Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/7/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 1002

Santa Rosa, 23 de Julio de 2004

BOLETIN OFICIAL N 2589

LEY N 2109: SUSTITUCION DEL ARTICULO 169 AL CODIGO PROCESAL PENAL DE
LA PROVINCIA.LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil cuatro.-

Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 169 del Código Procesal Penal de la Provincia por el siguiente:
Artículo 169.- Cuando se formule requerimiento fiscal o querella contra un legislador, se podrán cumplir todos los actos procesales previstos en este Código, incluyendo la declaración indagatoria, el auto de procesamiento, la resolución de sobreseimiento definitivo y la sentencia. Quedan exceptuados los actos o diligencias procesales que impliquen vulnerar la inmunidad de arresto.
Si existiere mérito suficiente para disponer la detención del legislador o llegare el momento de ejecutar una sentencia firme que implique la privación efectiva de la libertad, el Tribunal interviniente deberá previamente solicitar el desafuero a la Cámara Legislativa, acompañando información sumaria del hecho y expresando las razones que justifiquen la medida.
Igual temperamento se observará si el legislador, debidamente citado, se negare a comparecer ante el Tribunal.
Si el legislador hubiere sido detenido por habérsele sorprendido in fraganti en la ejecución de algún delito que merezca pena corporal, el Tribunal dará inmediata cuenta a la Cámara Legislativa, con información sumaria del hecho.
En todos los casos de sentencia firme condenatoria contra un legislador, la misma será notificada a la Cámara Legislativa.Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa - Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

DECRETOS
Decreto N 341 -22-III-04- Art. 1.Apruébase el contrato - equiparado a la Categoría 15
Rama Enfermería -Ley 1279- de locación de servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con doña Adriana Marcela GOMEZ -DNI N
18.129.365-Clase 1967- y por el período comprendido entre el 2 de enero y el 1 de marzo de 2004 y para desempeñarse como auxiliar de enfermería en el Centro de Salud Los Hornos, dependiente de la Subsecretaría de Salud.Decreto N 1295 -6-VII-04- Art. 1.Apruébase la Licitación Privada N 37/04 tramitada por el Departamento Compras y Suministros y, consecuentemente, adjudícase la misma a la Señora Martina Baltasara Camacho de Andreotti, L.C.
9.868.497, el arrendamiento de un inmueble nomenclatura catastral: Ejido 047 - Circunscripción I -

EXPEDIENTE N 7366/04.SANTA ROSA, 8 de Julio de 2004
Por Tanto:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 1311/04
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa - Prof. María de los Angeles ZAMORA, Ministro de Cultura y Educación a/c Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad.Secretaría General de la Gobernación: 8 de Julio de 2004.Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL CIENTO NUEVE 2.109.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

SINTETIZADOS
Radio p - Manzana 4 - Parcela 27 - Partida N 545516, destinado al funcionamiento de la Secretaría de Recursos Hídricos.
Art. 2.- Apruébase el Proyecto de Contrato de Locación que como Anexo forma parte del presente decreto y que en su cláusula cuarta establece un período de locación por el término de 2 años, vigente a partir de la fecha de la firma del decreto aprobatorio, pudiendo renovarse por un año más en iguales condiciones que las acordadas, y autorízase al Secretario de Recursos Hídricos, a suscribir el mismo con la persona indicada en el artículo primero.Art. 3.- Habilitación de Hacienda y Finanzas, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a favor de la Señora MARTINA
BALTASARA CAMACHO de ANDREOTTI, la suma mensual de $ 1.500,00 en cumplimiento del citado contrato.Art. 4.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la Jurisdicción UUnidad de Organización 01- Función

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/7/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date23/07/2004

Page count32

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First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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