Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/8/2006

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2695

Santa Rosa, 4 de Agosto de 2006

MARINANGELLI: argentino, nacido el 1 de Diciembre de 1958, estado civil casado, comerciante, domiciliado en calle Martín Fierro y Sargento Cabral, de la ciudad de Eduardo Castex, Departamento Conhelo, Provincia de La Pampa, y documento de identidad DNl N
12.570.987 y CUIT N 20-12570987-8; OLGA
ERCILIA POMBO: argentina, mayor de edad, casada, comerciante, domiciliada en calle Martín Fierro y Sargento Cabral, de la ciudad de Eduardo Castex, Departamento Conhelo, Provincia de la Pampa, y documento de identidad DNI N 11.698.286 y CUIT N 2711698286-9.
Fecha de Instrumento de Constitución: 14 de Diciembre de 2005. Razón Social: AGROCOPIO PEIOB SRL. Domicilio de la sociedad: La sociedad fija su domicilio social en calle Martín Fierro, esquina Sargento Cabral de la ciudad de Eduardo Castex, Departamento de Conhelo, Provincia de La Pampa.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar la explotación agrícola o ganadera de campos, propios o de terceros por arriendo, o asociados a terceros; y la comercialización, acopio, importación consignación y distribución de frutos del país, a título propio, por terceros o asociados con terceros. La sociedad podrá realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos del artículo 5to. de la Ley 12.962 y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No realizará las comprendidas en la Ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera de la intermediación con el ahorro público. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas por los arts. 1881 y concordantes del código civil y art. 5to. del libro II, Titulo X del Código de Comercio.- Plazo de duración: Treinta años contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos DIEZ
MIL $ 10.000.00 dividido en 1.000 cuotas sociales de valor nominal diez pesos cada una con derecho a 1 voto cada una y que los socios suscriben de la siguiente manera: Hugo Héctor Marinangelli la cantidad de 800 cuotas de valor nominal $ 10 cada una, o sea la suma de pesos ocho mil $ 8.000.00 y Olga Ercilia Pombo la cantidad de 200 cuotas de valor nominal $ 10
cada una, o sea la suma de pesos dos mil $
2.000.00, el aporte es en dinero en efectivo integrando en este acto el 25 % del capital social suscripto, y comprometiéndose a integrar en los siguientes dos años el saldo. La integración del 25 % se hace de la siguiente manera: Hugo Héctor Marinangelli la cantidad de 200 cuotas sociales de valor nominal pesos diez cada una, o sea la suma de pesos dos mil $ 2.000,00 y OIga Ercilia Pombo la cantidad de 50 cuotas sociales de valor nominal pesos diez cada una, o
Pág. N 1551

sea la suma de pesos quinientos $ 500,00.Composición de los órganos de administración, nombres y duración en los cargos de sus miembros: La administración social será ejercida por el o los socios, con el cargo de gerente, en forma única o indistinta. El uso de la firma social será ejercido en forma única o indistinta por el o los socios gerentes. Podrán como tales realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites de los arts. 58 y 59 de la Ley 19.550.
Durarán en sus cargos todo el término de duración de la sociedad pudiendo ser removidos con las mayorías del art. 160 de la Ley 19.550 y sus modificaciones. Los socios podrán fiscalizar la sociedad en los términos del art. 55 de la Ley 19.550. Gerente: Hugo Héctor Marinangelli.Fecha de Cierre del ejercicio: 30 de Noviembre.Elida Susana GEMIGNANI. Abogada.B. Of. 2695
UNION CIVICA RADICAL
JUVENTUD RADICAL
Agosto de 2006
CONVOCATORIA
ELECCIONES INTERNAS DE AUTORIDADES
PARTIDARIAS
Día: 27 de Agosto de 2006, entre las 8 y 18 horas Art. 43 del Estatuto de la Juventud Radical de La Pampa En cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto de la Juventud Radical de La Pampa, convoca a sus filiados a elecciones internas para el día 27 de Agosto de 2006, en el horario de 8 a 18 horas a llevarse a cabo en cada comité local, para cubrir los siguientes cargos partidarios:
1 Tres 3 Delegados Titulares al Comité Nacional de la Juventud Radical y Tres 3
Suplentes Art. 37 Estatuto Juventud Radical de La Pampa.2 Nueve 9 Miembros Titulares para integrar la Mesa Directiva del Comité Provincia -uno de ellos nominado a Presidentey Nueve 9
Suplentes, Art. 17 y 18 Estatuto Juventud Radical de La Pampa.3 Nueve 9 Miembros Titulares para integrar la Mesa Directiva de los comités locales en todas las localidades de La Pampa, cuando el número de afiliados supere los cien 100, siete 7
Miembros Titulares cuando el número de afiliados fuere de hasta cien 100, Art. 31
Estatuto Juventud Radical de La Pampa.
4 Un 1 Delegado a la H. Convención Provincial cada cien 100 afiliados. Aquellos Comité cuyo número de afiliados sea inferior a cincuenta 50
elegirán Un 1 Delegado como mínimo Art. 9
Estatuto Juventud Radical de La Pampa.
Asimismo se elegirán un total de Miembros

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 4/8/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date04/08/2006

Page count57

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2006>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031