Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 04 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 112

CINCO $561.905 que torna aplicable la escala legal conforme lo dispuesto por los arts. 17, 24, y 35 de la ley Nº 6112/18. Dicha suma llevara un interés igual a la tasa activa cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago con mas IVA si correspondiere. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de lo que pudiere corresponder.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento de fecha 13 de octubre de 2022 en contra del SR. DIAZ, PABLO ELISEA DNI 23.984.660 mandándose notificar la presente Resolución por edictos; cédula y las sucesivas providencias a la Defensora de Pobres y Ausentes Nº 7 conforme corresponda. VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Mallagray, ValentinaProsecretario Técnico Administrativo.29 SEPT. 02/04 OCT. LIQ. Nº 33885 $1.650,00.Policía de la Provincia de Jujuy, Comisión Revisora de Sumarios y Trámites Administrativos PolicialesActuaciones Sumarias Administrativas caratuladas por infracción al Artículo 15 Incisos A y Z agravado por el Artículo 40 Inciso H del R.R.D.P. registradas en esta oficina bajo EXPTE. Nº 053-C/23 por un hecho ocurrido 17-11-20 e iniciado administrativamente el 28-04-23, con intervención del Juez de Faltas Sr. Jefe de Policía de la Provincia de Jujuy.- Al SARGENTO PRIMERO Legajo Policial Nº 13.034 DARIO CRUZ se procede a notificarle que se instruye en su contra la presente causa Administrati va por Infracción al Artículo 15 Incisos A y Z agravado por el Artículo 40 Inciso H del R.R.D.P., en razón de determinarse que, ust ed en fecha 17 de noviembre del año 2.020, siendo las 10,35 horas, en circunstancias que se encontraba de 2do. día de franco como numerario del Dpto. Operaci ones Policiales D.O.P. y se desplaza, por Ruta Nacional Nº 9 altura Km.1752 de la Localidad de Purmamarca, vistiendo uniforme policial reglamentario, conduciendo un automóvil Volkswagen Voyage dominio KOF-973, acompañado del Sargento Ángel Maidana, procedente de la ciudad de la Quiaca; fue sometido a un control de Gendarmería Nacional, en estas circunstancias se determinó que el Sargento Maidana transportaba debajo de sus prendas de vestir en la zona abdominal un 01 ladrillo envuelto con nylon color negro que contenía un total de 999,86 gramos de cocaína, por esta situación quedo detenido afectado al expediente Capeta Judicial Nº FSA 4039/2020 caratulado MAIDANA ANGEL NORMANDO Y CRUZ DARIO S/ INFRACCION A LA LEY 23.737, alojado en e l Complejo Penitenciario Federal-NAO III, con asiento en la ciudad de Gemes Salta; mediante este proceso judicial en audiencia de acuerdo pleno, llevada a cabo en fecha 10 de marzo del año 2021, con intervención del Ministerio Publico Fiscal Dr. Federico Zurueta, por la defensa Dr. Ezequiel Martínez a Normando Maidana y Dr. José Castro en representación del Dr. Darío Cruz, se resolvió Condenar al SARGENTO 1º Legajo Policial Nº 13.034 DARIO CRUZ
a la pena de tres 3 años de prisión en suspenso, e inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena, por ser el au tor penalmente responsable por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES previsto ley sancionado por Articulo 5 Inciso C de la Ley 23.737, en calidad de participe necesario. Con este accionar, el administrado de acuerdo a la jerarquía del cuadro de sub.-Oficiales del escalafón seguridad que ostenta, demostró un total desapego al cumplimiento de sus obligaciones esenciales como funcionario policial establecida en el Cap. V de la Ley del Personal Policial Art. 27 y la inobservancia de los mandatos del Régimen Disciplinario Policial y demás reglamentaciones Policiales vigentes, que en su calidad de funcionario policial carga publicaestá obligado a respetar y hacer cumplir.- Asimismo, con su conducta desplegada, también ha violentado gravemente el prestigio de la institución Policial, a causa de una actividad ilegal e ilícita, cuyos integrantes de esta institución policial, contrario sensu se encuentran obligados como carga publica-esencial, de prevenir, reprimir e investigar los hechos de esta naturaleza, poniéndolos a sus autores y demás efectos del ilícito, a disposición de la justicia Ordinaria y justicia Federal.- También ha vulnerado los valores elementales de la institución, como la disciplina, Honestidad, Compromiso, Justicia, Transpa rencia, Responsabilidad, ejemplaridad, que hace al principio de autoridad y consecuentemente también agrava su dignidad como funcionario policial de esta unidad organizativa, incumpliendo además con sus obligaciones en el estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, efica cia y honradez, quebrantando las normas generales de actuación policial como auxiliar de justicia en la cooperación y articulación, de forma profesional, con los otros órganos de la administración de justicia, afectando con ello la dignidad del funcionario, todo ello agravado por la repercusi ón a través del portal digital El Tribuno donde publica en su titular: CONTROL DE GENDARMERIA se adjunta un video: DETUVIERON A DOS EFECTIVOS POLICIALES CON COCAINA, a travé s de la cual un personal femenino de Gendarmería Nacional desarrolla el procedimiento donde se observa a un efectivo policial uniformado portando en su cintura un envoltorio.