Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 2/9/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
BOLETÍN OFICIAL N 2960
Santa Rosa, 2 de septiembre de 2011
014-1 MIGUEL RIGLOS $ 18.000,00 - Reparación parque automotor.092-7 PUELCHES
$ 10.000,00 - Reparación pala frontal.225-3 QUEHUE
$ 10.000,00 - Adquisición materiales.173-5 QUEMU QUEMU $ 30.000,00 - Reparación parque automotor.197-4 REALICO
$ 30.000,00 - Adquisición materiales de construcción.044-8 URIBURU
$ 30.000,00 - Adquisición cubiertas.066-1 VERTIZ
$ 20.000,00 - Adquisición materiales de construcción.151-1 AGUSTONI
$ 15.000,00 - Reparación parque automotor.143-8 LIMAY MAHUIDA $ 3.500,00 Adquisición materiales.193-3 MAISONNAVE $ 15.000,00 Adquisición materiales de construcción.104-0 PERÚ $ 10.000,00 Adquisición cubiertas.Res. Nº 730 -25-VIII-11- Art. 1º.- Ordénase el pago a través de la Contaduría General por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de Arata 211-3, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo Nº 2, Decreto N
479/11, destinado a la obra "2º Etapa Sala Velatoria en Arata.Res. Nº 731 -25-VIII-11- Art. 1º.- Ordénase el pago a través de la Contaduría General por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de Arata 211-3, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo Nº 2, Decreto N
480/11, destinado a la obra "2 Etapa Ampliación Terminal".Res. Nº 732 -25-VIII-11- Art. 1º.- Ordénase el pago a través de la Contaduría General por la suma de $
50.000,00, a favor de la Municipalidad de Jacinto Arauz 115-6, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo N 2, Decreto N 475/11, destinado a obra "Paseo del Bicentenario y la Memoria".Res. Nº 733 -25-VIII-11- Art. 1º.- Ordénase el pago a través de la Contaduría General por la suma de $
30.000,00, a favor de la Municipalidad de Ataliva Roca 221-2, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo N 2, Decreto N 471/11, destinado a la obra "Albergue Municipal".-
TRIBUNAL DE CUENTAS
SENTENCIA Nº 2193/2011
Santa Rosa, 1 de agosto de 2011
VISTO:
La Sentencia N 1231/08, dictada por este Tribunal de Cuentas en fecha 22 de julio de 2008; y CONSIDERANDO:
P ág. N 1647
Que en el artículo 3º de la citada Sentencia se intima a la entidad beneficiaria Asociación Cooperadora Jardín Maternal Roselina Padula con domicilio en Toay y solidariamente a sus autoridades Señora Elva Gladis ABEL, L.C. N 6.632.774, Señora Mary Estela CARRIZO
DNI N 11.532.055 y Señora Marisa Estela LARREGUI
DNI N 16.712.130 en calidad de Presidente, Secretario y Tesorero respectivamente, para que procedan a la restitución del importe de PESOS UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA $ 1.250,00, con más los intereses que correspondan hasta el efectivo pago, debiendo ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 443/9 Banco de La Pampa en un plazo de 10 días de notificada la presente, bajo apercibimiento de dar intervención al Señor Fiscal de Estado de la Provincia por aplicación del Artículo 33 del Decreto Ley Nº 513/69;
Que a fojas 998/999 las Señoras Elva Gladis ABEL, Mary Estela CARRIZO y Marisa Estela LARREGUI
con fecha 10 de octubre de 2008 se presentan y solicitan se revoque la Sentencia Nº 1231/08, manifestando que al momento de otorgarse los subsidios cuya rendición se pretende las autoridades de la Asociación Cooperadora no eran las suscriptas;
Que vista la documentación obrante a fojas 1011/12
del Expediente N
4833/01
surge indubitablemente que las autoridades a la fecha de otorgamiento del subsidio eran los Señores Ricardo Raúl GONZALEZ
Presidenta, Ana
María
ASENCIO
Secretaria y Elba Haydee PUEBLAS Tesorera;
Que por lo antes citado y en virtud de que se advierte que el Tribunal ha incurrido en un error involuntario, corresponde modificar el artículo 3 de la Sentencia N 1231/08;
Que corresponde en consecuencia dictar acto administrativo pertinente;
el
POR ELLO:
LA SALA I
DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
F A L L A:
Artículo 1º: Admitir la presentación efectuada a fojas 998/999 del Expediente N 4833/01 y en consecuencia modifíquese el artículo 3º de la Sentencia TdeC Nº 1231/2008, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3º: INTIMAR a la entidad beneficiaria del subsidio Asociación Cooperadora Jardín Maternal Roselina Padula, con domicilio en la ciudad de Toay, y solidariamente a sus autoridades Señor Ricardo Raúl GONZALEZ, D.N.I. N 13.793.885, Señora Ana María
ASENCIO, D.N.I. N 16.827.491 y Señora Elba Haidee PUEBLAS, D.N.I. N 20.047.625, en su calidad de Presidente, Secretario y Tesorero, para que procedan a la restitución del importe de PESOS UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA $ 1.250,00 con más los intereses que correspondan, debiendo ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 443/9 Banco de La Pampa en un plazo de