Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/6/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2427

Santa Rosa, 15 de Junio de 2001

En ambos casos, el trámite pre-electoral se efectuará con ajuste al cronograma electoral que al efecto determinen las autoridades nacionales.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.-

DECRETOS
Decreto N 253 -30-V-01- Art. 1.- Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará a la Municipalidad de Toay, en concepto de coparticipación impositiva, la suma de $ 50.000, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 - Fondo Neto Disponible, destinado a atender desequilibrios financieros.Decreto N 954 -30-V-01- Art. 1.- Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará a la Municipalidad de General Acha, en concepto de coparticipación impositiva, la suma de $ 90.000, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 - Fondo Neto Disponible, destinado a atender desequilibrios financieros.Decreto N 956 -31-V-01- Art. 1.- Apruébase lo actuado por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, y en consecuencia autorízase al citado Organismo a abonar el concepto de Diferencia de Alícuota del Impuesto al Valor Agregado, la suma total de $ 608.767,45, a las empresas y en los plazos que se especifican en Anexo I que forma parte del presente decreto.
Art. 2.- Ratifícanse los Convenios de Reconocimiento obrantes de fojas 47 a fojas 56 del presente, firmados entre el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y las Empresas Constructoras detalladas en el citado Anexo I del presente..
Art. 3.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, serán atendidos de la siguiente manera: $ 532.671,51, a la Cuenta 1, Jurisdicción O, Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, Unidad de Organización I, Carácter 1, Finalidad 4, Función 20, S. 2, P.R. 051, P.A. 02, S.P.
03, CL. 04, S.C.L. 036, C. 1 del presupuesto vigente, y el resto hasta completar el monto total de las cuotas, deberá preverse en el presupuesto del ejercicio año 2002, a cuyo efecto tomará conocimiento el Ministerio de Hacienda y Finanzas, dando cuenta de lo actuado a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, según lo establecido en el Artículo 10 de la Ley N 3
de Contabilidad.Decreto N 957 -31-V-01- Art. 1.- Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará a los recursos Explotación Administración Provincial de Energía y Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior F.E.D.E.I. hasta la suma de $ 5.000.000, importe que
Pág. n 911

Artículo 4.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese y publíquese,.
Dr. Rubén Hugo MARIN, Gobernador de La Pampa Dr. César Horacio BALLARI, Ministro de Gobierno y Justicia.-

SINTETIZADOS
se tomará de la Cuenta Corriente N 2934/4 Depósitos con Aplicación, que opera en el Banco de La Pampa - Casa Central, para atender el pago de certificaciones de la Obra Línea Alta Tensión Macachín - Santa Rosa, a partir del certificado N 17
y subsiguientes hasta la finalización de la misma.
Art. 2.- El anticipo acordado por el artículo anterior será reintegrado con los fondos del recurso Explotación Administración Provincial de Energía y Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior F.E.D.E.I. que ingresen con posterioridad al último certificado de obra.Decreto N 958 -31-V-01- Art. 1.Acuérdase un aporte no reintegrable por la suma total de $ 100.000,00, a favor de la Municipalidad de Macachín -012-5-, para obra pública, en concepto de Aportes del Tesoro Nacional.Art. 2.- Tesorería General, previa intervención de la Contaduría General, transferirá a la Municipalidad de Macachín -012-5, la suma de $
100.000,00 con cargo a la Jurisdicción D - U.O. 01 1-160-01-31-02-06-00-96-3-3465 Municipios Varios Ministerio del Interior de la Nación - Resolución N
392/01.Decreto N 959 -31-V-01- Art. 1.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, para adquirir a la firma Progress Software de Argentina S.A., el programa Enterprise RDBMS de 70 usuarios, con su correspondiente mantenimiento hasta el 31/05/2002, por el importe total de $ 74.552,24, con encuadre Legal en el Artículo 34, inciso C, apartado 5, párrafo b, de la Ley N 3 y sus modificatorias.Art. 2.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, para entregar a Progress Software de Argentina, como parte de pago del programa indicado en el artículo anterior, el programa Workgroup RDBMS de 30 usuarios, Número de Registro de Bienes Patrimoniales 298837, por el importe total de $
8.163,50, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 34, inciso C, apartado 6, de la Ley N 3 y sus modificatorias.Art. 3.- La Habilitación de Hacienda, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a la firma Progress Software de Argentina S.A., el importe establecido en el artículo primero, contra presentación de los comprobantes respectivos.Art. 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción H - U.O. 14 - FyF 190 Partida 1.11.02 - Servicios No Personales por un importe de $ 11.027,24 y con cargo a la Jurisdicción

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/6/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date15/06/2001

Page count39

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Last issue30/12/2020

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