- Así también en el portal digital Jujuy al Momento se publica DOS POLICIAS DETENIDOS CON DROGA EN PURMAMARCA, provocándose con ello el repudio generalizado de la sociedad hacia la institución Policial.- En este acto toma conocimiento de los elementos de prueba que obran en su contra: 01. Acta inicio de sumario administrativo fs. 01 y 02; 02. Informe Gendarmería Nacional fs. 03; 03. F otostáticas de portadas digitales fs. 04 a 07; 04. Expte. Nº 1320-DOP/20 fs. 19 a 24; 05. Cde. 2 Expte. Nº 1485-DP/20 fs. 26 a 33; 06. Oficio Nº 647/2020 U.F.F fs. 61; 07. Testimonio del Comisario Mayor Héctor Omar Sánchez fs. 62; 08. Informe de la Dirección de Telemática fs. 66 a 70; 09. Informe del D-1 fs. 77 a 85; 10. Expte. Nº 71-JUT/2021 fs. 88 a 92; 11. Cde. 6 Expte. Nº 1485-DP/20 fs. 113 a 128; 12. Formula acusación al imputado en la faz judicial fs. 139 a 143; 13.
Compulsa Valorativa fs. 148 a 152; 158 a 163; 181, 182, y 184.- Seguidamente se le hace saber que su situación administrativa quedara a ulterior resolución del Juez de Faltas Sr. Jefe de Policía de la Provincia de Jujuy, en su carácter de máxima autoridad Administrativa Policial, encargada de dirimir en esta esfera, las posibles transgresiones a los ordenamientos legales que rigen la actividad policial.- Quedando Ud. Debidamente notificado.- Fdo. Víctor F. ParragaComisario Inspector.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres días.29 SEPT. 02/04 OCT. S/C.El Dr. Ricardo Rubén ChazarretaJuez del Tribunal del TrabajoSala IVocalía II en el Expediente N: C-181891/2021, caratulado: Indemnización por Muerte del Trabajador Art. 248 LCT: RIVERO BEATRIZ; FARFAN CAMILA BELEN c/ CONSORCIO PROPIETARIOS EDIFICIO ITALIA DE SAN
MARTIN 605; SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL S.U.T.E.R.H. - JUJUY; y OTROS, hace saber al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL S.U.T.E.R.H.- JUJUY, que se han dictado los siguientes decretos: Decreto de Fecha 07 de Julio de 2022: San Salvador de Jujuy, 07 de Julio de 2022.- Téngase por acreditado el pago de los aportes de Ley de la Dra.
Cintia Paz.- De la demanda promovida en contra de CONSORCIO PROPIETARIOS EDIFICIO ITALIA DE SAN MARTIN 605, SINDICATO ÚNICO DE
TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL S.U.T.H.E.R. JUJUY; y FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE
EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL F.A.T.E.R.Y.H., córrase traslado a los accionados en el domicilio denunciado, por el término de quince días 15
para los dos primeros mencionados y para el tercero amplíese Siete Días mas en razón de la distancia, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada conforme los términos del art. 51 del CPT.- En igual plazo intímeselo para que constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros del asiento de éste Tribunal bajo apercibimiento de notificársele por Ministerio de Ley.- Notifíquese la demanda por carta documento, facultándose a la letrada presentante a confeccionar y diligenciar la misma.- Notificaciones en Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Ricardo R. Chazarreta. Juez de Tramite. Ante Mí. Dra. Emilia Iriarte. Prosecretaria.- Decreto de Fecha 04 de Octubre de 2022: San Salvador de Jujuy, 04 de Octubre de 2022.- Atento al informe actuarial que antecede, téngase por contestada la demanda por S.U.T.H.E.R. JUJUY
conforme los términos del Art. 51 del CPT.- Por presentada a la Dra. Romina Lorena Veliz en nombre y representación del Consorcio Propietarios Edificio Italia San Martín 605, a mérito de la personería de urgencia que se le concede en esta oportunidad y por única vez, conforme lo previsto por el Art. 60 del CPC
y precedente Expte Nº 4579/94 caratulado: Acción de Inconstitucionalidad: Ávalos José Luis y otros c/ Estado Provincial. - De allanamiento formulado por Consorcio Propietarios Edificio Italia San Martín 605, córrase vista a la parte actora.- Notifíquese por cédula.- Fdo: Dr. Ricardo R. ChazarretaJuez del Tribunal del TrabajoAnte Mí: Dra. Emilia Iriarte-Prosecretaria.- Decreto de Fecha 03 de Noviembre de 2022: Salvador de Jujuy, 03 de Noviembre de
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date04/10/2023

Page count28

Edition count1234

First edition10/01/2018

Last issue12/07/2024

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