Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/6/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
Pág. n 802
Santa Rosa, 11 de Junio de 2004
extrapartidarios, están obligados, a partir de la aceptación de sus candidaturas, a obrar conforme a la Declaración de Principios, Bases de Acción Política, Carta Orgánica, Plataforma Electoral y resoluciones de los órganos partidarios. Dado que el cargo a que se postulan lo obtienen con los votos del partido, en el caso de resultar electos, se comprometen asimismo a la presentación y tratamiento de proyectos de ley que les sean encomendados por los órganos partidarios.
El incumplimiento de estas obligaciones los hará pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 25 cuando correspondiese, sin perjuicio de la facultad de los órganos partidarios de solicitar su renuncia al cargo que desempeñaba.
CAPITULO VIII - DE LA DISOLUCION DEL
PARTIDO
BOLETIN OFICIAL N 2583
permita el desplazamiento de los miembros al lugar de la reunión. Asimismo los órganos partidarios podrán autoconvocarse cuando un tercio de sus miembros así lo solicite Juan Pedro Esponda, Apoderado Partido Humanista.B. Of. 2583
CAJA DE PREVISION PROFESIONAL
DE LA PAMPA.
RESOLUCION N 23/04
SANTA ROSA La Pampa; 27 de Mayo de 2004
VISTO:
Artículo 41: El Partido, además de las causales previstas en la Ley, solo se disolverá por la voluntad de sus afiliados, expresada por decisión unánime del Congreso Provincial.
La Resolución N 53/02, aprobada por la Asamblea de Delegados y
CAPITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES Y
TRANSITORIAS
Que la misma estableció que los afiliados que adeuden más de cinco contribuciones correspondientes al Subsidio por Fallecimiento serían dados de baja en forma definitiva, cuando comprobada la deuda se intimara al obligado a su regularización bajo apercibimiento e incumpliere con el pago;
Que en cumplimiento de dicha Resolución, detectada la deuda por más de cinco períodos e intimado su pago, los afiliaos cuyo listado integra la presente como Anexo I no regularizaron su situación:
Artículo 42: Todos los mandatos previstos en esta Carta Orgánica para los miembros de los órganos partidarios, tendrán la duración máxima que determine la Ley de Partidos Políticos, pudiendo ser, por resolución del Consejo Provincial, prorrogados o adelantados. En cualquier momento el Partido podrá remover a estos miembros si incurrieran en indisciplina partidaria o violaran las previsiones de esta Carta Orgánica o cometieren delitos sancionados por la Ley.
Artículo 43: Las resoluciones de los órganos partidarios serán tomadas por mayoría simple, salvo que expresamente se indique otra. Se entenderá por mayoría simple la mitad más uno de los miembros presentes y se entenderá por mayoría absoluta la mitad más uno de los miembros integrantes.
Artículo 44: Las actas que se realicen en las reuniones de los órganos creados en esta Carta Orgánica, serán firmadas por dos miembros que se elegirán en cada reunión.
Artículo 45: Luego de realizadas las elecciones internas dentro de las 48 cuarenta y ocho horas de la proclamación de candidatos electos, éstos se autoconvocarán a los fines de proceder a la distribución de cargos conforme a lo normado en esta Carta Orgánica.
Artículo 46: Las convocatorias a reunión deberán efectuarse de la forma fehaciente más expeditiva y conveniente a los objetivos partidarios, siempre que
CONSIDERANDO:
POR ELLO:
EL DIRECTORIO DE LA CAJA
DE PREVISION PROFESIONAL
RESUELVE
ARTICULO 1: Dispónese la baja definitiva del sistema del Subsidio por Fallecimiento creado por el Artículo 53, Inciso b apartado 2. de la Ley 1.232 y reglamentado por los artículos 52 a 57 del Decreto 1238/01, de todos los afiliados identificados en el listado que como Anexo I integra la presente.
ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y cumplido, archívese.
Dr. Pedro Osvaldo DASSO, Presidente - Lic. Elena GIACOMINO, Secretaria.
ANEXO I - Resolución 23/2004
Ingenieros 87
88
232
241
319
351
100
242
358
167
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182
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1198
1143
1200
202
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364
204
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287
220
288
1150
1213
1156
1215
1161
1219
227
293
Arquitectos
1051
1186
1233
1058
1188
1236
1145
1210
1162
1228