Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/6/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 998

Santa Rosa, 10 de junio de 2011

BOLETÍN OFICIAL N 2948

LEY Nº 2618: ESTABLECIENDO AMPLIACIÓN HORARIA AL PERSONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Ampliación horaria: Cuando razones de servicio lo requieran, el Tribunal Electoral podrá disponer la ampliación del horario de tareas, afectando al personal propio, y de ser necesario al personal perteneciente a la planta permanente del Poder Judicial de la provincia de La Pampa.Artículo 2.- Bonificaciones: El personal afectado a las tareas extraordinarias recibirá por todo concepto una bonificación cuyo monto máximo podrá alcanzar hasta el sueldo correspondiente a la categoría de Escribiente del Poder Judicial de la provincia de La Pampa, tomando como base una carga horaria de cinco 5 horas diarias, como mínimo. Dicha bonificación será incompatible con la percepción de horas extras.Artículo 3.- Alcance: Las facultades conferidas al Tribunal Electoral por la presente Ley, conllevan la de suspender la prolongación del horario de actividades, de ampliar y de reducir el mismo, así como de cancelar en forma general o particular, permanente o transitoria, la afectación del personal y consiguientemente el otorgamiento de la bonificación.Artículo 4.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del día de su promulgación.Artículo 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los doce días del mes de mayo de dos mil once.-

C.P.N. Luis Alberto CAMPO Vicegobernador
Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.EXPEDIENTE N 5360/11.Santa Rosa, 27 de Mayo de 2011
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 1001/11C.P.N. Oscar Mario JORGE Gobernador de La Pampa.Dr. César Ignacio RODRÍGUEZ Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.- C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 27 de Mayo de 2011.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS
MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO 2.618.Raúl Eduardo ORTÍZ Secretario General de la Gobernación.-

DECRETO Nº 1016: CREANDO EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN LA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR.Santa Rosa, 2 de Junio de 2011
VISTO:
El Expediente N
6209/11, caratulado:
"MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN S/
CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
SUPERIOR"; Y
CONSIDERANDO:
Que en la Ley de Educación Provincial N 2511
se establecen los fines y objetivos de la política educativa y la estructura del Sistema Educativo Provincial, que comprende cuatro 4 niveles: la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior;
Que el artículo 41 de la Ley N 2511 dispone que la Educación Superior estará organizada, con el fin de atender su complejidad y especificidad, en las áreas de la Formación Técnica Superior y de la Formación Docente;
Que para el mejor cumplimiento de los objetivos y funciones de la Educación Superior establecidos en la Ley
N 2511, resulta necesario establecer una nueva estructura funcional administrativa en el Ministerio de Cultura y Educación, en los términos de la Ley de Ministerios N 1666 y sus modificatorias;
Que el artículo 6 de la Ley de Ministerios N
1666 faculta al Poder Ejecutivo Provincial a crear, reestructurar, fusionar, subdividir o disolver los organismos de la administración, hasta el nivel de Subsecretaría inclusive, siempre que no altere en lo sustancial la competencia ministerial;
Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Cultura y Educación;
Que corresponde el dictado del presente acto administrativo;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Créase, en el ámbito del Ministerio de Cultura y Educación, la Dirección de Educación Superior,

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/6/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date10/06/2011

Page count53

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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