Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 30 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 121

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SEP. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocido el adicional por permanencia en el servicio de guardia, a la Dra. Lorena Paola Silva, CUIL N 27-24178666-3 cargo categoría 24 horas semanales Ley N 5498, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418 de la U. de O. R 6 -01-02 Hospital Pablo Soria, del 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 1 de agosto de 2.021, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recurso s Ejercicio 2.023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2.023
La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria.
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública. ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9138-S/2023.EXPTE. Nº 723-334-2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SEP. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adecuase a la señora MORENO, NORMA DEL VALLE, CUIL N 27-18430355-3 en el cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la Unidad de Organización R6-01-11 Hospital Doctor Oscar Orias, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con las partidas Presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos -Ejercicio 2023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023:
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-11 Hospital Doctor Oscar Orias con las respectivas partidas de Gastos en Personal, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 "Adecuación Personal Ley N 4413", correspondiente a la Jurisdicción "K"
Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9139-S/2023.EXPTE. Nº 716-146/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SEP. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocido a favor de la Dra. Luz Elvia Soruco García, CUIL 23 -18865508-4, cargo categoría 24 horas Ley N 5498, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R6 -01-04 Hospital San Roque, el adicional por permanencia en guardia del 30% sobre la categoría de ingreso, a partir del 16 de mayo de 2021 de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2023, Ley N 6325:
EJERCICIO 2023
La partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque. EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26-0 "P/Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", prevista en la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, cuya administración y ejecución corresponde a Contaduría de la Provincia de acuerdo a la efectiva disponibilidad de fondos.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

3451

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 30/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date30/10/2023

Page count26

Edition count1243

First edition10/01/2018

Last issue31/07/2024

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