Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/4/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. n 518
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Santa Rosa, 11 de Abril de 2001

DECRETOS
Decreto N 1905 -22-XII-00- Art. 1.Reestructúranse partidas del Presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 2 a 272 del Expediente N 11539/00.Art. 2.- Déjase establecido que la Solicitud de Reestructuración n 65493 adjunta a fs. 258 se autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de recursos del Fondo Fiduciario para obras de desarrollo.
Art. 3.- Establécese que la Solicitud de Reestructuración n 65492, adjunta a fs. 260 se autoriza para realizar afectaciones de crédito, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de aportes para inspección de obras de la Línea de Alta Tensión Macachín-Santa Rosa.Decreto N 206 -16-II-01- Art. 1.Reestructúranse partidas del Presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de foja 2 a 151 del Expediente n 1624/01.
Art. 2.- Déjase establecido que la Solicitud de Reestructuración n 67546 de fs. 112, se autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de fondos provenientes de la Ley n 1729
destinados a comunas del oeste pampeano.Decreto N 251 -23-III-01- Art. 1.- Reestructúranse partidas del Presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 2 a 255 del Expediente n 1847/01.Decreto N 294 -28-II-01- Art. 1.Dispónese la habilitación de créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de marzo del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas anexas de fojas 207 a 214 del Expediente n 11668/00, de acuerdo al Presupuesto aprobado por Ley n 1921.Decreto N 336 -7-III-01- Art. 1.- Apruébase el modelo de Convenio ha suscribir entre la Contaduría General de la Provincia y el Banco de La Pampa, cuyo objeto es el de servicio de pago de ordenes a los beneficiarios del Programa Provincial de Empleo y Capacitación y el que como anexo forma parte del presente. Expte. n 10.135/00.
Decreto N 337 -7-III-01- Art. 1.Sustitúyense los artículos 1 y 11 del Anexo del Decreto n 104/00, por los siguientes:
Artículo 1: Podrán participar los alumnos de los establecimientos educacionales ubicados en la Provincia de La Pampa, que estén cursando:
a sexto y noveno años de la Educación General Básica;

BOLETIN OFICIAL N

SINTETIZADOS
b último año del Polimodal o Secundario.
Artículo 11: Los premios consistirán únicamente en el aporte de la suma de pesos trescientos cincuenta $
350 por alumno matriculado en el curso y/o división que obtenga el primer lugar y de pesos doscientos $
200 para el segundo, según fueran declarados en la forma prevista ante la Escribanía General de Gobierno, y se entregarán dentro de los cuarenta y cinco 45 días de la fecha de cierre del concurso, a las autoridades del establecimiento educativo, miembros de la Asociación Cooperadora o Comisión de Padres según corresponda, para ser destinado obligatoria y exclusivamente a solventar un viaje de estudios.

Decreto N 374 -20-III-01- Art. 1.Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará al Ministerio de Bienestar Social hasta la suma de $ 100.000, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 Fondos Netos Disponibles, para aplicar a la adquisición de cajas de alimentos para paliar situaciones de emergencia alimentaria y nutricional en diversos hogares pampeanos.
Art. 2.- El importe indicado en el artículo anterior se liberará a razón de $ 10.000 mensuales a partir del mes de marzo de 2001, con cargo de reintegro cuando ingresen los fondos provenientes del Gobierno Nacional.Decreto N 420 -22-III-01- Art. 1.Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará a la Municipalidad de Doblas, en concepto de coparticipación impositiva, la suma de $ 20.000, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 - Fondo Neto Disponible, destinado a atender desequilibrios financieros.
Art. 2.- El anticipo de coparticipación impositiva acordado por el artículo primero será descontado de lo que perciba dicho Municipio por tal concepto, o de aportes destinados a desequilibrios financieros, financiamiento de obras públicas y/o cualquier otro concepto, según lo disponga el Ministerio de Hacienda y Finanzas.Decreto N 441 -27-III-01- Art. 1.Apruébase la Licitación Privada N 107/00, tramitada por el Departamento de Compras y Suministros y, consecuentemente adjudícase la misma a la firma Dora Susana MARTINEZ, oferta alternativa, por la prestación del servicio de limpieza, jardinería, copa de leche/refrigerio, trámites oficiales, conservación y mantenimiento con destino a la Unidad Educativa N
11 de la ciudad de Santa Rosa.
Art. 2.- Apruébase el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios que forma parte del presente Decreto, y autorízase al Director General de Administración dependiente del Ministerio de Cultura y Educación, a suscribir el mismo con la empresa adjudicataria.

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/4/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date11/04/2001

Page count31

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Last issue30/12/2020

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