Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 31/1/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 208

Santa Rosa, 31 de enero de 2014

monto de contrato, y en un deducir de trabajos con una economía de $ 189.641,55, 4,43 % del monto de contrato, resultando de la diferencia un adicional de $ 364.002,37, 8,50 % del monto de contrato, con una ampliación del plazo contractual de 60 días corridos, contados a partir de la suscripción del acta de reinicio de las tareas, atento la suspensión de los plazos contractuales acordada en el Acta de Paralización de Obra con Suspensión de Plazo Contractual suscripta "ad referendum" del Poder Ejecutivo Provincial, adjuntando de fojas 583 a 603 y 637 la documentación rubricada por la contratista, según valores calculados al mes de Septiembre de 2012, con la excepción del subitem I-7.2.4 el cual se encuentra a valores actuales y no sujeto a redeterminación, encuadrando el procedimiento a lo establecido en los artículos 65 y 66 de la Ley General de Obras Públicas N
38.Decreto Nº 1298 -30-XII-13- Art. 1º.- Autorizase la creación de una Caja Chica en la Subsecretaria de Juventud, Deportes, Recreación y Turismo Social por la Suma de $ 10.000,00 mensuales para el ejercicio 2014, destinados a solventar los gastos que se originen por el funcionamiento de la Casa de la Juventud Pampeana en la Provincia de Córdoba.Art. 2º.- Los Responsables del manejo de la Caja Chica creada por el Artículo 1 serán las agentes María Jimena CALCAVECCHIA, DNI N 29.074.489 Legajo N
95329, Afiliado N 77748, Categoría 14, Rama Administrativa de la Ley N 643 y María de las Mercedes CUELLO, DNI N 20.107.152, Legajo N 28633, Afiliado N
46947-8, Categoría 13 Rama Administrativa Ley N 643.Art. 3º.- A los efectos de lo determinado precedentemente la Habilitación de Bienestar Social entregará la suma indicada en el artículo primero a los agentes mencionados en el artículo segundo de la presente Resolución.Art. 4º.- Las rendiciones de cuentas de la Caja Chica se realizarán ante la Habilitación de Bienestar Social en forma mensual, cualquiera sea la cantidad invertida y al haberse producido el gasto del 70% del monto total.-

BOLETÍN OFICIAL N 3086

Zonas Económicas IV, V, VI, VII, VIII. IX, X, XI, XII, XIII. XIV, XX, XXI, XXII, Y XXIII coeficiente: 2,31 DOS
CON TREINTA Y UNO.c Mejoras Rurales: 2,62 DOS CON SESENTA Y
DOS.Decreto Nº 1300 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 14 Rama Administrativa -Ley N 643- a suscribirse con el señor Marcelo Fabián RAMBUR -D.N.I.
N 17.999.039 -Clase 1966-, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley N 643.La contratación aprobada precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2013.Decreto Nº 1301 -30-XII-13- Art. 1º.-Otórgase un subsidio a favor de APANl - Asociación Protectora de Animales, con sede en la ciudad de Santa Rosa, por la Suma de $ 100.000,00, destinado a solventar gastos de funcionamiento de la institución.-

Decreto Nº 1299 -30-XII-13- Art. 1º.- A partir del 1 de Enero de 2014, serán de aplicación sobre los Valores Unitarios Básicos de Tierras y Mejoras, Urbanas y Rurales determinados en el Revalúo General de la Provincia del año 1975, actualizados al 1 de Enero de 2010 por Decreto N 3281/09 y lo establecido en el Decreto N 2273/01, los siguientes coeficientes:

Decreto Nº 1302 -30-XII-13- Art. 1º.- Apruébase la documentación confeccionada por la Administración Provincial del Agua en el Expediente Administrativo N
11352/13 - caratulado "MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS
PÚBLICOS
ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DEL AGUA - S/IMPLEMENTACIÓN DEL
PROPAYS EN LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE RANCUL
LIMITADA"; y en consecuencia facultase al Señor Administrador Provincial del Agua para que en nombre y representación de la Provincia de La Pampa, suscriba el Convenio obrante a fojas 85.Art. 2º.- Contaduría General de la Provincia por intermedio de la Habilitación de Hacienda y Finanzas, procederá a transferir, con carácter de subsidio, a la Cooperativa de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Rancul Limitada, la suma de $ 349.691,00, para renovación, ampliación o adecuación de las obras existentes y de acuerdo a lo manifestado en .el Convenio mencionado en el Artículo 1 del presente Decreto, encuadrando el procedimiento en lo establecido en los Artículos 1 y 3 de la Norma Jurídica de Facto N 835.Art. 3º.-Déjase establecido que a los efectos de determinar el sistema de compra aplicable se toman como referencia los montos establecidos en la Ley General de Obras Públicas N 38, vigente.-

a Tierras y Mejoras Urbanas: 2,67 DOS CON
SESENTA Y SIETE.b Tierras Rurales: Zonas Económicas según Anexo que forma parte del presente.Zonas Económicas I y II coeficiente: 3,02 TRES
CON CERO DOS.Zona Económica XVII coeficiente: 2,83 DOS
CON OCHENTA Y TRES.Zonas Económicas XVI y XVIII coeficiente: 2,77
DOS CON SETENTA Y SIETE.Zonas Económicas III, XV Y XIX coeficiente: 2,56
DOS CON CINCUENTA Y SEIS.-

Decreto Nº 1303 -30-XII-13- Art. 1º.- Autorízase a la Dirección General de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a realizar una modificación al contrato original aprobado por Decreto N
978/12 - LICITACIÓN PÚBLICA N 12/12 - para la ejecución de la obra: "CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO DEL INSTITUTO SUPERIOR POLICIAL SANTA ROSA - LA PAMPA" suscripto con la Empresa PÉREZ HABIAGA, ADRIÁN, BEASCOCHEA HUGO Y
ZIAURRIZ MARIA PILAR S.H. representada por su Socio Ingeniero Adrián PÉREZ HABIAGA, que consiste en trabajos adicionales que se incorporarán a la obra, los

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 31/1/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date31/01/2014

Page count64

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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