sr. MINISTRO:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de remitirle, para su registro y a efectos que estime corresponder, segundo ejemplar del Convenio Abordaje Federal y copia autenticada de la Resolución SES 705/14-.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para saludarlo con atenta consideración.- Dra. María Liliana GAMARRA, Directora de Planificación y Evaluación Alimentaria Subsecretaría de Políticas Alimentarias Secretaría de economía Social, Ministerio de desarrollo Social de la Nación.AL Sr. MINISTRO
DEL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
Dn. RAUL EDUARDO ORTIZ
S /
D:
Av. 9 de Julio 1925 - Piso 16 C1073ABA - Ciudad de Bs.
As. Teléfonos: +54 011 4379 - 3710 /14 - Fax: 4384.0082
pnsa@desarrollosocial.gov.ar -

www.desarrollosocial.gov.ar VISTO el Expediente MDS N E- 35.073-2.014, y, CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE
LA. PROVINCIA DE LA PAMPA ha presentado un Proyecto de Inversión, a los efectos de financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de familias en situación de vulnerabilidad social.
Que dicha actividad encuadra dentro de los lineamientos del PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA, que desarrolla este MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL en la órbita de esta SECRETARIA.
Que su objetivo general consiste en: potenciar las competencias de las personas para mejorar su calidad de vida y la de su familia, mediante acciones de autodeterminación, autogestión y educación alimentaria de familias socio-económicamente vulnerables de la provincia de La Pampa.
Que los objetivos específicos del mismo se traducen en:
a mejorar la accesibilidad al aprovisionamiento de alimentos a través de la "Tarjeta Alimentaria" propiciando un proceso autogestivo; b mejorar el aporte calórico proteico con la incorporación de alimentos frescos; c articular acciones con programas:
asistenciales, promocionales y productivos para fomentar el autoconsumo; d Fomentar hábitos alimentarios saludables.
Que el monto del componente nacional de dicho proyecto, a financiar, asciende al importe total de PESOS
QUINCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL
CIENTO VEINTE $ 15.540.120.-.
Que los fondos han sido asignados a financiar la Asistencia Alimentaria de 14.389 titulares de derecho en situación de vulnerabilidad social, bajo modalidad Tarjeta Magnética para la compra de dichos productos en comercios adheridos de la jurisdicción, por un término de DOCE 12 meses.
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos administrativos correspondientes.
Que el destino de los fondos solicitados satisface necesidades básicas de la comunidad, en el marco de los conceptos de solidaridad y justicia social.
Que la SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS
ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN
NACIONAL
DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA propicia el dictado del presente acto resolutivo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete y dictaminado en tal sentido.
Que la DIRECCIÓN
GENERAL
DE
ADMINISTRACIÓN ha afectado preventivamente la erogación señalada.
Que con basamento en la Ley 26.896, se ha prorrogado la declaración de emergencia alimentaria nacional, dispuesta oportunamente por la Ley 26.204.
Que en función de lo señalado precedentemente,

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/1/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date30/01/2015

Page count56

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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