Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/5/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 740

Santa Rosa, 4 de mayo de 2012

se verificará la inexistencia de deuda vencida hasta la cuota:
a 1º del año 2012, para el Impuesto a los Vehículos, b 4º del año 2011, para el Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano, c 4º del año 2011, para el Impuesto Inmobiliario Básico Rural y Subrural.
Artículo 2º: Disponer que el día 27 de Abril de 2012 a las 22 horas, se emitirá por la pantalla de L.U. 89 TV Canal 3, el primer sorteo del presente ejercicio entre los contribuyentes de los Impuestos a los Vehículos e Inmobiliario Básico que cumplan con las condiciones del Decreto Nº 248/12.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.- C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas RESOLUCIÓN GENERAL N 15
Santa Rosa, 23 de Abril de 2012
VISTO:
Las disposiciones del Título Primero del Libro Segundo del Código Fiscal t.o. 2010 y la Ley N 2653 Impositiva año 2012- , y;
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario generar el cargo impositivo anual correspondiente al año 2012 y disponer la emisión de las cuotas del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano cuyo número de cuotas y fechas de vencimiento han sido establecidos por Resolución General N 42/11;
Que, conforme a la facultad conferida por el artículo 67 del Código Fiscal t.o. 2010, se ha resuelto incluir en las boletas a emitir mediante el sistema informático, un segundo vencimiento a operar a los catorce 14 días corridos del primero;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 162 del Código Fiscal t.o. 2010 y artículo 24 del Decreto N 1913/03 corresponde efectuar una bonificación especial por buen cumplimiento del Impuesto Inmobiliario Básico para los inmuebles que cumplan los requisitos allí establecidos, conforme a la escala estipulada en el artículo 6 de la Ley N 2653;
Que, asimismo por el artículo 163 del Código Fiscal se habilita a este Organismo para efectuar un descuento, cuando los responsables del Impuesto Inmobiliario opten por el pago total del gravamen devengado en el año, al producirse el vencimiento de la primera cuota, el cual resulta aconsejable fijar en un porcentaje del ocho por ciento 8,00% del cargo anual al que deberá adicionarse la suma fija de PESOS CINCO
CON CINCUENTA CENTAVOS $5,50;
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas
BOLETÍN OFICIAL N 2995

por los artículos 8, 9 y 10 del Código Fiscal t.o. 2010;
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1.- Generar el cargo impositivo anual correspondiente al año 2012 del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano y disponer la emisión de las cuotas cuyo número de cuotas y fechas de vencimiento han sido fijados mediante Resolución General Nº 42/11.
Artículo 2.- Establecer que el segundo vencimiento de cada cuota habrá de operar a los catorce 14 días corridos del primero, período durante el cual corresponde la percepción de la totalidad del cargo correspondiente al segundo vencimiento, incorporando el interés previsto en el artículo 45 del Código Fiscal t.o. 2010.
Artículo 3.- Incluir, en la emisión que por la presente se dispone, la bonificación especial por buen cumplimiento para los inmuebles respecto de los cuales se cumplan los requisitos fijados en el Decreto N 1913/03 conforme a la escala estipulada en el artículo 6 de la Ley N 2653 Impositiva año 2012-.
Artículo 4.- Fijar el descuento por pago contado en el ocho por ciento 8,00% calculado sobre el total del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano determinado para el año 2012, al que deberá adicionarse la suma fija de PESOS CINCO CON CINCUENTA
CENTAVOS $5,50, luego de practicada la bonificación a que se refiere el artículo anterior el cual será de aplicación hasta el 08/05/2012, fecha de vencimiento de la primera cuota.
Artículo 5.- Regístrese, elévese copia autenticada de la presente al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación, cumplido.
ARCHÍVESE. C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS
Res. Nº 108 -24-IV-12- Art. 1º.- Apruébase la LICITACIÓN PRIVADA N 28/11 convocada por la Dirección General de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y en consecuencia adjudícase la ejecución de la obra:
"AMPLIACIÓN EDIFICIO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE
JUSTICIA SANTA ROSA - LA PAMPA" a la Empresa ARQUITECTO ALTUNA CONSTRUCCIONES representada por su Titular Arquitecto Eduardo Luis ALTUNA, por el monto de $ 521.481,23 con valores al mes de AGOSTO de 2011 y un plazo de ejecución de 210 días corridos ajustando el Procedimiento al pliego de licitación y prescripciones del Artículo 9 inciso a de la Ley General de Obras Públicas Nº 38 y sus modificatorias y en el Anexo ll del Decreto N 58/12.Res. Nº 109 -25-IV-12- Art. 1º.- Apruébase la documentación legal y técnica confeccionada por la Dirección General de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y el presupuesto

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/5/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date04/05/2012

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First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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