Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/6/2024

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 28 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 71
6

EJERCICIO 2024:
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6371, para la U. de O.: "R6-01-03" Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3º, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias, de conformidad al artículo 100 Bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748.ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 735-S/2024.EXPTE. Nº 714-3010/22.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 MAY. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Adecúase a la Licenciada en Enfermería Sonia Bacilia Caharca, CUIL 23-26930091-4 cargo categoría A-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N4413, de la U. de O: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria a partir de la emisión del presente decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley Nº 6371, que a continuación se indica EJERCICIO 2024
La partida de Gasto en Personal, prevista en la Jurisdicción R Ministerio de Salud Unidad de Organización R 6-01-02 Hospital Pablo Soria, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 Adecuación Personal Ley Nº 4413, correspondiente de a la Jurisdicción K
Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3.- El presente decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4.- Regístrese. Torne razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 739-S/2024.EXPTE. Nº 739-91/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 MAY. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase al Señor Carios Alberto Vera, CUIL 20-13291719-2, al cargo categoría 24 c-4, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la Unidad de Organización R6-01-21, Hospital "Nuestro Señor de la Buena Esperanza", a partir del 1º de enero de 2024, en el marco de las disposiciones de la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ejercicio 2024 - Ley N 6371, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2024:
La Partida de Gasto en Personal, prevista para la U. de O.: "R6-01-21" Hospital "Nuestro Señor de la Buena Esperanza", la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesorodenominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTÍCULO 3º.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al Artículo 100 bis, de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los Ministros, Jefes de Gabinetes, de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 758-MS/2024.EXPTE. Nº 1414-481/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 MAY. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por aceptada, con retroactividad al 31 de Agosto del año 2022 la Renuncia presentada por la Sra. GRISELDA ROMINA
ZARATE, D.N.I. N 36.226.088, LEGAJO N 22.169, al grado de Agente del Cuerpo Servicios Auxiliares - Escalafón Oficinista de Policía de la Provincia

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 28/6/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date28/06/2024

Page count32

Edition count1246

First edition10/01/2018

Last issue07/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30