Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/11/2000

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL n 2398

Santa Rosa, 24 de Noviembre de 2000

mina de cloruro de sodio denominada GENERAL
SAN MARTIN N 1 Expte. 61.268/51 , ubicada en Secc. IV, Fracc. C, Lote 2 del Departamento Hucal de la Provincia de La Pampa, siendo responsabilidad del profesional actuante el trabajo ejecutado 2 INSCRIBIR, de acuerdo al artículo 93 del Código de Minería, las actas de mensura y la presente Disposición en el Protocolo de la Propiedad Minera.
3 Expedir a nombre de SALINERA
AUSTRALSASA S.A. y Matilde NAJT de WAINBERG, copia del registro correspondiente como título definitivo de propiedad con sujeción a las disposiciones pertinentes del Código de Minería y normas vigentes en la materia.
4 El concesionario deberá velar por la segura conservación de los mojones colocados al efectuarse la mensura de la presente mina de cloruro de sodio en la forma prevista por al artículo 96 del Código de Minería.
5 De acuerdo a las leyes establecidas, el concesionario queda obligado a comunicar, a la Dirección de Minería, los datos de producción de esta concesión, llevando al día las cifras estadísticas de explotación y producir los informes que le sean solicitados.
6 Déjese copia de la diligencia de mensura en el presente expediente.
7 PUBLIQUESE en el Boletín Oficial la parte dispositiva de la presente, por 3 tres veces en el término de 15 quince días.
8 REGISTRESE, tómese nota por Escribanía de Minas, Registro Gráfico, Dpto. Técnico y Policía de Minas. NOTIFIQUESE y REPONGASE.
Fdo. Ing. MIGUEL ANGEL MUÑOZ, DIRECTOR
DE MINERIA
B. Of. 2397 a 2399
Disp. Minera N 108 -1-XI-00- 1
APROBAR de conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Código de Minería la mensura de la mina de cloruro de sodio denominada AMISTAD
Expte. 10.299/72, ubicada en Secc. IV, Fracc. C, Lote 2 del Departamento Hucal de la Provincia de La Pampa, siendo responsabilidad del profesional actuante el trabajo ejecutado 2 INSCRIBIR, de acuerdo al artículo 93 del Código de Minería, las actas de mensura y la presente Disposición en el Protocolo de la Propiedad Minera.
3 Expedir a nombre de Silvia Susana FERNANDEZ
y Gustavo Enrique José FERNANDEZ, copia del registro correspondiente como título definitivo de propiedad con sujeción a las disposiciones pertinentes del Código de Minería y normas vigentes en la materia.
4 El concesionario deberá velar por la segura conservación de los mojones colocados al efectuarse la mensura de la presente mina de cloruro de sodio en la forma prevista por el artículo 96 del Código de Minería.
5 De acuerdo a las leyes establecidas, el concesionario queda obligado a comunicar, a la Dirección de Minería, los datos de producción de esta
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concesión, llevando al día las cifras estadísticas de explotación y producir los informes que le sean solicitados.
6 Déjese copia de la diligencia de mensura en el presente expediente.
7 PUBLIQUESE en el Boletín Oficial la parte dispositiva de la presente, por 3 tres veces en el término de 15 quince días.
8 REGISTRESE, tómese nota por Escribanía de Minas, Registro Gráfico, Dpto. Técnico y Policía de Minas. NOTIFIQUESE y REPONGASE.
Fdo. Ing. MIGUEL ANGEL MUÑOZ, DIRECTOR
DE MINERIA
B. Of. 2397 a 2399

Disp. Minera N 109 -1-XI-00- 1
APROBAR de conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Código de Minería la mensura de la mina de cloruro de sodio denominada GENERAL
SAN MARTIN N 2 Expte. 10.298/72, ubicada en Secc. IV, Fracc. C, Lote 2 del Departamento Hucal de la Provincia de La Pampa, siendo responsabilidad del profesional actuante el trabajo ejecutado 2 INSCRIBIR, de acuerdo al artículo 93 del Código de Minería, las actas de mensura y la presente Disposición en el Protocolo de la Propiedad Minera.
3 Expedir a nombre de INDUSTRIAS QUIMICAS Y
MINERAS TIMBO S.A. y Norma Gloria FERNANDEZ, copia del registro correspondiente como título definitivo de propiedad con sujeción a las disposiciones pertinentes del Código de Minería y normas vigentes en la materia.
4 El concesionario deberá velar por la segura conservación de los mojones colocados al efectuarse la mensura de la presente mina de cloruro de sodio en la forma prevista por al artículo 96 del Código de Minería.
5 De acuerdo a las leyes establecidas, el concesionario queda obligado a comunicar, a la Dirección de Minería, los datos de producción de esta concesión, llevando al día las cifras estadísticas de explotación y producir los informes que le sean solicitados.
6 Déjese copia de la diligencia de mensura en el presente expediente.
7 PUBLIQUESE en el Boletín Oficial la parte dispositiva de la presente, por 3 tres veces en el término de 15 quince días.
8 REGISTRESE, tómese nota por Escribanía de Minas, Registro Gráfico, Dpto. Técnico y Policía de Minas. NOTIFIQUESE y REPONGASE.
Fdo. Ing. MIGUEL ANGEL MUÑOZ, DIRECTOR
DE MINERIA
B. Of. 2397 a 2399
Disp. Minera N 110 -1-XI-00- 1
APROBAR de conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Código de Minería la mensura de la mina de cloruro de sodio denominada DANIEL

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 24/11/2000

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date24/11/2000

Page count43

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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